Pues a un amigo le ha venido una paralela por no incluir la liquidación por despido por causas económicas 20 dias por año (que está exenta)El problema viene que el gestor que hizo la liquidación puso la parte de liquidación con retención. Y mi amigo pues modifico la cantidad de rendimientos de trabajo no incluyendo la liquidación ni su correspondiente retención. Ahora como comento le ha venido una paralela, y claro preocupado yo le he dicho que alegue que esa liquidación está exenta y que reclame la retención a la empresa. No sé si es mas o menos correcto.
gracias
Buenos días. Actualmente estoy en paro tengo 41 años y estoy dando y dándole vueltas a un tema que es el poder hacer el curso de mediador de seguros grupo A a través de un centro de formación (cecas o udima), para poder trabajar en este sector. ¿Quisiera que me aconsejarais si hacerlo o descartarlo ya que nunca he trabajado en seguros aunque siempre me ha gustado este mundo.
Muchas gracias
si perdon es un complemento a minimos. COgiendo los datos de los rendimientos integros de capital mobiliario, inmobiliario (x arrendamiento) he visto q se ha pasado del limite por 500 € Aprox. Ahora ella quiere arreglar esto. ES mejor q vaya a la SS e intente regularizar esta situacion para q no haya sancion? mil gracias