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Participaciones del usuario Javi Falonsma - Fiscalidad

Javi Falonsma 07/03/26 14:30
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Mi interpretación de dicho artículo, pero básico:Según informa el diario La Voz de Galicia (7 de marzo de 2026), más de 900.000 pensionistas mutualistas siguen esperando la devolución del IRPF pagado de más por las cotizaciones realizadas a antiguas mutualidades laborales De acuerdo con los datos facilitados por la Agencia Tributaria, hasta el 25 de febrero de 2026 se habían presentado 2.405.992 solicitudes de devolución por parte de pensionistas afectados. De ellas, 2.288.524 expedientes ya han sido tramitados, aunque no todos han terminado con pago.  Hasta esa fecha (07-03-2026), 1.502.455 pensionistas ya habían recibido algún ingreso, lo que supone un desembolso total por parte del Estado de 2.907 millones de euros.Según la información publicada, 117.468 solicitudes todavía no han sido tramitadas, mientras que 786.069 expedientes aparecen como tramitados pero sin una situación final claramente definida, lo que significa que podrían estar pendientes de pago o haber sido denegados. El elevado volumen de solicitudes se produjo especialmente a partir del verano de 2025, cuando un cambio normativo permitió reclamar todos los ejercicios pendientes mediante un único formulario, lo que provocó la entrada simultánea de más de dos millones de solicitudes.   Además, el Ministerio de Hacienda se había comprometido públicamente a completar las devoluciones antes del 31 de diciembre de 2025, objetivo que finalmente no se ha cumplido en su totalidad Saludos y buen finde
Javi Falonsma 06/03/26 06:59
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
B. Días.Según mi chuleta, insisto, puede existir error: Fecha de alta en la Aeat el mod. DT2 02-04-2024:2019202020212022Dejó de ser operativo el 22-12-2024, fecha que entro en vigor la tontada Ley 7/2024 que posteriormente se modifico con la 5/2025.En nuestro caso, se volvió a presentar el 2º. modelo DT2, (que solo indicaba Dni/nif y numero de cuenta) con fecha 02-04-2025  y por lo que veo en internet se puso en circulación o se dio de alta en el sistema 07-01-2025Saludos
Javi Falonsma 05/03/26 20:47
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
si desde el 2019 hasta el 2023. pero no recuerdo hasta que plazo se tenia para su entrega, ya que en diciembre-24 se sacaron una Ley de debajo de las piedras.Me suena en Abril/Mayo-2024. y que acababa sobre diciembre-24 y/o principio de enero-25. Ya me pierdo y mi chuleta, no la tengo a mano
Javi Falonsma 05/03/26 19:27
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
a eso voy yo también. El NO que lo diga el TEAR y en su caso veré si subo a otras instancias
Javi Falonsma 05/03/26 15:51
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Mi chuleta del BOE. mira este link, en su pagina 99.314  Disposición 15424 del BOE núm. 178 de 2025  te vas/vais a llevar una ALEGRIA. - - - - - - Disposición final preámbulo VDesde el párrafo 2 al 8. Es acojonante, como intentan MERNTIRNOS engañarnos y robarn4s.
Javi Falonsma 05/03/26 14:06
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Mira  ese B.O.E. que he indicado Sec. I. Pág. 99314 a ver si coincidimos
Javi Falonsma 05/03/26 12:47
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Creo que olvidáis una cosa muy importante: B.O.E. 178 del 25-07-2025.Con esto no quiero decir que n/reclamaciones de ese año, estén o no prescritas.Cada caso es una circunstancia.
Javi Falonsma 05/03/26 09:01
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Me vas a perdonar, pero creo que no está prescrito.No sé de que cantidad estamos hablando, pero  yo insistiría sobre la PRESCRIPCION O NO y si es necesario me voy al T.E.A.R..
Javi Falonsma 05/03/26 06:15
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Revisando mis historiales de familia, amigos y compañeros del gremio:- Durante el mes de septiembre-25 pagaron 2019, 2020, 2021- En octubre-25 pagaron el año 2022.Ya no hay más. Hablo de Delegaciones de Madrid, Asturias, Galicia, Andalucía, Cdad. Valenciana y La rioja.Eso si, tu sigue con tus calendario fiscal sin rechistar.Alguien ha dado instrucciones de paralizarlo todo y no dan señal de vida.
Javi Falonsma 25/02/26 16:05
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
Esto es lo que he pillado de ChatGtp:¿Existe plazo para registrar el certificado energético? Sí. La norma exige que: Exista certificado energético previo.Exista certificado energético posterior que acredite la mejora.El certificado posterior esté expedido y registrado antes de finalizar el plazo legal.El problema habitual está en el concepto “expedido”. La AEAT interpreta que: El certificado posterior debe estar emitido y registrado en el órgano competente de la CCAA antes de que finalice el plazo legal de la deducción.En 2024, el plazo general para aplicar la deducción (salvo prórroga específica) exigía que el certificado posterior estuviera registrado antes del 31 de diciembre del ejercicio en que se aplica la deducción.  📅 En el caso concreto Certificado anterior: ✔ 14/08/2024 (emitido y registrado correctamente)Certificado posterior: ✔ Emitido: 08/12/2024 ❌ Registrado: 13/01/2025Aquí está el posible problema. Si la AEAT considera que el certificado no estaba registrado antes del 31/12/2024, puede entender que: 👉 No se cumplía el requisito formal en 2024. 👉 Por tanto, la deducción no sería aplicable en ese ejercicio.  ⚖ ¿Qué dice la normativa exactamente? El texto legal habla de que el certificado debe estar “expedido” tras la realización de las obras. No dice expresamente “registrado antes del 31 de diciembre”, pero: El sistema oficial exige registro autonómico para que tenga validez.La AEAT ha interpretado en consultas vinculantes que el certificado debe estar válidamente registrado dentro del plazo. 🧠 Punto técnico importante Hay argumentos defensivos posibles: El certificado está emitido el 08/12/2024 (dentro de plazo).El registro depende del técnico o del trámite administrativo.La norma habla de “expedido”, no de “registrado”.El registro se realizó dentro del plazo administrativo razonable (enero inmediato).Hay consultas de la Dirección General de Tributos donde se admite que lo relevante es la fecha de expedición, siempre que finalmente esté registrado.  🎯 Conclusión técnica Puede haber regularización si la AEAT aplica el criterio estricto de registro antes de 31/12/2024. Pero no es un caso perdido. Se puede defender que: La expedición fue en 2024.El retraso en registro no altera la realidad material.Se cumplió la mejora energética acreditada.No se si valdrá la pena, pero yo, me buscaría un ASESOR FISCAL y si no conoces a nadie, al colegio de tu provincial de Asesores, existen una lista de profesionales y te asignan a uno, eso si, pagando