Hola, al final del correo dice Qué tiene que hacer?
Si no haces nada aceptas la tarjeta, pero parece q se puede renunciar por escrito.
Cómo interpretáis el último párrafo?
Alguien tiene experiencia en la tarjeta Iberia del Santander?
Un saludo.
Gracias por tu pronta respuesta.
Copio el párrafo de la información que me pides.
"TERCERO.- La duración de este contrato de arrendamiento es por tiempo indefinido. Las partes declaran expresamente que este contrato esta sujeto al art. 57 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, cuya vigencia declaran para el presente caso, de tal manera que el contrato se prorrogará obligatoriamente para el arrendador y potestativamente para el arrendatario"
Según me dices, me preocupa que se pueda jubilar y que se quede el hijo trabajando el bar.
No obstante creo recordar que en este tipo de contratos, la duración es hasta jubilación o fallecimiento ¿es esto así?
¿puedo quedarme con el traspaso de solo lo intangible o tendría que pagar por todo?
Muchas gracias de nuevo y si necesitas alguna información más , por favor, pídemenla.
Un saludo.
Gracias Atrevido.
Mirando en el foro sobre Inversis, la verdad es que se ven unas opiniones muy duras sobre el banco. ¿Has trabajado con ellos?
Gracias.
Hola a todos, yo también opino que no hay que hacerles el juego de conformarse con poco interés.
Cuando vean que el dinero se va a fondos de inversión extranjeros (hay fondos tranquilos con buenas rentabilidades)supongo se pondrán nerviosos ellos.
Aquí en Rankia hay un foro de fondos muy bueno
Un saludo
Gracias Enrique, interpreto que mejor es hacer mi propia cartera de fondos y no pagar 2 veces la comisión de gestión.
Miraré carteras del foro.
Nuevamente gracias.
josé Miguel.