Daniel10108
13/01/10 00:40
Ha respondido al tema Artículo 16 del impuesto de sociedades – Relaciones entre vinculadas
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Este parece que va a ser un tema estrella para este año, supongo que la Administración empezará a realizar comprobaciones a partir de la presentación del impuesto de sociedades del 2009 ya que las obligaciones de documentación entraron en vigor en Febrero de 2009. Por tanto ahora no tenemos experiencia pero si tenemos que cumplir con las obligaciones de información y se plantean muchos problemas (valoración de prestaciones de servicios entre empresas vinculadas, contratos de KNow How etc.)
Respecto al tema del tipo de interés de mercado en préstamos entre vinculadas, entiendo que no es suficiente el interés legal sino que deberias encontrar el comparable en el mercado (préstamo obtenido de las entidades financieras con analogas condiciones ).
Coincido con vosotros respecto a la dificultad de valorar las retribuciones del administrador/gerente de una PYME, para lo cual es muy dificil encontrar comparables ya que las retribuciones del convenio colectivo no sirven ni tampoco los publicados en periodicos ni revistas especializadas, de todas formas ya han surgido las empresas que se dedican a certificar retribuciones a los efectos de estas valoraciones.
Realmente es un tema complicado confeccionar los documentos exigidos por la normativa española y en especial realizar analisis de comparabilidad que soporten el método elegido de valoración y que nuestra documentación sea suficiente para demostrar que los precios aplicados a entidades vinculadas sean de mercado.
Saludos