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Participaciones del usuario Fmuniz

Fmuniz 17/06/06 22:11
Ha respondido al tema Fmuniz
Es curioso que te hayas dedicado a recopilar todos mis mensajes. No será que ves sentido a lo que digo? Pero en cualquier caso, es mi opinión. Sí, soy una de esas manos negras que están intentando intoxicar... No te montes películas, te lo vuelvo a decir: Sustituye la actuación de estos dos jueces ignorantes por otra de un juez riguroso con los indicios que se le presentan y proporcionado en sus medidas y probablemente hoy tendrías tu dinero a salvo, como siempre estuvo hasta la intervención. Todo se andará.
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Fmuniz 17/06/06 02:51
Ha respondido al tema Yo creo en la justicia
Precisamente si crees en la justicia deberías comprender que el Juez Instructor es el que se ha precipitado, movido seguramente por una mezcla de ignorancia, impericia, falta de prefesionalidad, desconocimientos técnicos y grandes dosis de afán de notoriedad y de abuso de poder. L Las personas que más poder acumulan y menos responsabilidad asumen por sus actos son los jueces instructores que disponen de la vida de las personas (pues pueden tomar decisiones sobre su patrimonio y su libertad) pero también se "equivocan". LAS EQUIVOCACIONES CUANDO SE TRATA DE LA VIDA DE LAS PERSONAS SON ESPECIALMENTE GRAVES Y POR TANTO DEBEN RESPONDER POR ELLO.
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Fmuniz 14/06/06 18:20
Ha respondido al tema A quien pueda interesar de la plataformaafinsa.org
Estimado Xavier, Tu posición es la más coherente de todo lo que he escuhado o se ha ha dicho hasta ahora, y coincide 100% con lo que vengo intentando sustentar desde el primer momento. Es de lógica aplastante y de fundamentación jurídica sólida que el responsable directo y principal es el juez instructor, que es el que ha dictado las medidas en la forma desproporcionada, precipitada, brutal e irreversible que lo ha hecho, actuando contra todo pricipio de prudencia elemental exigible y constituyendo la causa directa de un daño de incalculables proporciones a todos los niveles y ya irreparable en su totalidad. Lo anterior es tan grave que podemos sostener sin temor a equivocarnos que dicha actuación puede ser cuando menos, constitutiva de error judicial muy grave y cuando más, de un delito de prevaricación (sustentado en que las consecuencias, por previsibles, son el resultado de una resolución injusta a sabiendas). Todas las demás fundamentaciones y procedimientos en busca de una reparación del daño por parte de responsables subsidiarios(que los hay) deben pasar por entender esta postura (superando la idea preconcebida de la presunción generalizada de que la actuación del juez no puede ser puesta en duda, idea que, por otro lado solo está basada en el desconocimiento o la ignorancia). Es, como dices una cuestión de estrategia y de sentido común, desde la conviccción de que TODOS LOS PERJUDICADOS ( trabajadores, clientes, terceros y porpietarios) lo son por la misma causa directa e inmediata: LAS FORMAS Y MEDIDAS DE LA INTERVENCIÓN JUDICIAL. Hay que tener claro que la misión del Juez al recibir la querella era la de adoptar una posición de salvaguarda de todos los potenciales perjudicados (incluyendo a los acusados), y en el caso de adoptar medidas, haberlo hecho acudiendo a las diferentes alternativas que tenía a su alcance, y que en ningún caso eran las que se tomaron. Más bien todo lo contrario: el principio de intervención mínima, la obligación de asegurar la viabilidad de la empresa ( ante la hipotética insolvencia, que yo por supuesto rechazo o al menos discuto), la obligación de garantizar las garantías de los acusados,etc, EXIGÍAN ADOPTAR, EN SU CASO, MEDIDAS ABSOLUTAMENTE CONTRARIAS A LAS ADOPTADAS ( así, en lugar de publicitar la actuación mediante la permisión de una operación mediatica, debía haber actuado con la más absoluta discreción; en lugar de crear la alarma social inherente a una actuación policial de gran envergadura, debía haber tomado medidas cautelares que asegurasen la evitación del pánico generalizado; en lugar de seguir con la tramitación por la viá penal, debía haber tratado de dilucidar las cuestiones previas de carácter técnico-pericial, contable, fscales mercantiles y civiles que permitan calificar las imputaciones rigurosamente, etc). Te animo a que sigas defendiendo esa pòsición, unica comprensible para cualquiera que prentenda hacer un análisis objetivo desinteresado y fundado en derecho. Gracias y saludos Fernando Muñiz
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Fmuniz 14/06/06 01:37
Ha respondido al tema La dirección de Afinsa carga contra una inspectora de Hacienda
Estoy totalmente de acuerdo. Es más, ya dije en este foro al principio de esta historia que solo hay un único y´principal responsable al que todavía nadie apunta: el juez instructor. Él es el que ha tomado las medidas desproporcionadas que son la causa directa de la más que posible inviabilidad de la empresa. Este fin de semana ya salio en El Pais Semanal el Juez Grande Marlaska en plan Juez estrella. Dentro de poco saldrá también el juez Pedraz. Ese es uno de los factores de esta sitaución. La fama y notoriedad que hanconseguido en tan poco tiempo, gracias en gran parte al este asunto, bien saben ellos que les va a salir gratis. Tenen en cuenta que un juez instructor es prácticamente inmune a las responsabilidades. Ya lo pregunté al principio y lo vuelvo a preguntar : ¿ que pasará cuando se demuestre que no ha habido es tafa de ningún tipo? ¿ quien respondera de lo que ha pasado? ¿ Porqué nadie se da cuenta que el juez se ha "precipitado"? y que le daño que ha hecho es consecuencia exclusiva de su actuación ? Ya ha empezado a recular ( la puesta en libertad de los directivos encarcelados es un primer sintoma) intentando poner paños calientes a la barbaridad que SOLO ÉL HA DECIDIDO. Que nadie busque manos negras ( independientemente de que lo que ha pasado pueda beneficiar intereses de tereceros) LA DECISIÓN DE LA INTERVENCIÓN JUDICIAL ES RESPONSABILDAD DE LA ÚNICA PERSONA QUE PUEDE ADOPTAR ESAS MEDIDAS: EL JUEZ INSTRUCTOR. Y ESA FOMRA DE ACTUACIÓN ( POLICIA, OPERACIÓN MEDIATICA, PUBLICIDAD, ALARMA SOCIAL) ES LA CAUSA DIRECTA Y UNICA DE LA INVIABILIDAD FUTIRA DE LA EMPRESA.
