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Participaciones del usuario diezlunas

diezlunas 26/03/13 10:21
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
No se si alguien ya lo ha colgado,pero sino es un buen video para pasar a las persona mayores que no entienden muy bien lo que está pasando....... http://www.youtube.com/watch?feature=endscreen&NR=1&v=YwV8S-B2-Csmuy
diezlunas 25/03/13 22:02
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Por lo que veo en la TV,el escrache les está haciendo pupa a los politicos,se me ocurre que podriamos organizarnos,siempre con la consigna de no utilizar la violencia,por ejemplo hacendo cola( cuanto mas larga mejor)en casa de windos o M.Puja al alte....para pedirles un euro, o algo de comida,o explicarles nuestra situación límite,creo que no es ilegal y si son representantes del pueblo,elegidos como ellos dicen por voluntad popular,tendran que escucharnos.También se me ocurre que podriamos llenar las sucursales para explicar a todos los incautos que siguen entrando en robobankia que su dinero está mas seguro en casa.
diezlunas 25/03/13 21:54
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
diezlunas 25/03/13 21:42
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Yo en mi caso concreto vivo en Mallorca y aquí hay regimen en separación de bienes,la cuenta estaba a nombre de los dos indistintamente,y el empleado del banco estaba tan seguro de que yo pasaría a firmar ( de hecho insistió por telefono varias veces) que hizo la orden de compra a nombre de los dos ,pero solo la firmó mi marido, de manera que en la orden de compra figura que yo he solicitado la compra de las PP pero ni estaba, ni firmé, ni me hicieron ningún test.....algún abogado de los que he consultado piensa que después de tanto tiempo enviando a casa extrctos e información ya me tenía que haber dado por enterada. ¿ tu que opinas?
diezlunas 25/03/13 12:05
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
hasta.los... necesito que me expliques tu razonamiento de las acciones,si dices q en el momento del cambio a los p.nos daran 0.36e d plus ,eso quiere decir q nos daran 0.36 e más o menos, porque 6.200 e a 1 e la accion, salen 6200 acciones y no 4559,está claro que no me dedico al mundo de la inversión,pero con el ejemplo claro que has puesto de los 10.000e,no lo entiendo.
diezlunas 24/03/13 16:02
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
No estoy segura si es el sindicato de la banca o CCOO http://www.intereconomia.com/noticias-negocios/claves/ccoo-pide-fondo-garantia-tratar-preferentes-deposito-20130322
diezlunas 24/03/13 15:56
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Gracias por poner noticias de D.Antonio,los que visitamos su blog estabamos preocupados,que disfrute,se lo merece.......
diezlunas 23/03/13 17:46
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Hola Silvia, yo lo solicité el 18 de este mes,presenté dos copias y me la sellaron con registro de entrada y fecha,es como cuando solicitas alguna documentación, va dirigido al SAC y están obligados a recoger la solicitud y tramitarla, si se niegan puedes pedir una hoja de reclamaciones ,pero no del banco ,sino de consumo,están obligados a tenerlas(como en los restaurantes...)y si se niega a facilitartela, puedes llamar a la policia municipal ( aunque normalmente no dan lugar a que venga la poli a la oficina, no les da muy buena imagen ). En la solicitud explica muy bien la ley y explicita que el periodo para emitirlo es de 24 h como máximo.Lo que no sé (algún abogado podia explicarnoslo)es si el cerificado no llega o lo hace fuera de plazo si tenemos derecho a rescindir el contrato. En mi caso,despues de llamar cada día, el día 21 me personé en la oficina,llamaron al servicio juridico en Madrid( yo vivo en Mallorca) y les explicaron que me lo tenian que hacer ellos en la oficina xq si no ,no les daba tiempo, y que en Madrid habia sido fiesta el 18 y 19 para justificar que estaban fuera de plazo.Al final como son muy torpes,me hicieron un certificado normal( no de legitimación)que no sirve,aunque yo tengo la solicitud firmada en el banco con fecha 18/03,ya veremos......
