Acceder

Contenidos recomendados por Malagis

Malagis 22/04/10 19:11
Ha respondido al tema Compra vivienda nueva con otro piso en propiedad
Hola, podréis comenzar a deduciros la nueva vivienda habitual cuando hayáis superado las cantidades deducidas de la anterior vivienda habitual. Por lo que informas cuando hayas pagado 24.001€ por la nueva ya podrás deducirte ese 1€ y a partir de ahí lo que vayáis pagando. Es independiente que tengáis en propiedad la que antes era vuestra vivienda habitual, que mientras no la vendáis será una segunda vivienda que generará imputación inmobiliaria. Recordar dos cosas, para considerar todos los gastos de la nueva vivienda como deducibles hay que entrar en los primeros 12 meses desde que se compró y que para considerar correctamente aplicadas las cantidades deducidas de la anterior vivienda como mínimo debió ser 3 años vivienda habitual (excepto por motivos justificados como matrimonio, traslado laboral, etc.) Saludos
Ir a respuesta
Malagis 22/04/10 01:53
Ha respondido al tema Deducción por compra de local comercial
Entonces la respuesta sería parecida, te puedes aplicar como gasto deducible los intereses y amortizar el 3% del precio de adquisición incluidos los gastos de compra/venta y excluido el valor del suelo (o el valor catastral excluido el valor del suelo si fuera mayor) pero sólo proporcionalmente al tiempo que lo tengas alquilado, es decir, si durante 2009 no lo tuviste alquilado entonces no puedes aplicarte ni gastos ni amortización y debes declarar imputación inmobiliaria por el tiempo que tuviste el local en 2009. Saludos
Ir a respuesta
Malagis 21/04/10 20:39
Ha respondido al tema Las ayudas para la compra de coches y el alquiler de vivienda tributan por IRPF
Entiendo lo mismo que las ayudas públicas (500 + 500) son del tipo de la ayuda por alquiler o la subvención para adquisición de la vivienda habitual, que se consideran ganancia patrimonial a la base general. Pero la cantidad que aporta el concesionario si en vez de considerarse como un simple descuento se considera como un ingreso es una desventaja frente a los descuentos que pocas semanas antes del plan 2000 estaban en vigor. Pero bueno si "la palabra de ley" (que no suele entender a razones) quiere llamarlo ingreso habrá que reflejarlo como tal, aunque no sé si hay día de hoy ya está ese criterio en alguna consulta oficial para confirmarlo. Saludos
Ir a respuesta
Malagis 21/04/10 20:26
Ha respondido al tema El teléfono de información de la Renta es lento y malo.
El sistema informático de los servicios de ayuda lleva fallando varios días, además con la empresa que lleva este año todo este tipo de servicios (konecta) no te puedes esperar más que un desastre con otro. Te recomiendo que lo hagas a través de la web www.agenciatributaria.es y si no sabes donde está alguna casilla lo preguntes en este foro o cruza los dedos para tener suerte con los teléfonos de ayuda, que conste que no responsabilizo a los trabajadores sino a la empresa de hacer una selección y preparación del personal como mínimo curiosa. Saludos
Ir a respuesta
Malagis 17/04/10 19:05
Ha respondido al tema Borrador no generado por obtener ganancias o pérdidas patrimoniales no sometidas a retención o a ingreso a cuenta
Hola, cuando hay compra/venta de acciones no se puede hacer el borrador, por eso sólo te envían los datos fiscales y la explicación. Pero si tienes hasta 3 compra/ventas de acciones e inmuebles sí puedes solicitar cita previa y que te hagan la declaración en la administración. Efectivamente las acciones son datos "no trasladables" así que no se te pueden volcar de manera automática. El impuesto de sucesiones no afecta a la declaración de la Renta, la incorporación de las herencias a tu patrimonio no tributan en Renta porque, como tú bien dices, ya has pagado impuestos (en este caso sucesiones). Otra cosa es que si has heredado algún inmueble durante 2009 tengas que hacer la imputación de renta por los días que lo hayas tenido suponiendo que para ti sea una segunda vivienda (y no la habitual desde el momento de la herencia). Por si finalmente decides hacer la declaración con el programa PADRE la casilla para poner las acciones es la 340 y siguientes, página 9 (III). Saludos
Ir a respuesta
Malagis 13/04/10 20:35
Ha respondido al tema Donde esta el apartado OTE en Cuenta Oportunidad Barclays
En el "Mapa del sitio" de la web de Barclays, una vez te has identificado, no sale ninguna opción para hacer una OTE así que tiene pinta que no se puede hacer online. Dentro de las opciones de la cuenta Oportunidad tampoco sale nada. Saludos
Ir a respuesta
Malagis 10/04/10 21:04
Ha respondido al tema Caso de fallecimiento del declarante.
Hola, en teoría no se puede entregar un borrador de una persona fallecida seguramente se ha enviado por ser la muerte tan reciente, entonces si lo confirma hacienda lo puede rechazar. Lo correcto sería volcar los datos al programa PADRE ponerse él como represante, entonces entregar la declaración en la administración junto al certificado de defunción, libro de familia, testamento si lo hubiese y en caso de que haya varios herederos poner una cuenta bancaria donde todos sean titulares o autorización escrita y firmada (acompañada de fotocopia del NIF de todos los herederos) solicitando que la devolución se abone a uno de ellos. Todo estos documentos se pueden presentar posteriormente a la declaración, no hace falta que sea en el mismo momento. Saludos
Ir a respuesta