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Fmuniz 17/05/06 22:06
Ha respondido al tema El juez instructor es responsable
Echevarri, deja de hacer especulaciones sobre manipulaciones ni cosas extrañas, que la cosa es muy grave. Yo no defiendo ni a unos ni a otros. Yo soy un expectador ajeno a esta historia que veo claramente desde fuera que EL JUEZ (los jueces) INSTRUCTOR ES EL RESPONSABLE INMEDIATO Y DIRECTO DEL DAÑO CAUSADO.
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Fmuniz 17/05/06 21:58
Ha respondido al tema El juez instructor es responsable
Te contesto: El Juez sabe bien la respuesta a esa pregunta y cualquier abogado presentaría una batería de medidas cautelares, de prevención o de garantía, alternativas. En definitiva cualquier medida distinta a HACER EL MAYOR DESPLIEGUE POLICIAL Y MEDIATICO QUE SE HA VISTO EN MUCHO TIEMPO Y QUE NO TIENE MÁS EFECTO QUE EL DE CAUSAR PÁNICO Y CONFUSIÓN EN EL MERCADO Y LOS CLIENTES. ESO NO SE PUEDE HACER CUANDO EL EFECTO INEVITABLE ES QUE LOS CLIENTES RETIRAN SUI CONFIANZA DE LA EMPRESA Y ESO HACE INVIABLE LA ACTIVIDAD. EL JUEZ TENÍA QUE HABER PENSADO EN LOS INVERSORES (CUYA INVERSIÓN ÉL HA PUESTO EN PELIGRO) Y EN LOS TRABAJADORES y terceros. Por descontado también en los propietarios a quienes asiste la presunción de inocencia ( aunque esto sea muy dificil de comprender por la gran mayoría) Ten absolutamente claro y por seguro que un Juez Instructor tiene todos los medios a su alcance para conseguir las mismas cautelas sin que se entere nadie. También decretando el secreto del sumario, que es una posibilidad que persigue, entre otras cosas, que la publicidad de las actuaciones no afecte a terceros. Cualquier filtración del Juzgado es única y exclusivamente responsabilidad del Juez. A ver si os enteráis de que un Juez Instructor puede hacer casi todo lo que le de la gana, por que incluso cuando se extralimita en sus facultades, es prácticamente imposible que responda por su actuación.
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Fmuniz 17/05/06 21:39
Ha respondido al tema El juez instructor es responsable
Nabeca, deja que te explique una cosa: El tipo penal de la estafa se compone de dos elementos fundamentales : el engaño y el perjucio económico, de tal modo que si falta alguno de los elementos ( como ocurre con cualqier delito tipificado), la actuación encausada podrá ser calificada de otra cosa pero NO de estafa. Esto es de segundo de derecho. En este caso no hay (no había antes de la intervención judicial) ningún perjucio económico real y efectivamente causado. NO HAY NI HABRÁ ESTAFA AL FINAL DE ESTA PELICULA. En cuanto al engaño la cosa es más compleja ya que el supuesto pasa por dilucidar si en el tipo encajan los hechos dependiendo de la diferente interpretación juridico-mercantilque se dé a los contratos que se firman con lo clientes por un lado ( préstamos, depósitos retribuidos conpraventas con o sin pacto de retorcesión, opcionales o no...), y las casuisticas permitidas por la normativa a la hora de su contabilización, las diversas posibles valoraciones contables y su reflejo en las cuentas de la empresa. Con eso te quiero decir que el tema pasa por un complejo estudio jurídico-mercantil-contable-fiscal, propio de expertos en la materia. Después de ese análisis se tenbd´ria que determinar si del mismo se deriva una insolvencia punible o no. En caso positivo, son múltimples las medidas que se pueden tomar para prevenir, paliar, o evitar dicha insolvencia SIN NECESIDAD DE CARGARSE UNA EMPRESA DEFINITIVAMENTE que es lo que ha hecho el Juez.
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