Buenas, se declaran en el año de la sentencia, a no ser que fueran ya declarados en 2009 y 2010.
Lo que no estoy seguro es si puedes acogerte a la reducción del artículo 18 por rendimientos irregulares, que te minoraría la cantidad a declarar en un 40%.
Si, lo que pasa es que reconocer que primero era un contrato de préstamo habría que presentar en su momento el modelo 600, y no se hizo.
No va a quedar otra que liquidar ahora donaciones, lo que sin bonificación pasaría de unos 75 euros a 1500, o presentar ahora el modelo 600 de préstamo y a ver que dicen.
Gracias por contestar.