diezlunas 23/03/13 17:20
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#tomatubanco · A 401 personas les gusta esto. Ayer a las 7:35 · Sentencia que desestima el Recurso del Banco de Sabadell en referencia a participaciones preferentes de la CAM a un matrimonio y les obliga a devolver los 130.000 euros de la inversión en participaciones preferentes. Os dejamos la argumentación de la sentencia y el enlace para descargarla la sentencia completa. Argumentación de la Audiencia Provincial de Valencia, sección Damos por íntegramente reproducida la acertada fundamentación jurídica de la sentencia, que resulta completa v atinada, en orden a la obligación de información incumplida. por parte de la demandada de forma palmaria, incidiendo en que: a) La testigo Sra. García, en que se apoyó e1 testigo Sr. Sánchez en cuanto aludió a que, por su parte, se prestó una mayor información a los demandantes, no recordaba, en absoluto, ta1 extremo, por lo que las alegaciones genéricas de su forma de actuación no sirven, en concreto, en este supuesto, in xime porque la hija de los demandantes, en correlación con lo anterior, afirmo tajantemente no conocerla. b) La entidad bancaria, en la que recae la carga probatoria relativa a la información adecuada, Transparente y veraz, en caso de productos complejos, solo se apoya en las órdenes de compra, que contienen una mera cláusula de estilo en cuanto que indican que conocen su ”significado y o ascendencia”, pero nada relativo a aviso de riesgos, o información exhaustiva del producto, calificado, en e1 primer caso, como deuda subordinada o valores RBS, en e1 segundo, pero que, según el informe de la CNMV son productos de riesgo, tratándose, realmente, de preferentes, con restricciones en la percepción de beneficios que e1 propio recurrente expone en su escrito. Nada de esto aporta, sin embargo, la parte demandada que justifique su conocimiento por los actores; es más, ni siquiera en la orden de compra consta que se adquirieran en AIAF — mercado secundario de renta fija- donde eventualmente podrían ser vendidos, al valor que tuviesen —lo que implica posibilidad de pérdidas importantes- ni qué significaba la expresión ”call” ni las ventanas de rescate que podrían tener, siendo absolutamente inaceptable que dos personas, insistimos, de edad avanzada, vayan a comprometer la parte más relevante de su patrimonio de forma “perpetua” o hasta vencimiento “2039” (que, en este caso, es casi lo mismo). Es obvio que la carga de la prueba de la plena y correcta información, en pocos supuestos se revela más necesaria que en el presente. En cuanto a la rentabilidad y el riesgo, tampoco podemos aceptar la conclusión pretendida por el apelante. Cierto es que la primera y el segundo usualmente van ligados, de modo que a mayor rentabilidad, mayor es también el riesgo asumido, pero si tenemos en cuenta que los tipos de interés eran del 2.5 aproximadamente en aquel momento, según indica el propio testigo, y que de estos productos se obtendría era un 5.25 o 5.50%, existe una notoria desproporción, igualmente, en el riesgo asumido y el beneficio obtenido, que tampoco justificaría, consideramos, en las circunstancias concretamente concurrentes, prescindir de la seguridad, absolutamente, en aras a una rentabilidad que tampoco es desproporcionada; traemos aquí, nuevamente, a colación las referencias del recurrente a la limitación de percepción de rentabilidad tanto en supuesto de preferentes como de deuda subordinada, y, desde el punto de vista concursal, la posición de los acreedores por este concepto —extremo que tampoco resulta que fuera explicado con claridad y que, asimismo, debió serlo- d) La contratación del primer producto no exime de explicación en e1 sugerido caso, ya que tan poco son productos idénticos, pero, además, es inaceptable la conclusión pretendida, y debe ser rechazada, en cuanto se funda el conocimiento del producto en que existió una “segunda” contratación, porque lo relevante, realmente, es que se informara correctamente en la primera, precisamente porque la segunda arrastrara las deficiencias de aquella inicial información, y el argumento, por tanto, resulta falaz. e) El producto es complejo, y así se ha calificado por la CNMV. Nos remitimos a la argumentación de la sentencia y a las conclusiones del informe, que se hacen propias a la vista de las parcas y escuetas órdenes de compra suscritas por los demandantes. Ciertamente no estaba vigente la normativa MIFID, pero las características personales de los contratantes debieron llevar a