Acceder

Participaciones del usuario Elena Cirugeda

Elena Cirugeda 17/06/15 12:03
Ha respondido al tema ¿Qué pasa si viajo mientras estoy en paro?
La verdad es que has tenido mala suerte a encontrarte con esa persona reciente llegada a su puesto, de todos modos no dejemos de darles oportunidades a los nuevos trabajadores, cosa aparte es si el SEPE cumple con su función o no, y si lo hace bien o no.   
Ir a respuesta
Elena Cirugeda 17/06/15 12:01
Ha respondido al tema Residencia en Portugal, mayoría de ingresos de España - Autónomos
Hola, bienvenido a Rankia. Le contesto aquí, pero le aconsejo para la proxima que las dudas de fiscalidad mejor las ponga en el foro de fiscalidad, allí recibiras ayudas de los usuarios especializados en fiscalidad. Para que tengas la obligación de declarar en Espña, debes de tener el caracter de residente español. Para lo cual Hacienda entiende que tiene este caracter todo sujeto que haya permanecido en territorio español más de 183 días del ejercicio fiscal.  Por lo que al año que viene si que estaras obligado a declarar en España, ya que si te mudas en dos meses habrás permanecido más de 183 días en España, y en este caso las rentas que percibas durante los ultimos meses del 2015 tributaran como rentas obtenidas en el extranjero. Y ya será para la declaración de la renta correspondiente al año 2016 cuando no tendrás la obligación de tributar en España sino en Portugal. En cuyo deberás de estar a lo que regule su legislación sobre las rentas obtenidas en el extranjero por un residente portugues. Saludos y suerte en tu nueva etapa!       
Ir a respuesta
Elena Cirugeda 16/06/15 17:09
Ha respondido al tema Participaciones y acciones de empresas no cotizadas
Hola! Echale un vistazo a este post sobre formas de invertir, el post va más bien destinado a los empresarios que necesitan financiación, pero creo que leyendolo te podran surgir algunas ideas, o quizás más dudas.  Comentame cuando lo hayas leido http://www.rankia.com/blog/financiacion-emprendedores/2786860-nuevas-vias-financiacion-no-bancaria-para-emprendedores Saludos!
Ir a respuesta
Elena Cirugeda 12/06/15 13:43
Ha respondido al tema Cuaderno 43 contasol
Hola, bienvenido a Rankia. No conozco el programa, pero te puedo aconsejar que entres a la  página de Contasol, desde lo descargaste, y busques alguna guía de uso. Sino quizás haya videos de autoayuda en youtube.  Siento no serte de más ayuda, espero que algún usuario pueda ayudarte.  Saludos! 
Ir a respuesta
Elena Cirugeda 12/06/15 13:31
Ha respondido al tema Baja autónomos
hola, bienvenido a Rankia.  Justamente esta mañana hemos publicado un post sobre estas prestaciones de la Seguridad Social a los autónomos.  Te dejo el link para que le eches un vistazo, y si quieres comentar algo estaremos encantados, ya que cuentas con experiencia.  http://www.rankia.com/blog/autonomos-y-emprendedores/2824549-como-son-prestaciones-seguridad-social-para-autonomos Saludos y gracias de antemano! 
Ir a respuesta
Elena Cirugeda 10/06/15 13:44
Ha respondido al tema Facturacion a clientes en Latinoamerica y tratamiento de IVA
Hola! En este aspecto te puedo comentar que de acuerdo a la regulacion vigente se entiende en operaciones como la tuya, fuera la Union Europea, como exportaciones o importaciones.  En el caso de exportación, como es tu caso, cuando el destinatario sea empresario o profesional, el servicio se localizará en el lugar de destino, por lo tanto queda exenta del IVA español. En caso de que sea particular, no se sujeta al IVA español la prestación de determinados servicios, como los de cesión de licencias y patentes, los de publicidad, los de asesoramiento, auditoría, ingeniería, contabilidad, abogacía, consultores,... De manera que en factura deberá de consignarse en una nota la exención de esta operación e igualmente esta operación tiene que aparecer reflejadas en el modelo 303 en las casillas habilitadas para ello. Te aconsejo que eches un vistazo al artículo 21 de la ley del IVA, donde se establece la exención al IVA en el caso de operaciones de exportación.  Por otra parte, el Reglamento del IVA (Real Decreto 1624/1992) establece en el primer apartado del Artículo 9.1 como requisitos básico para la aplicación de la exención la salida efectiva del territorio comunitario de los bienes objeto de la operación. Asimismo, establece que para que ésta quede justificada será necesario guardar la copia de la factura comercial, del documento de transporte internacional y de la declaración aduanera de exportación (DUA de exportación), en la que el transmitente de las mercancías aparezca como exportador. Saludos! 
Ir a respuesta
Elena Cirugeda 10/06/15 13:00
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola, Así es. Si los rendimiento mobiliarios que percibes superan los 1600€ deberás de hacer la declaración de la renta. Del mismo modo si superas las cantidades de 11200€ y 22000€ en el caso de rendimientos de trabajo procedentes de varios pagadores o de un solo pagador, respectivamente. Por lo que en cuanto rebases uno de los 3 limites deberás de hacer la declaración, aunque no rebases los otros. Saludos!
ir al comentario
Elena Cirugeda 09/06/15 13:27
Ha respondido al tema Fiscalidad - Zencap
Entonces pedirte perdon en primer lugar por no haberte sido de ayuda, y en segundo lugar, como tu bien decis se trata de financación demasiado reciente, por lo que solo queda esperar a ver como se van regulando. Saludos! 
Ir a respuesta