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jartocoles

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jartocoles 26/05/25 13:43
Ha publicado el tema Hacer un Trabajo circunstancial, aun Amigo, sin Contratar - Contrato Laboral
jartocoles 08/01/25 21:01
Ha respondido al tema Olvido en la Declaración Informativa M-190
Gracias EnasuaEl Perceptor es un Autónomo que tiene más de 200 Clientes a los que Factura un Programa  Informático que ha creado y   vende y Ayuda a Manejar.Yo le Retuve en su Factura Anual, por un importe mucho menor de 150 €La Retenció  fue declarada en el M111 correspondiente y cargada luego en mi Cuenta.El Problema es que olvidé incluirlo en el M190 del Ejercicio 2023 y ahora me he dado Cuenta.Me imagino que su Declaración del IRPF- 2023, habrá una discrepancia entre lo que hacienda Conoce y.lo qué él tiene controlado. Pero como es tan pequeña,  en una Cantidad que debe ser Muy Alta, ni la AEAT ni el Mismo le habrán dado importancia.Yo podría cumplir, supongo, enviando AHORA, un M190. de 2023 , Complementario, pero provocaría un Enredo, por una cantidad tan pequeña.No ha existido impago.Muchas gracias
jartocoles 06/01/25 10:48
Ha publicado el tema Olvido en la Declaración Informativa M-190
jartocoles 06/01/25 10:42
Ha publicado el tema Olvido en la Declaración Informativa Modelo 190 de 2023
jartocoles 22/12/24 10:56
Ha comentado en el artículo El nuevo sistema de cotización de los autónomos encarece las cuotas de la Seguridad Social entre un 20% y un 100%
Con motivo de la Entrada en vigor del Nuevo sistema de cotización en el RETA hice, en Enero de 2023,  una Previsión del Rendimiento Neto de mi Actividad Agrícola por Módulos, para el Ejercicio de 2023 y elegí el Tramo que correspondía,   por el que se determinó la Cuota Mensual a Pagar . A partir de ese momento , tanto en 2023, como en 2024, he cotizado con una pequeña variación con  la misma cantidad Mensual. En este mes- Diciembre de 2024, al igual que el Resto,  he recibido Notificación , informando del Resultado de la Regularización llevada a cabo en función de los Datos proporcionados por la AEAT  .  Entiendo TODO lo que me han notificado y sé que si no respondo nada antes  del 31 de Enero de 2025  , la TGSS, calculará de Oficio  la Cuota que debí pagar y ajustará la Cuenta a favor o en contra ,.....   pero tengo una Duda y es la siguiente :¿ Hay que realizar todos los años la Previsión de los Rendimientos  que se hizo en Enero de 2023, ó no hay que hacer NADA, para que la propia Administración se encargue de realizar la Regularización  y la Notifique,  al igual que ha hecho en este mes de Diciembre de 2024 ? .Muchas gracias 
jartocoles 14/12/24 16:11
Ha respondido al tema Fiscalidad Letras del Tesoro
Perfectamente explicado, Ertuditu,Clase magistralMuchas gracias y enhorabuena a RANKIA, con mi agradecimiento, porque no es la Primera vez que he encontrado a Personas con grandes conocimientos y la Noblezazde compartirlos para,Ayudar a quien lo necesite.Aplaudo !!!
