Gracias por tu respuesta, a dia de hoy, tengo entendido que los bancos informan de movimientos a partir de 3000 euros y las tiendas tambien informan a hacienda de compras superiores a 3000 al año, por lo que entiendo que si compro por valor inferior "no debería" enterarse el fisco.Me lo pensaré bien, no me apetece gastarme 1000 o 1500 euros en oro a nombre de mihija y que dentro de un año o dos me crujan diciendo quie he hecho una donación no declarada.
Hola, Feliz Navidad. un par de dudas:
1º ¿Porqué aconsejas comprar monedas y circuladas ?, los lingotes tienen un ligero menor precio y hay mas variedad de pesos para elegir.
Para seguro de valor o inversión los veo mas prácticos, o eso creo yo.
2º para mad max, No ves mejor la plata? no me imagino pagando una dozena de huevos con una filarmonica de oro de una onza, o con un lingote de 20 gr.
para eso veo mas practico las onzas de plata.
Gracias, un saludo.
Entiendo entonces que con la legislación actual si vendo (por ejemplo) un lingote de 20 gr. que vale unos 800 e. o unas monedas pequeñas tipo Soberanos que valen 300 e. No pasa nada, hacienda solo se fija en ventas grandes.
Porque no creo que las personas que venden unas medallas o anillos en un "compro oro" y se sacan 200 euros, hagan ninguna declaración, ni hacienda lo persiga, Vamos, eso creo.
Un saludo y gracias.
Buenas tardes.
A que te refieres con lo de que hacienda puede interpretar lo peor y en que puede repercutirle?.
Dicho de otro modo: mi padre puede tener unas monedas o lingotes escondidos y yo meses o años despues al hacer una reforma en casa y tirar una pared, aparecer ( con factura). ¿ Las declaro en ese momento? ¿Ya lo haré cuando las venda?
O al morir mi padre primero, mi madre no dice nada y al morir ella encontramos lingotes con factura de ella y otros con factura de mi padre que murio hace 6 años ( por ejemplo) ¿ los declaro todos (de el y de ella )en el ISD?
Perdona por abusar y hacer tres preguntas en una.
Muchas gracias
En Sevilla tienes Dracma metales, es aún mas barato que el Andorrano y vende la misma marca de lingote de 3 a 8 euros menos dependiendo del tamaño del lingote.
todos venden tambien por internet y te lo envian.
si no me equivoco, no has de declarar nada mientras no vendas, en ese caso tienes un incremento de patrimonio y es lo que has de declarar al hacer la renta.
como te la has encontrado y no tienes factura de compra, declararas como ganancia la totalidad de la venta
Es cierto, hasta 999 euros no es obligatorio identificarse, por lo que el comprador decide si lo hace o no, si quiere factura deberá identificarse aunque la compra sea de solo 50 euros.
Y cuando vendes te has de identificar porque se fotografía el oro y se informa a la policía por si fuesen joyas robadas, se guardan unos días antes de enviar a fundición o revender.
Pero sea la cantidad que sea, si vendes un anillo de 100 euros como si vendes un medallón de 2000.
Esto es lo legal, supongo que habrá algún compro oro de esos piratillas que por poca cantidad no lo digan a la policía.
Supongo que si lo que vendes es lo mismo que le compraste (recompra que hacen algunos establecimientos) tal vez no sea necesario el informar a la policía pues es un lingote o moneda que ya salió de esa tienda y no hay duda de su legalidad. esto es una suposición mía.
Las otras dos preguntas lamento no saber contestarlas.
gracias nuevamente por tu ràpida respuesta.
perdona que insista pues no estoy habituado al lenguaje administrativo y frases claras para tí, pueden no serlo para mi y dar lugar a confusión.
en el párrafo donde dices que lo suyo es valorarlo y declararlo explícitamente en la escritura de adjudicación,
entiendo que significa que una vez fallecidos yo y mi esposa (por ejemplo) mis hijos como herederos al ir al notario, ademas de llevar escrituras de pisos, cartillas del banco etc informaran de la existencia de esos lingotes o monedas de oro para incluirlos en el total de bienes y liquidar el impuesto de sucesiones, y no hace falta factura del oro, se valora en el momento actual y ese oro ya seria propiedad de los herederos y venderlo cuando quisieran pagando la correspondiente plusvalia del precio de venta sobre el valor declarado en la herencia.
es así?
perdona mi pesadez y sobre todo disculpa si no me explico bien, yo solo quiero tenerlo claro para que mis hijos no tengan problemas a la hora de heredar tres lingotes de 20 gr comprados sin factura, pues los compre en tres veces (cada 6 meses aproximadamete) y si no pasa de 1000 euros la compra no te exigian identificacion ni hacian factura.
y ahora por desconocimiento me da miedo haber metido la pata.
mil gracias nuevamente.
perderás según cuando vendas, es como la bolsa, sube y baja.
cuando lo compras por la mañana, si vale a 35 el gramo, te lo cobran a 37 (por ejemplo) y es logico, es un negocio y vive de eso.
has perdido 2 euros.
lo vendes esa misma tarde, sigue valiendo 35 pero te lo pagan a 33, has perdido 2 euros mas. total 4 euros de perdida en la compraventa.
tienes que dejar pasar el tiempo . años y esperar que suba, si en un mes sube a 45 por ejemplo, al venderlo si que ganarás algo aunque te lo compren a 43 pues tu pagaste 37.
No funciona exactamente asi pero es una manera sencilla de explicarlo.
tienes que guardarlo y olvidarte, no puedes mirar cada dia la cotización.
gracias por tu rápida respuesta.
en ese caso, si pasa a ser de mi esposa, ¿como se declara? informa ella al notario de la existencia de una cantidad de oro y se valora en el momento de hacer la liquidación de la sucesión. es decir a precio actual, independientemente de si hay factura?
dicho con otro ejemplo parecido: fallece la abuela y en su casa hay joyas de gran valor, los hijos quieren venderlas todo de forma legal y declarar la plusvalia de la venta, como son de la abuela y muy antiguas no hay factura.
se informa al notario de la existencia y se tasan para darles un valor y así se incluyen en la herencia y se paga lo que corresponda de impuesto de sucesiones? es así o estoy equivocado
gracias por contestar
por lo tanto entiendo que las facturas me interesa tenerlas a mi por si vendo yo, una vez fallezca y hereden no son necesarias pues la plusvalia será con relación a la valor reflejado en la herencia.