Vale gracias, seguramente se quede igual.He estado mirando el Euribor y va a permanecer estable un tiempo.. asi que opino que no harna cambios, subida no creo a no ser que aprete la comoetencia
Comprendo, pues nada, es que no me queda mas remedio que esperar para cancelar el otro que tengo.Como seguramente se queda igual lo abriré, si baja pues a ver otras opciones, pero si esoty buscando IBAN español.Ayer vi a un año 3,90 %, NOVUM BANK, pero no tiene Iban español por lo que veo.
Sí, eso es, que hasta principios de mayo no puedo, estoy a la espera que se cancele otro que tenía, pro lo que ya no sé si pueden cambiar las condiciones a partir del 24-04-2024.
En realidad buscaba los problemas y fiabilidad de RB, que por loq uenhe vistocreo que me animare al de 2 años, pero mas bien a principios de mayo que no se si cambiaran condiciones o me interesara algo mas
Por lo que veo entonces, siempre iba a ser muy díficil cancelar las imposiciones salvo supuesto muy muy muy muy excepcionales.Aún así, opino, sin ser abogado, que tenéis razón, cambio de condicones contractuales, es lo que lleva una cancelación, totalmente de acuerdo.Aún así, dado la naturelaza del cambio, creo que sigo abierto a abrir el deposito.Seguramente ganéis igualmente.Gracias :)
Sí, comprendo, pero por lo que he leído ahora pinta mejor la cosa.Entonces, por ejemplo, en casos como en los que te quedes en paro ya ni contemplan la cancelación? Sí, o sí, tienes que esperar el plazo de dos años?
Perdona Tesauro, más o menos ya estoy al día con el cambio de condiciones y la problmeatica que se ha dado y las razones que dan para no cancelar las imposicionesLo unico que no entiendo del todo, es, en que perjudica exactamente al cliente el cambio de condiciones, entiendo que querer cancelar es por que dicho cambio perjudica.¿Consiste en que ya no se puede cancelar nunca las imposiciones bajo ningun supuesto y antes si que estaba sujeto a estudio?Gracias.