Una cuestión que quería plantear en el foro, por si alguien sabe como va: Por ejemplo compro 100 acciones del valor X a un precio de 5,25 durante el año 2.014, y posteriormente compro 300 acciones de ese mismo valor X a un precio de 4,30 durante el año 2.016. Si en este mismo año 2.016 vendo 300 acciones a un valor de 4,75, a la hora de hacer mi liquidación del IRPF, estas 300 acciones vendidas pueden ser las 300 compradas a 4,30, o tienen que ser las 100 que compre a 5,25 en el año 2.014 y 200 compradas a 4,30 en el año 2.016.
Una cuestión que quería plantear en el foro, por si alguien sabe como va: Por ejemplo compro 100 acciones del valor X a un precio de 5,25 durante el año 2.014, y posteriormente compro 300 acciones de ese mismo valor X a un precio de 4,30 durante el año 2.016. Si en este mismo año 2.016 vendo 300 acciones a un valor de 4,75, a la hora de hacer mi liquidación del IRPF, estas 300 acciones vendidas pueden ser las 300 compradas a 4,30, o tienen que ser las 100 que compre a 5,25 en el año 2.014 y 200 compradas a 4,30 en el año 2.016.
Quisiera preguntar, en el caso de las Obligaciones de Fagor, se sabe cuando saldra la sentencia de la liquidacion de la empresa. Lo pregunto porque me imagino que las perdidas se podran compensar en la declaracion de la renta con ganancias de otros productos. Gracias.