extremar la obligación de información, y, como se ha dicho, y damos por reproducida la sentencia, ningún error de valoración es de observar en aquella sobre tal aspecto, pues la carga de la prueba compete a la demandada y la deficiencia en la misma habrá de perjudicar a dicha parte. No resulta necesario acudir al dictamen pericial para valorar la complejidad del producto, por lo que resulta también irrelevante si el perito tomo en consideración para su confección materiales posteriores, pues ello tampoco altera la naturaleza del producto en si, en cuanto resultados relevante para valorar su complejidad. Finalmente, en cuanto at perfil inversor de los demandantes, hemos de incidir en su perfil conservador, pese a lo que afirme, al respecto la parte recurrente, por cuanto, por una parte, la demandada indica que habían suscrito depósitos a plazo —lo que nos aleja, claramente, de un perfil inversor de riesgo- pero para fundar su afirmación relativa a la imposibilidad de confusión de lo contratado con un deposito a plazo, lo que no anula la conclusión anteriormente expresada, pues ratifica que lo contratado previamente eran productos sin riesgo, y que, si se confundieron aquellos con lo realmente adquirido fue por deficiencia de información a dicha parte imputable, pero en ningún caso puede llevar a alterar la carga probatoria a que hacíamos referencia con anterioridad, y las consecuencias de la misma. En cuanto a otro producto contratado, mixto con seguro, difiere absolutamente de los aquí analizados, y no evidencia por sí solo, que e1 demandante estuviera avezado en inversiones con riesgo, y por tanto ha de ser rechazada, asimismo, la argumentación. Procede por lo expuesto, con desestimación del recurso planteado, confirmar la resolución recurrida. http://ow.ly/d/18nE Ow.ly - S_130305_BSABADELL_CAM_AP9_VALENCIA_CONFIRMA_121010_JPI21_VALENCIA_PREFERENTES_PART_SIN.pdf. ow.ly Download and share S_130305_BSABADELL_CAM_AP9_VALENCIA_CONFIRMA_121010_JPI21_VALENCIA_PREFERENTES_PART_SIN.pdf uploaded by @Loquemepasapor (Gregorio A_亚洲金融市场) and hosted by Ow.ly Me gusta · Comentar A Pedro Montesinos le gusta esto.
diezlunas 23/03/13 16:24
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Hola a todos: creo que es momento de que todos empecemos a disparar ideas,por locas que parezcan,repasar todas las que han funcionado, ¿os acordais de la campaña publicitaria de la basura en los bancos? a la puerta de las sucursales. La botella de coca-cola se te puede caer encima de todos los papeles que tienen en la mesa si eres un descuidado y la llevas sin tapón, ten cuidado de que no te pase eso porque tienen papeles muy importantes y podrias estropearlos, cuando por la mañana paseis por el banco a preguntar ¿ que hay de lo mio? ir con mucho cuidado si llevais en la mano la bolsa para tirar a la basura con todo el pescado podrido de todo el fin de semana,no vayais a tener la mala suerte de que se os caiga dentro de la oficina con todo ese liquidito " ya sabeis"y sobre todo si se cae encima de la alfombra, porque deja un olor a podrido insoportable durante toda la mañana,(o hasta que se cambie la alfombra),cuando veo las imágenes de nuestros compañeros gallegos que cada vez la policía les aleja mas de los políticos, me acuerdo ,de que los tirachinas de cuando eramos pequeños,servían para poner globos de agua y tinta y dispararlos muy lejos y muy alto,llegando a nuestro objetivo,solo con hacer un poco de puntería,también poníamos huevos y patatas podridas que los comerciantes nos guardaban encantados de ayudarnos a desarrollar nuestra puntería de manera pacífica........ Bueno chicos cambiando de tema, agradecer a todos los que tenéis acceso a los microfonos por vuestra dedicación, no se como hacer alguna gestión para poder hablar con Jordi Evole,qizás un programa monografico,bien hilvanado,podria denunciar todo el engranaje politico,desde el presidente con sus decretos,pasando por el gobernador del BE,el presidente de la CNMV,la defensora del gobierno,perdón del pueblo,el fiscal general del estado( en españistan deberia llamarse el abogado general del gobieno)y ahora yá para colmo las directrices a los jueces de lo que tienen que sentenciar cuando llege un pringaillo a denunciar por la estafa de las PP.La pregunta es ¿ como nos organizamos pacificamente? para que en todas las sucursales de España tengan noticias nuestras todos los dias,ya sabeis que hay que empezar por los principios y empezar a darnos cuerda,yo ya he comprado 200 m de cuerda para empezar y entre todos tenemos cuerda PA-RATO.