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Participaciones del usuario Criscanal

Criscanal 24/02/15 16:46
Ha respondido al tema Traspaso de Plan de Pensiones
prueba con este correo seg_vida_administracionpensiones@assegurances.sanostra.es saludos
Criscanal 22/02/15 20:52
Ha respondido al tema Traspaso de planes de pensiones invertidos en deuda soberana. - planes de pensiones
buenas tardes, no se que tipo de garantizado contrataste, pero es conveniente que te leas bien las condiciones de cada plan antes de tomar la decision de traspasar. no todos se limitan a pagar la revalorizacion prometida, ademas, puedes perder la garantia si trasladas antes del vencimiento con algun tipo de penalizacion. mira bien las condiciones del plan antes de tomar una decision. es solo una sugerencia. un saludo
Criscanal 21/02/15 22:10
Ha respondido al tema Rescate 40% Plan de Pensiones
si, tendras que declarar todo lo que rescates, aunque no haya sufrido retencion alguna. ten en cuenta ademas, que es el 40% de reduccion sobre el derecho derivado de aportaciones realizadas hasta el 31.12.2006. si el rescate de 40% de tu plan supone que cobras mas unidades de cuenta de las que aportaste hasta ese momento, la diferencia no tiene reduccion un saludo
Criscanal 21/02/15 22:05
Ha respondido al tema Duda sobre nueva norma rescate plan de pensiones a los diez años
buenas como ten han indicado, las aportaciones se podran rescatar el 01.01.2025, las realizadas hasta el 31.12.2014. de ahi en adelante, tendras que contar otros diez años por cada aportacion posterior para volver a rescatar. si eres pensionista y ya has cobrado en algun plan de pensiones por jubilacion (no la pension de la seg.social si no un plan), todo lo que aportes sera destinado a fallecimiento y no podras rescatarlo ni aun cumpliendo los 10 años si no has llegado a cobra por jubilacion tu plan de pensiones, pasados 10 años puedes optar por rescatar o cobrar la jubilacion, pero ten cuidado con eso porque fiscalmente te puede perjudicar (la reduccion del 40% dejara de aplicarse en 8 años). lo de dejar la ley como estaba, es posible, pero los derechos ya adquiridos no se tocaran, o sea, pueden eliminar el derecho a rescate de todo lo que se aporte pongamos a partir de diciembre del 2016, pero lo anterior mantendra el derecho. como han hecho con las epsv, eliminaron el derecho a rescate pero respetando los derechos antes de la entrada en vigor de la ley. no se si me explico. un saludo
Criscanal 21/02/15 21:54
Ha respondido al tema Planes de pensiones - planes de pensiones
buenas añado alguna cosa mas que podria ser de tu interes. no teneis plazo para rescatar, una vez declarado el fallecimiento, condicion indispensable, podeis reclamar el plan tened en cuenta que no es seguro que lo cobreis todos, puede que el participe hubiera designado un beneficiario especifico en cuyo caso el plan lo cobraria quien se hubiera indicado, si no se designa a nadie, se designara a quien corresponda segun las especificaciones de plan. y, no, no es necesario que tengais una cuenta en el banco, solo una cuenta bancaria en españa, aunque tambien podria transferirse al extranjero un saludo
Criscanal 21/02/15 21:49
Ha respondido al tema Plan de Pensiones y Cuenta Corriente
buenas, es la primera vez que oigo que no puedas cancelar una cuenta por tener un plan de pensiones vinculado. lo que tendran vinculado es un Acuerdo que llaman ellos, son las relaciones entre todos los productos bancarios del cliente, si tienes relacionado el acuerdo del plan de pensiones con el de la cuenta, no podran cancelar el de la cuenta hasta que lo desvincules. me suena a cuento chino que te cuenta el banco. tienes domiciliadas las aportaciones en esa cuenta? si es asi, cambia la cuenta del plan. el banco no gestiona el plan, lo hace la gestora y son entidades independientes normalmente, la oficina cobra comision por haber contratado el plan con ellos, a lo mejor temen que te lo lleves y dejen de cobrarla. en todo caso, insiste ya que no te pueden obligar por tener contratado un plan a tener una cuenta bancaria con ellos. por otro lado, los planes de pensiones no se pueden cancelar, o traspasas o rescatas o cobras prestacion, pero no se cancelan. saludos
Criscanal 21/02/15 21:36
Ha respondido al tema Herencia de plan de pensiones
buenas al margen de consultar a un abogado, tened en cuenta que si el plan de pensiones no se menciona explicitamente en el testamento, ira a quien el participe fallecido haya designado en el boletin de adhesion. Si no hay designacion expresa, ira a quien se indique en las especificaciones del plan. Y no se incluye en sucesiones, tributa en IRPF. si el banco os ha dicho que los herederos sois los tres, sera que vuestro padre lo especifico asi al contratar el plan. sin embargo, tal vez no dejo dicho en que proporcion debia repartirse. en todo caso, al rescatarlo tributareis por IRPF por lo que, lo repartais como lo repartis, no tendreis problemas con sucesiones. Mirad en todo caso el tratamiento fiscal mas favorable (capital, renta, etc..) un saludo