Hola,
La oferta del 4% a 1 año es únicamente para dinero nuevo, oficinas BBVA que yo sepa provincia de Barcelona. Supongo que cada sucursal lo utilizará en función de sus necesidades de captación de pasivo.
De todas formas todas las entidades financieras están cambiando continuamente sus politicas de captación de pasivo, hoy por ejemplo me han llamado del Santander que vuelven abrir el depósito del 4% pero solo para el día 21 de JUNIO.
Saludos cordiales.
Daniel1010809/06/10 16:21
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Nuevo depósito BBVA 4%
Creo que no le quieren dar publicidad, pero intentan recuperar los depósitos que se han ido estos últimos meses.
Saludos.
Daniel1010809/06/10 15:39
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Nuevo depósito BBVA 4%
Confirmado en oficina BBVA para dinero nuevo sin vinculación IPF 4% a 1 año sin vinculaciones.
Saludos
Daniel1010808/06/10 20:47
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Deducción vivienda habitual en Catalunya
Totalmente de acuerdo contigo, pero este no parece ser el criterio de la Administración, ya que en el borrador no aplican la deducción incrementada, consultado vía teléfonica con ellos dicen que 32 años y un día es mayor de 32 años ?
En fin no se que hacer ya que por 200 € voy a tener una paralela, discusiones, etc.
Gracías y Saludos cordiales
Daniel1010808/06/10 18:43
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Deducción vivienda habitual en Catalunya
Daniel1010807/06/10 21:10
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Nuevo depósito BBVA 4%
Daniel1010802/06/10 23:28
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Indemnización por responsabilidad patrimonial de la administración
Perdona he estado bastante liado estos días pero ahora retomando el tema
no puedo estar de acuerdo contigo, ya que parece doctrina asentada en la DGT que los intereses indemnizatorios se consideren ganancia patrimonial que tributa en la base del ahorro, te cito las siguientes consultas vinculantes que se refieren a rendimientos del trabajo V2383-07,V2407-07,v2512-07,v0273-08, V0470-08, V470-09.
Saludos
Daniel1010826/05/10 21:24
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Indemnización por responsabilidad patrimonial de la administración
Hola al.rodrigo,
He revisado algunas consultas de la dirección general de tributos V1300-09, V0559-09,V1275-08 y V0677-08 y todas ellas coinciden en que los intereses percibidos se consideran intereses indemnizatorios que tributan como ganancia patrimonial en la base del ahorro.
Saludos.
Daniel1010825/05/10 21:05
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Indemnización por responsabilidad patrimonial de la administración
En primer lugar gracias por tu respuesta, creo que tienes razón y me habia despistado con el concepto de responsabilidad patrimonial, que no deja de ser una cantidad percibida derivada de una relación laboral (art. 17.1 ley 35/2006), lo que me sorprende es que si llegamos a esta calificación la Administración deberia haber practicado la correspondiente retención.
Saludos y agradecido por tus comentarios.
Daniel1010824/05/10 21:58
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Indemnización por responsabilidad patrimonial de la administración
En el año 2009 una persona percibe como consecuencia de una sentencia firme la cantidad de 30.000 € en concepto de responsabilidad patrimonial de la administración, debido a que la Administración no acepto la continuidad de la relación laboral (ley de la función pública 55/2003) y nos obligo a la jubilación. La sentencia calcula los perjuicios económicos en la diferencia entre las cantidades dejadas de percibir y la pensión de jubilación + los ints. de demora.
Bajo mi punto vista dichas cantidades tendran el siguiente tratamiento:
-Por la parte del perjuicio ecoómico por diferencia de retribución será una ganancia patrimonial que se integrará en la base general y respecto a los intereses serán rdtos del capital mobiliario que se integraran en la base del ahorro.
Agradeceria si teneis alguna opinión distinta o si estais de acuerdo mi planteamiento.
Salut i pelas.