jartocoles 14/12/24 16:03
Ha respondido al tema Fiscalidad de las Letras del Tesoro
Muy bien explicado, RUCKO, Me has confirmado lo que pensaba y ha quedado muy claro, que hay que declarar y en que Año Fiscal.Muchas Gracias
jartocoles 13/12/24 15:47
Ha respondido al tema Fiscalidad Letras del Tesoro
Muchas gracias ERTUDITU por tu Información , aunque he tenido que "estudiar" tu Respuesta , que es para Iniciados . Me gustaria que me confirmaras si crees que he comprendido tu Explicación , mediante tus FÓRMULAS Aunque hablas de "Compras" y "Ventas" , esta Renta es del Capital Mobiliario y no de Incremento de Patrimonio.He entendido que me tengo que "FIJAR" en la Fecha en la que se AMORTIZAN las Compras o las Reinversiones  , es decir, que aunque  he Recibido  S-23 en Junio de 2023, no se considera una Renta del C. M. hasta Junio/24 , fecha de AMORTIZACIÓN la Compra de Junio /23  ---- Igualmente ocurre con la Reinversión ( que llamas Compra 2 ) de Junio/24 , que se Amortiza en Diciembre /24, que es cuando debo imputar el Abono recibido en Cuenta de Junio, al Reinvertir.En la Suscripción Inicial de Junio /23 , no han descontado Comisión por Transferencia de S-23.Efectivamente,  en las Transferencias de la Reinversiones , si han restado  las Comisiones al transferir S-24-2Luego, en  el IRPF de 2025, tendré que tener en cuenta la Reinversión realizada en Diciembre de 2024.Muchas gracias   
jartocoles 13/12/24 14:55
Ha comenzado a seguir al usuario ertuditu
jartocoles 13/12/24 13:59
Ha respondido al tema Fiscalidad de las Letras del Tesoro
Muchas gracias mivisaSobrante le llama El BdE.- Si aparece en mis Datos Fiscales lo que corresponda declarar , miel sobre Hojuelas . Supongo que lo incluirán en Rendimientos del Capital Mobliario. Saludos 
jartocoles 12/12/24 17:29
Ha publicado el tema Fiscalidad Letras del Tesoro
jartocoles 12/12/24 17:22
Ha publicado el tema Fiscalidad de las Letras del Tesoro
jartocoles 18/06/24 09:08
Ha publicado el tema Letras del Tesoro
jartocoles 04/03/23 10:37
Ha publicado el tema ALTAS de trabajadores Agrícolas - Contrato Laboral
jartocoles 11/12/22 13:10
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Gracias de nuevo Enasua,Ya he confeccionado y presentado las Complementarias de 2018 y2019 y sobre la marcha constaté que ya habían  cargado en Cuenta los Resultados de la Regularización, que han sido  A INGRESAR .Por si le resulta util a otros foreros,   te comento la curiosidad de que al llevar a cabo el Proceso del PAGO, han sido diferentes en cada año, siendo ambos a Ingresar. En 2018, me dió la Opciones de Pagar: a) con Recibo que había que llevar al Banco el mismo día, b)Pago con tarjeta  c) Cargo en Cuenta y Obtener el RNC ..Elegí la c) y luego  ACEPTAR una Cuenta que venia detallada con IBAN = ES38  , la Acepté, no tuve que indicar mi Cuenta para el Adeudo y resultó que la han adeudado en mi Cuenta de CAJA RURAL DEL SUR , cuyo IBAN es ES38, sin tener que indicarlo expresamente. Sin embargo, en 2019, que tambien ha resultado a Ingresar, el "proceso" ha sido diferente, más parecido al que se utiliza en las Declaraciones Normales que se hace en Fecha , he seguido la "lógica" y la han adeudado en la Cuenta donde en su día se indicó que se debía DEVOLVER el resultado de la Declaración , que no es la CAJA RURAL del SUR .( ? ??? )En 2017, como el Resultado de la Regularización ha salido = 0,00, hay que presentar una Solicitud de RECTIFICACIÓN , la he hecho,  he sacado el PDF , Borrador, pero no la he enviado. Ahora a esperar la Liquidación de los Recargos, por Extemporáneas Voluntarias  y los Intereses de demora , que como me indicabas.Muchas gracias  Si necesitas alguna Información sobre el Cultivo del Olivo, aquí tienes un Amigo, Enasua 
jartocoles 08/12/22 16:07
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
OK.. Menos mal que he dado contigo,  Enasua
jartocoles 08/12/22 16:06
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Gracias, Por eso, cuando ha sido CONJUNTA y  voy a ver los Resultados de la Declaración Complementaria,  aparece debajo del Resultado de CONJUNTA.."Resultado de la Declaración Complementaria" y supongo que es en esa donde  tengo que dar ENVIAR DECLARACIÓN  Ya le he cogido el aire al Manejo, pero me falta un empujoncito final.Pregunta :Cuando cambie lo que tengo que cambiar, voy enviando cada Año y ..¿ Procedo como cuando se presentan las Declaraciones Normales con Adeudo en Cuenta..?¿ Luego debe recibir alguna Respuesta ?, Porque tendrán que ajustarme la Cuenta con el Recargo, Intereses  por Demora , ¿No ?Gracias otra vez 
