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Clarissated

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Clarissated 05/09/25 21:33
Ha recomendado Re: Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7 de Davidovich75
Clarissated 05/09/25 14:22
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Y que todavía haya gente haciéndole casito a este personaje...uNdaRgarina dice que es su nombre... que en realidad se escribe uRdaNgarín (ha cambiado las letras y ni se ha dado cuenta, ya es raro siendo su nombre), y es un apellido de origen vasco, que no tiene forma femenina, no es un nombre.Aquí huele a troll disléxico...
Clarissated 03/09/25 20:41
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Esto de los "precios inflados" está respondido decenas de veces en este hilo.La última en esta misma página, por mí misma, en el mensaje #2193
Clarissated 03/09/25 19:32
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Amazon no puede marcar el valor de impuestos de un producto, eso sólo puede hacerlo Hacienda (en España). Lo que Amazon te indica es un "valor estimado" y te aclara que no es vinculante, y que lo que declares es TU responsabilidad. Se lavan las manos.El "valor de mercado" es lo que cada contribuyente tiene que declarar en su IRPF, y de ahí se calculará el "valor de impuestos".Que Amazon ponga ahí un "cero" como "valor estimado" no tiene ningún efecto para la ley ni para la Agencia Tributaria, salvo el hecho de que Amazon no va a informar de ese importe a Hacienda, y por tanto será complicado que te reclamen ese valor.Complicado no significa imposible, y si te lo reclama Hacienda no les va a servir el argumento de "es que Amazon me dijo que no tenía que pagar impuestos por este cepillo para el pelo".
Clarissated 03/09/25 18:28
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Se ve que algunas personas no saben diferenciar entre opinar de una persona (cosa que yo no hago) y opinar de lo que dice una persona: eso sí lo he hecho, y me parece una obligación moral cuando esa persona dice barbaridades en un foro abierto.Pero en su respuesta sigo sin ver las referencias a la legislación española donde se especifican las excepciones esas de las que habla Urdangarina, y que hacen (según ella) que se pueda dejar a cero el valor de mercado de un producto... a ver si va a ser que no existen...
Clarissated 03/09/25 17:35
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Para quienes están leyendo a Urdangarina... yo me tomaría con mucha precaución sus comentarios (es una manera suave de decir que me parece que no tiene ni idea de lo que está hablando, y que en sus respuestas hay una ingente cantidad de sinsentidos, y siento ser tan directa, pero me parece irresponsable hacer ciertas afirmaciones en este tipo de foros).Estoy de acuerdo con el comentario de Davidovich75.Para empezar, como mujer que soy, me da vergüenza ajena de quien dice cosas como "Un respeto a las mujeres por ser mujeres"... Que alguien me trate en un foro de internet en masculino, sin saber mi género, NO me parece una falta de respeto. Y que se nos tenga que "respetar a las mujeres por ser mujeres" es un argumento pobre, que deja a la altura del betún cualquier argumento inteligente sobre el feminismo. A las mujeres se nos respeta si somos dignas de respeto, como a cualquier otra persona.Me parece que Urdangarina tiene un cacao importante en muchos aspectos, y es largo explicarlos todos.Para resumirlo muchísimo, y sin profundizar:- Confunde la obligación de Amazon de informar (por la DAC7) con la obligación de cada contribuyente de declarar.- Confunde el supuesto "valor declarativo" que informa Amazon, con el "valor de mercado" que está obligado a declarar el contribuyente.- Tiene un cacao importante con el funcionamiento de las pensiones en este país.Eso sólo por citar lo más importante. Son conceptos que han sido explicados ya varias veces en este hilo. Pero, lo peor de todo, es que habla con una contundencia que termina por confundir a quien lee. Me parece muy legítimo que ella crea lo que quiera creer, pero que desinforme a otras personas me parece peligroso. El resultado es que puede inducir a que otras personas tomen decisiones equivocadas, que pueden generar pérdidas económicas importantes. Eso me parece irresponsable. Incluso si fuese cierto lo que comenta de que su fuente es "un alto funcionario de Hacienda", el valor de esa fuente es la misma que la del cuñado de Rajoy: cero.Las únicas fuentes fiables en estos temas son las leyes, la jurisprudencia, y las respuestas vinculantes de la Dirección General de Tributos. Lo que te diga un funcionario, por muy alto que sea, en el mejor de los casos es "orientativo", pero tiene el mismo valor que una moneda de cartón.Por poner un ejemplo, entrando en los productos que Amazon marca como "0 