Disculpas ahora entiendo la opcion 4 de las que yo mencionaba👍-Esto me sirve para saber lo que me retendra la empresa y asi saber el neto que voy a cobrar no ?-Que diferencia hay entre las reducciones del articulo 18,2 o el articulo 18,3 ?-Y lo de que el perceptor efectua pago por prestamos con derecho a deduccion como es mi caso que quiere decir ?Saludos
Ya he alcanzado el limite de la exencion y ahora me retendran, y tal como dices para poder aplicar la reduccion del 30% si que cumplo lo de cobrar menos de la mitad de tiempo que he trabajado para la empresa.Mi duda es que en la pagina de la aeat para simular la retencion no se :1-ni donde tengo que poner el importe2-si el importe que tengo que poner es la totalidad de la indemnizacion no exenta3-si es el importe que cobrare cada mes en bruto multiplicado por 124-si es el importe que cobrare cada mes en bruto menos el 30% de este importe multiplicado por 12...Estoy hecho un lio en este tema de la pagina de aeatGracias
Juan si a raiz del expediente que tuve, voy a tener retencion a partir de la parte que ya no estara exenta; pero me han dicho que como provengo de un expediente, de la parte que me toca tributar tengo un 30% exento.Ahora la duda es en el enlace que pusistes donde tengo que poner el importe y cual es la cantidad que tengo que poner; la que cobrare hasta que me jubile o la que me toca año por año pero ya restando el 30%🤔🤔🤔Gracias
Pero si hasta ahora cobrara del expediente de regulacion de empleo la parte exenta no tenia ni retencion ni seguridad social y a partir de ahora ( que ya no es parte exenta ) me retendran IRPF y seguridad social ? porque si he estado en un expediente de regulacion de empleo ya no me toca seguridad social...al menos es lo que yo pensaba, no ?gracias
Disculpas por los acronimos, me referia a que si , tal como dices, cuando me retengan tambien me restaran la cotizacion a la Seguridad Social.Espero tu ayudaGracias
Perfecto pero si vengo de un ERO y tenia unos meses exentos y a partir de ahora me praticaran retencion, tambien me cobraran SS.SS o cuando vienes de un ERO no te retienen nada de SS.SS como te retienen con la nomina.Saludos
Muchas gracias y en esta pagina lo que indica es la retencion que me tiene que hacer la empresa o la que tendre que pagar yo cuando haga la declaracion de la renta ?Saludos
Lo de la proporcionalidad lo entiendo, lo de no mezclar la imputacion de rentas ( utilizar el valor catastral porque asi lo indica la Ley ) tambien.Lo que me crea duda es "en el valor de adquisición de una transmisión cuyo bien se adquirió por vía lucrativa, la misma establece que queda fijado en el importe consignado en el cuaderno particional y en el Impuesto sobre Sucesiones." Cuando dices via lucrativa, te refieres a herencia no ? y entonces el importe no debe ser el valor de referencia, es a eso a lo que te refieres ?Gracias
Entiendo que el valor de transmision en este caso debe ser el importe recibido como compensacion en la disolucion del condominio, y el valor de adquisicion el valor declarado en la herencia recibida ( que creo que se hizo constar el valor de referencia y no el valor catastral ); es correcto ?Gracias