Gracias por tu ayuda.
Una pregunta más. Si lo que recibo supera los 9.015 €, ¿Puedo desgrabarme un año los 9.015 € y al año siguiente el resto o por el contrario la deducción sólo es aplicable el año que haces la operación perdiendo la posibilidad de deducirte el resto?
Gracias de nuevo por tu colaboración