jartocoles 08/12/22 13:42
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Aprovecho tu buena disposición a ayudarme , Enasua He confeccionado, para verla ,  la Complementaria de 2018, siguiendo tus instrucciones respecto al Percibo de Prestaciones por Incapacidad Laboral y eliminando la Cotización   al RETA.Observo que en todos los años, al Inicio,   se suspende la Compensación al CónyugeEn la Presentada salía a a DEVOLVER ( -588,90 ), que yo me Compensé ... En la nueva Declaración  Rectificada sale  a  Devolver ( -155,92 ) ( menos importe que en la Presentada) ...  pero debajo dice  " Resultado de la Complementaria ".. A Ingresar ( 432,98 ) .-- La Suma de las 2 cantidades coincide exactamente con lo que me compensé yo, como Cónyuge  en la Presentada. = 588,90En el Modelo 100- Documento de Ingreso o Devolución, ya viene indicado el Importe a Ingresar ( 432,98 ) , con  ADEUDO EN CUENTA .Supongo que cuando vaya a presentar la Declaración tendré que rellenar el Campo del nº de  la Cuenta y me pregunto  ¿ Cuando piden los Intereses por DEMORA ? .¿Funciona la Presentación igual que las que se presentan en Fecha , o tendré que recibir una Carta de Pago con la Cuenta ajustada ? Ya solo me falta confeccionar la Complementaria del año 2017.Una vez que las tenga vistas todas , procederé a Enviarlas y que sea lo que Dios Quiera .Muchas gracias y perdona por abuso 
jartocoles 08/12/22 12:23
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Muchas gracias Enasua , todo claro hasta el momento justo en que me has respondido, porque iba a proceder a plantear en el Foro lo que acabo de constatar y que confirma lo que me comentas,  para el caso de las Declaraciones Conjuntas .Acabo de confeccionar la Complementaria del año 2019, CONJUNTA , cuyo Resultado en su Presentación fue  =  2.085, 51 a Devolver Elimino la Cotización al RETA del Primer Declarante (mi Cónyuge )y voy a ver los Resultados de la Declaración :-MAS FAVORABLES  = Individual Primer Declarante = 1.474,73 a Devolver -- Individual Cónyuge = 564,97 a Devolver .... SUMAN LAS DEVOLUCIONES  = 2.039,70 ,, lo cual  frente a lo que se nos devolvió supone un Perjuicio para Hacienda de 45,81 €.. Pero el Resultado de la Complementaria , que es el Resultado de la CONJUNTA , ha sido  = 1.369,47 a INGRESAR .A la vista de esto, me pregunto :¿ Se puede sustituir  ahora  una Declaración CONJUNTA de 2019,  por dos Declaraciones Complementarias  Individuales ? ... ¿ O ya no hay posibilidad de marcha atrás? Espero tu ayuda , para operar como sea lo procedente Gracias 
jartocoles 08/12/22 11:38
Ha publicado el tema JUBILACIÓN SIN PENSIÓN - ¿ Es posible ?
jartocoles 08/12/22 11:14
Ha comenzado a seguir al usuario Enasua
jartocoles 08/12/22 11:13
Ha comenzado a seguir al usuario Marianin07
jartocoles 08/12/22 10:55
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Continuación a mi Respuesta a Marianin07 y también a Enasua,Añado a lo anterior lo siguiente :Sigo averiguando cuales son los parámetros que conforman la BASE IMPONBLE  GENERAL y ya lo he averiguado, en las Declaraciones No Prescritas .Al Eliminar el Rendimiento Negativo del Trabajo, se verá aumentada en alrededor de 3.500.00€.Lo mismo que en la Complementaria de 2020 parece que el Resultado Final no ha variado, ya que he aprendido  gracias a vuestros informes, voy a proceder a confeccionar las Complementarias de 2019-2018 y 2017 , sin ENVIARLAS y así veré , que Resultados salen y procederé en función de los mismos .Solo me ha quedado una duda, que no he entendido en la explicación de Enasua:¿ Las Retribuciones dinerarias por Incapacidad Laboral, como Autónomo del Régimen Especial Agrario , se consideran Rendimientos del Trabajo y deben ponerse en la Casilla 0003 ? Muchas gracias a todos , de nuevo
jartocoles 08/12/22 10:30