ETV". La gente puede llegar a pensar que los productos a "0€" no te los puede reclamar Hacienda, sólo porque Amazon decida declararlos a "0€". El contribuyente tiene obligación de declarar cualquier incremento patrimonial, y no existen excepciones en la Ley española para estos casos (en otras, como la de USA, sí existen).Por supuesto, si Amazon no declara el valor de esos productos, Hacienda no tendrá conocimiento de ellos, y la probabilidad de que te los reclame es mínima... pero no inexistente (en una inspección se ven muchas cosas). Y que Hacienda no te reclame algo no significa que no estés defraudando esa cantidad, no mezclemos conceptos.Es como su afirmación de que no pasa nada si no declaras ventas de wallapop por debajo de 2000€ o de 30 productos: No pasará nada si Hacienda no se entera, pero tu obligación de declarar esas ventas (si producen beneficio) sigue existiendo, aunque estén por debajo de esas cantidades y Wallapop no informe.¡¡DAC7 no generó obligación de declarar nada!! Lo único que hizo fue obligar a que las empresas informen a Hacienda, pero la obligación de declarar del contribuyente existía ya, y sigue existiendo, tanto si la empresa informa como si no informa, antes y después de la DAC7.El informe que envía Amazon o Wallapop o eBay... no es vinculante, es un documento informativo, que le da pistas a Hacienda para evitar fraudes. Que Wallapop informe de que has vendido 3500€ en productos no significa que tengas que declarar necesariamente esa cantidad como incremento patrimonial. Por ejemplo, si lo que vendiste es tu coche, que compraste el año anterior por 5000€, no tienes que declarar nada (no existe incremento patrimonial).De igual manera, que Amazon declare un lápiz con un valor de 100€ no siginifica que tú lo tengas que declarar con ese "valor de mercado" si se encuentra ese mismo lápiz en otras tiendas a 5€ (y si lo puedes demostrar). De igual forma, que Amazon lo marque a 0€ no significa que ese sea su "valor de mercado"... si vale 50€, tiene ese valor, aunque Amazon diga otra cosa.¿Con esto estoy diciendo a la gente que declare todo? No, yo no le digo a nadie lo que tiene que hacer o dejar de hacer. Lo que digo es que cada cual haga lo que crea conveniente, pero conociendo los datos y las consecuencias que puede tener cada decisión.Y mucho cuidado con las cosas que se leen en foros de internet. Un poco de pensamiento crítico se hace necesario, teniendo en cuenta la cantidad de gente que habla como si supiera de todo, cuando en realidad no tienen ni idea de lo que dicen.Como dijo Davidovich, si alguien afirma cosas como "que los productos de 0ETV no hay que declararlos", que nos cite los artículos de la legislación española donde se establecen esas excepciones en la declaración del IRPF...
Clarissated 03/09/25 01:00
Ha recomendado Re: Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7 de Davidovich75
Clarissated 16/06/25 14:48
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Sol, creo que has malinterpretado mis mensajes, y en especial la causa por la que te menciono en el mensaje anterior. No creo que tu situación sea culpa tuya, en absoluto, ni siquiera busco culpables. Mi intención es "soltar" ideas de cosas que se pueden hacer, pero esto es un foro público, y eso me obliga a medir mis palabras (aunque hay quien me acusa de no hacerlo), y ser rigurosa. Lo último que querría sería "aconsejarte", a ti o a ninguna otra persona, y que por seguir mi consejo alguien salga perjudicado. En especial, me parece que no se pueden soltar aquí informaciones erróneas.Si alguien te dice que puedes hacer algo que es ilegal, yo no entro a juzgarlo, y si lo quieres hacer adelante... No te juzgo, me limito simplemente a corregir la información y decirte: si quieres hacerlo, hazlo, pero que sepas que te han dicho que es legal, y no lo es.Ahora tengo que salir por obligaciones, pero si te parece esta noche te intento explicar con más detalle por qué mencioné tu asesoramiento en concreto. No te aportaré soluciones, me temo que soy demasiado cobarde para eso... pero si sabes leer entre líneas, podrás ver que voy dejando caer más de una opción, y quizás alguna más en próximos mensajes.Créeme si te digo que comprendo tu situación, te deseo la mejor de las suertes y mucho ánimo para lo que venga.
Clarissated 16/06/25 13:05
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Yo estuve atenta, y he sido incapaz de encontrar nada nuevo. Aunque no he hecho comparativa precisa línea por línea.Pensaba que aprovecharían para corregir errores en la redacción y contradicciones del articulado, pero ni una cosa ni la otra. Sigue siendo el mismo horror que era, jajaja.Yo no sé a quién pondrán a redactar estas cosas, pero la única explicación que se me ocurre es que tengan instrucciones precisas de redactar mal de manera intencionada.
