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José Carlosp

Se registró el 10/03/2024
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José Carlosp 08/04/24 11:48
Ha respondido al tema Declarar criptomonedas 2024
Buenos días, El año pasado hice una compra en criptomonedas procediendo al final del proceso a la venta.Estos son los datos que figuran en los movimientos:07/07/2023 -- Compra ----- +0,00095738 BTC ----- 27,69 €07/07/2023 -- Compra ----- +0,00027968 BTC ----- 8,09 €07/07/2023 --- Enviado -----  -- 0,00098619 BTC --- 28,22 €09/07/2023 --- Venta -----  -- 0,00021887 BTC ---- 5,97 €09/07/2023 --- Depósito ---- +5,91 € 0907/2023 ---- Retiro euro -----  --11,70 € ¿Qué tendría que poner en la declaración de la renta ?Gracias.     
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José Carlosp 24/03/24 20:23
Ha respondido al tema Imputación renta inmobiliaria IRPF - Herencia
Hola,En la declaración de la renta si hay que imputar 2 porcentajes diferentes sobre la propiedad del inmueble por fallecimiento durante el año fiscal ¿se incluye  con los porcentajes correspondientes y días de cada uno de los 2 periodos relacionándolos como inmueble 1 e inmueble 2 aunque se trate del mismo inmueble o se hace de otra forma? Gracias  
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José Carlosp 14/03/24 07:24
Ha respondido al tema Imputación renta inmobiliaria IRPF - Herencia
Hola, Ni el testamento de la difunta ni el cuaderno particional (privado) hacen mención al usufructo y solo dice que “lega al esposo, en pleno dominio, el tercio de libre disposición de la herencia”. A los 2 hijos los nombra herederos en partes iguales. No hay nada más. El cuaderno particional reparte el valor de la vivienda de la siguiente forma: Al viudo el 50 % (gananciales) + 16,67 % (heredado de la difunta. No sé si como propietario o como “usufructuario” )Hijo 1 , el 16,67 %Hijo 2 , el 16,67 %  No sé lo que dirá el catastro cuya alteración catastral vendrá después de hacer la declaración del IRPF del año 2023. Saludos, 
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José Carlosp 11/03/24 08:57
Ha respondido al tema Imputación renta inmobiliaria IRPF - Herencia
Buenos días,Gracias por la respuesta.Si el inmueble tiene el carácter de ganancial y corresponde el legal a los herederos, el viudo tendría que hacer en el IRPF, 2 imputaciones de la misma vivienda el 50 % de todo el año y el 16,67 % del valor desde el día de fallecimiento de la esposa hasta final del año? Y cada uno de los hijos declarar el 16,67 %  desde el fallecimiento?Es obligatorio comunicarlo al Catastro? Hemos hecho cuaderno particional.Un saludo y reitero las gracias.    
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