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Muchas gracias, "Marianin07" y "Calmaypaciencia", constato que debes ser el mismo.-- cada día  me alegro más de haber integrado en RANKIA.Después de tu opinión y consejos y los de de Enasua y de realizar una Comparación detallada entre la Declaración de 2021  presentada y la Propuesta de Liquidación recibida al ser Revisada, y que he ACEPTADO , creo que  la Complementaria de 2020 que he confeccionado es Correcta, ya que , efectivamente, al finlal aparecen dos Líneas " Devoluciones acordadas por la Agencia Tributaria correspondientes al ejercicio 2020"  = Exactamente la misma cantidad que en la  Declaración que se presentó, aunque haya desaparecido el  Rendimientos del Trabajo Negativo y en otra Fila dice  : Resultado de la regularización = 0,00No he enviado la Complementaria aún , porque he llegado a la siguiente conclusión, que someto a vuestra consideración para que me la "aprobeis" y para que los comentarios de "mi Caso"  puedan ser de utilidad a algún forero, que llegue a encontrarse con mi mismo problema. Los elementos que constituyen las Rentas de mi Cónyuge son muy simples  : 1.- No hay Rendimientos del Trabajo2.- Hay Rendimientos del C. Mobiliario e Imputaciones de Rentas de escasa entidad.3.-Hay Rendimientos de la Actividad Agraria, -Módulos- , con sus Retenciones por las Ventas,  y de ahí salen los Importes a  DEVOLVER .Al eliminar la Cotización al RETA y  desaparecer el Rendimiento NEGATIVO del Trabajo ,  la Base Imponible  del Ahorro sigue siendo  Baja  por lo  que genera una Cuota ,  que es absorbida, CREO,  por el Mínimo Personal...La Base Liquidable GENERAL sigue siendo la misma porque sale de la Actividad Agraria y de las Imputaciones de Rentas . Creo que esta es la razón por la  que  no ha  cambiado el Resultado Final de la Declaración, respecto a la presentada en su fecha .Bien ...., entonces yo me digo : ¿ No será lo más conveniente quedarte quietecito  y no tocar las Declaraciones NO PRESCRITAS , - 2020-2019-2018 y 2017,  aunque en ellas haya  un  Rendimiento Negativo del Trabajo ? ... De todas formas si planteo unas Complementarias , a la vista del Resultado de la de 2020, me va a salir o lo mismo ó  casi lo mismo y  ahorro quebraderos de cabeza y molestias a los magníficos foreros de RANKIA. Debo aclararos que en la Revisada de 2021, si han encontrado diferencias entre lo Declarado y la Propuesta , pero ha sido en el cálculo de la Base Imponible General, porque no coinciden los resultados del R. Neto Reducido por Módulos de la Actividad Agraria, pero eso ya es otro asunto, que aunque no llego a entender,  lo he Aceptado .   Espero haberme explicado bien y reitero mi agradecimientoSaludos cordiales 
jartocoles 07/12/22 11:40
Ha respondido al tema Rectificación Declaración No Prescrita, por error que perjudica a la administración Tributaria
Gracias de nuevo Enasua,He entendido perfectamente lo que me explicas, pero cuando me pongo a operar, comienzan las dudas . He entrado en RENTA WEB , para Rectificar la Declaración de 2020.. " Rectificar Declaración ya presentada con errores que causan perjuicio a la Hacienda Pública" --Marco la casilla107:  porque / Se supone / que  "de  la D. Complementaria resulta una cantidad a devolver INFERIOR a la Solicitada" , ya que voy a eliminar el Rendimiento del Trabajo Negativo que tenía en la Declaración del IRPF de 2020. Entro en la Declaración  Complementaria .. sigo la lógica .. Elimino en el Apartado Rendimiento del Trabajo la Cotización a la Seg. Soc. y resulta que ya no hay Rendimieto del Trabajo,.. Vale ,... .... Doy a VALÍDAR y aparte de los lógicos AVISOS, me dice al final que NO HAY ERRORES..... Voy a " Resultados de las Declaraciones "  y aparecen EXACTAMENTE  las Mismas Cantidades que en la Declaración que en su día presentamos INDIVIDUALES  ... A DEVOLVER  (primer Declarante )  y a Ingresar  ( 2º Declarante )Y ME PREGUNTO:1) Si mi Cónyuge (Declarante )   va a tener un Rendimiento CERO, donde tenía  era un Rendimiento NEGATIVO,  ¿ No debería salirle una cantidad Inferior a Devolver ?2) ¿ Que ocurre ahora con la Renuncia y la Compensación que ya se hicieron efectivas  ? No me atrevo a Decir " PRESENTAR DECLARACIÓN " , porque salen las cantidades primeras sin tener en cuenta lo que he modificado y me pide que ratifique el nº de Cuenta para la Devolución Integra .  Y en el Cónyuge , que soy yo, me sale la Cantidad Integra a INGRESAR .Mi telefono es 661469151Por favor , me gustaría hablarlo, porque resulta más aclaratorio que escribiendo, siempre quedando muy agradecido , tanto a ti como a RANKIA .Espero

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