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Participaciones del usuario Esgrimidor - Seguros

Esgrimidor 08/08/22 21:31
Ha respondido al tema Notas de voz de conversaciones adjuntas a un peritaje
el fondo del asunto es la discrepancia de opinión con el mismo peticionario del informe. De resultas de adjuntar el audio el peticionario se cree perjudicado porque aparte de los contenidos de audio se observa su enfado y desaire durante la conversación. Con algunos comentarios subidos de tono. Es lo que se dice y como se dice. Si el peticionario no tiene autocontrol y despotrica no es asunto del perito. Máxime cuando el peticionario solicita que si se pueden adjuntar al peritaje los comentarios de los interlocutores. Como un audio es largo de transcribir al final va todo junto. Y con el todo junto vienen los conflictos.Sin embargo el todo junto tiene ese algo de juramento : tanto lo que pueda beneficiar como lo que pueda perjudicar al peticionario. En cualquier caso el criterio parece ser que el audio beneficia al peticionario.
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Esgrimidor 29/07/22 09:06
Ha respondido al tema Notas de voz de conversaciones adjuntas a un peritaje
Las palabras publicar y difundir creo que deben interpretarse en el sentido de desconocer el oyente de los audios en destino (por ejemplo publicar los audios en prensa, en una red social o en este foro). No es el caso porque se adjunta a un peritaje que se hace llegar al peticionario. Si el peticionario lo usa llegará a la otra parte (que por cierto también interviene en la conversación) y al juzgado. Luego se publicó en el peritaje por si mismo, por ser además en correlación con el contenido del mismo. Lo que suele ocurrir en los audios en relación a sus transcripciones como notas de voz es que se perciben datos adicionales. Por ejemplo : - enfado o reacciones fuera de lugar incidentales durante el audio mientras se discute el tema en litis. - Que si el audio es largo se produzcan algunas coloquialidades Creo que se acudió a adjuntar el audio como notas de voz tomadas de laboriosa transcripción. Dependerá ahora del perito de peritos - llegado el caso - su admisión o no. En definitiva son las notas de voz del perito que estará juramentado durante el juicio. Yo no creo que sea delito lo anterior en caso alguno. Simplemente el perito está en persecución de la verdad, y de parte de nadie.  Adjunta un audio que mayormente tiene que ver con la materia en litigio y en una conversación donde interviene activamente. Es decir no espía. Al grabar en su propio nombre y derecho no incumple con ley alguna. Cosa distinta sería si grabara sin permiso previo o autorización vídeo, pero el audio puede grabarlo. Sería en la difusión posterior donde podría ponerse interés si fuera deshonesto, de mala fe la grabación, o con finalidades ajenas a un peritaje (un perito no puede recibir comisiones, no puede tener premios por su trabajo, no puede decir mentira en favor del peticionario, etc. ) . Todas las actitudes periciales entre paréntesis anteriores son claramente delictivas y punibles. En cambio, un abogado sí puede recibir premios y comisiones, y en defensa de su cliente puede inventar mil argucias. Un perito ni quiere, ni debe, ni puede. 
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Esgrimidor 21/11/18 18:47
Ha respondido al tema Qué perito escoger ?
en la calle. Me intriga tu pregunta. En definitva en una vía pública, cerca de una parada de transporte público.  
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Esgrimidor 14/03/12 02:18
Ha respondido al tema Independencia pericial - peritos
Gracias mariniki. Creo que tienes toda la razón. Lo que hay que hacer es presentar al solicitante (parte activa o pasiva del proceso o demanda) el peritaje. Si luego lo tiran a la basura es asunto de ellos. Si no lo tenías cobrado pues presentar demanda de reclamación de cantidad por ese trabajo contra el solicitante (no contra el abogado). Y si lo tenías cobrado por adelantado - que es lo ideal- pues mejor que mejor. Si el perito, en el ejercicio de su pericia, es testigo de algo ya lo llamaría el juez como testigo si lo considera interesante. Y si , por ejemplo, el peticionario no paga la comparecencia a juicio del perito pues entonces el perito comparece y luego reclama judicialmente por reclamación de cantidad el importe que se le adeuda. En todo ello no está indefenso el perito en ningún momento. Simplemente no tiene que someterse a ninguna presión del abogado. Lo justo es que si al peticionario o al abogado de parte no le gusta el informe lo paguen y lo tiren a la basura. Evidentemente no es lo mismo un perito que un testigo. "El abogado cometerá un fallo grave si cita al perito como testigo, porque puede tirar por la borda la prueba, porque como muy bien ha quedado expuesto, cuando le pregunten por su saber, la parte contraria puede decir que eso no le interesa a nadie y cuando le pregunten por los hechos, el Sr. perito pude decir que no tiene ni idea, así que ni tiene prueba, ni perito ni testigo y el testigo puede exigirle que le pague los gastos ocasionados, que pueden ser unos 60 euros, dependiendo de donde viva y se celebre el juicio."
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