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Participaciones del usuario confiado

confiado 10/05/19 20:57
Ha respondido al tema Bancos que custodien ETFs
Supongo que tiene que ocurrir algo como lo que comentas, porque siendo un ETF una acción, no me deja ING traspasarla a una cuenta suya de acciones, porque me han dicho que ellos solo admiten ciertos ETFs. ¿Pero siendo acciones, retroceden comisiones a los bancos donde las compras?
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confiado 10/05/19 19:06
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Hola a todos. Escribo para retomar el asunto de poder comprar las perpetuas. Después de una primera conversación con el empleado de Renta4, parecía indicarme que me podrían clasificar como inversor institucional para poder comprar más Eroskis perpetuas. Pero me llamó ayer y nada. Me indicó las condiciones que ya habíamos escrito aquí antes (de las que no cumplo ninguna): "CAMBIO DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTE PARTICULAR A PROFESIONAL: A rellenar por personas físicas o jurídicas que declaran cumplir al menos dos de los tres requisitos establecidos.  Declaro que:  - he realizado en los mercados de valores operaciones de volumen significativo con una frecuencia media de 10 operaciones por trimestre durante los cuatro trimestres anteriores.  - que el valor de mi cartera de instrumentos financieros es superior a 500.000 €. - que ocupo o he ocupado en el pasado, durante al menos un año, un cargo profesional en el sector financiero que requiera conocimientos sobre las operaciones o los servicios de inversión a los que hace referencia la comunicación de clasificación recibida de Renta 4." Quería preguntaros si podéis seguir operando en otras entidades, y cómo lo habéis resuelto. Saludos
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confiado 10/05/19 18:44
Ha respondido al tema Bancos que custodien ETFs
Muchas gracias a los dos, Juanyuju y Tomix. Por lo que indica Tomix, será mejor contratar en SelfBank. En un primer momento, había visto que SelfBank tenía comisión de custodia por porcentaje del capital en valores extranjeros, pero después me he dado cuenta de que tiene dos tipos de cuentas de valores: la "Cuenta Bolsa" y la "Cuenta Bolsa sin Custodia ". Esta última, como indica el nombre, no cobra custodia. Voy a abrir por lo tanto cuenta en SelfBank. La verdad es que me pregunto ¿qué ganará conmigo SelfBank, si no tengo intención de hacer nuevas compras ni ventas? Saludos y muchísimas gracias de  nuevo.  
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confiado 25/04/19 20:45
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
¡Vaya!, veo que en el documento de Renta4 piden: "4. CAMBIO DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTE PARTICULAR A PROFESIONAL: A rellenar por personas físicas o jurídicas que declaran cumplir al menos dos de los tres requisitos establecidos.  Declaro que:  - he realizado en los mercados de valores operaciones de volumen significativo con una frecuencia media de 10 operaciones por trimestre durante los cuatro trimestres anteriores.  - que el valor de mi cartera de instrumentos financieros es superior a 500.000 €. - que ocupo o he ocupado en el pasado, durante al menos un año, un cargo profesional en el sector financiero que requiera conocimientos sobre las operaciones o los servicios de inversión a los que hace referencia la comunicación de clasificación recibida de Renta 4."
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confiado 25/04/19 20:24
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Según me han sugerido en Renta4, parece ser que se pueden reclasificar a los clientes según MIDFID. En internet he visto incluso un modelo de solicitud de reclasificación de Renta4: https://www.r4.com/resources/documentos/mifid/mifid_reclasificacion.pdf  Aquí explican lo de la reclasificación bien: https://www.bancomediolanum.es/es-ES/informacion-legal/Normativa-mifid.html De donde se lee: " ¿Es posible cambiar la clasificación? MiFID establece la posibilidad de cambiar de clasificación. Así, al amparo de la Directiva, los clientes definidos como minoristas tan sólo podrán renunciar a la protección de las normas de conducta si observan el siguiente procedimiento: Declarar por escrito a la empresa de inversión que desean ser tratados como clientes profesionales, ya sea en todo momento o con respecto a un servicio de inversión o a una operación determinada, o a un tipo de operación o producto; La empresa de inversión deberá advertirles claramente por escrito acerca de las protecciones y de los derechos de los que pueden quedar privados, y; Deben declarar por escrito, en un documento separado del contrato, que son conscientes de las consecuencias de su renuncia a esas protecciones."
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confiado 11/04/19 10:05
Ha comentado en el artículo Cómo detectar y protegerse de los chiringuitos financieros
En mi opinión, lo primero para asegurarse de que algo no es un chiringuito financiero, o un timo, es entrar en Rankia y buscarlo. Si no se encuentra, hacer una consulta en el foro apropiado.
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