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famer

Se registró el 28/04/2012
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famer 28/04/12 23:47
Ha respondido al tema Venta de 2ª vivienda procedente de una herencia
Tienes que calcular la ganancia patrimonial que será la diferencia entre el valor de adquisición y el de la transmisión. en el caso de la herencia la fecha del valor de adquisición será la del fallecimiento del causante y el valor es el calculado según las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones siempre que no exceda del valor del mercado, añadiendole los los gastos y tributos inherentes a la adquisición, excluidos los intereses si los hubiere. Una vez obtenido este valor le aplicarás el coeficiente de actualización que encontrarás en las instrucciones del impuesto.
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famer 28/04/12 22:59
Ha respondido al tema Declara hacienda el alquiler de un terreno??
El IRPF grava, por ejercicio, las rentas percibidas(todas), salvo aquellas que la Ley determina como exentas o no sujetas. Si te fijas, el borrador tiene un apartado que contempla los rendimientos de bienes inmuebles y ahí tendrás que incluirlas, deduciendo de ellas aquellos gastos en que hubieses incurrido y que fuesen necesarios para su obtención.En su momento, cuando se materialice la opción de compra, tendrás que declararla en el capítulo de ganancias patrimoniales
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