Clarissated 16/06/25 12:18
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
El tema de la Ley del Juego fue una movida, pero no es comparable, en mi opinión.En ese caso, el problema era que Hacienda tenía en cuenta las ganancias, pero no permitía declarar las pérdidas asociadas a esas ganancias.En el caso de productos Vine, lo único que se puede imputar como "pérdidas" son los propios impuestos que se pagan por los productos y, de hecho, te los puedes desgravar sin incumplir la ley.En el ejemplo anterior que puse del televisor, no incluí ese dato por no liar más el asunto, pero sería perfectamente legal que, en el cálculo de declaración de la "reventa" restases los 300€ pagados por el "regalo" de los beneficios, es decir, que podrías vender el TV por 2000€ y declarar un beneficio de 1700€ (o por 700€ y declarar 400; o vender por 300€ y declarar cero...).Esto está tipificado en el mismo artículo 35: "el coste de las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos y los gastos y tributos inherentes a la adquisición, excluidos los intereses". Es como si hubieses pagado esos 300€ como parte del precio de compra.No es la panacea, pero como ves la ley te permite declarar las pérdidas, no como en el caso de la Ley del Juego.Creo que aquí el aspecto "confiscatorio" va por otro lado, pero no digo que no sea justificable.Es más, en los casos más extremos (como algunos que se pueden leer en este mismo hilo de este foro), se podría perfectamente apelar tanto al principio de capacidad económica como a la prohibición de confiscatoriedad (esto es una opinión personal, no un dato objetivo).Existe jurisprudencia del TC con casos similares, en los que se dictamina claramente que la recaudación de impuestos no puede en ningún caso actuar sobre un beneficio que no se ha producido realmente, superando la capacidad económica real del contribuyente.Aunque los casos de jurisprudencia existentes (al menos los que conozco) son relativos casi siempre a plusvalías de bienes inmuebles (los ayuntamientos se pasan muchísimo con este tema), la doctrina podría ser perfectamente aplicable a casos como el de Solyplaya321, que creo que está siendo terriblemente mal asesorada... (pero eso es también solamente mi opinión, no es tampoco un hecho objetivo).Lo que tengo muy claro es que yo seguiré respetando lo que decide hacer cada cual, y que no soy tan osada como para decirle a nadie lo que tiene que hacer. Es un tema lo bastante serio como para no dar consejos vanos.
Clarissated 16/06/25 11:43
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Oscar, el límite de 30 productos y/o 2000€ no es para ti.Ese límite es para las plataformas, es el que las obliga a trasladar tus datos a hacienda si los superas, pero no tiene nada que ver con tu obligación de declarar.La gente sigue insistiendo en que la DAC7 es la que hace que se tengan que declarar estas cosas, y NO es así.La DAC7 obliga a las plataformas a informar a hacienda de tus presuntas ganancias patrimoniales, pero tu obligación de declarar sigue siendo la misma que tenías antes de la existencia de la DAC7.- Como contribuyente, este tipo de ganancias patrimoniales se tributan desde el primer euro.- Cuestión diferente sería si tienes o no tienes obligación de hacer la declaración, pero para eso habría que conocer si tienes otros ingresos.- Otra cosa es si tendrás que pagar o no por esa cantidad, pero para eso también es necesario conocer tus demás ingresos. Puede que tengas que hacer la declaración y te salga a pagar 0€ (o a devolver).- Y, por último, quedaría ver si quieres declararlo o no, ya que, aunque legalmente tienes obligación de hacerlo desde el primer euro, al no llegar al límite establecido por la DAC7, lo más probable es que Amazon no haya informado de esa cantidad, y hacienda no tendrá conocimiento de ello (y ahí ya está en tu mano la decisión de informar o de ocultar ese dato...).
Clarissated 16/06/25 02:05
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Discúlpame Davidovich, me acabo de dar cuenta de que pasé por alto la última frase de tu primer mensaje, que creo que es importante:pero no creo que esa doble imposición pase el filtro de ningún juezLa cuestión es que, al menos sobre el papel, lo que se está gravando son dos hechos impositivos diferentes: - El "regalo", o dicho con propiedad "una ganancia patrimonial no procedente de transmisión".- La "reventa", o dicho con propiedad "un lucro por transmisión onerosa".Basándose en eso, no hay "doble imposición", porque no se grava dos veces el mismo hecho...Ahora bien, usando la cabeza (y no la ley, que ya hemos visto que no siempre es lógica), se hace evidente que lo que se está gravando es la misma ganancia dos veces: cuando llega y cuando se va. Otro día podemos hablar de eso, que es tema largo (la doble imposición) y hay mucho mito sobre él. Pero, en el tema concreto que estamos:¿Podría un juez condenar esa práctica? Si hablamos de posibilidad, claro, sería posible, con matices, y en determinados supuestos. La Ley establece que la recaudación de impuestos no puede ser confiscatoria (y no cualquier Ley, eso está nada menos que en La Constitución!). --------Hasta aquí los hechos... ahora entramos en el farragoso terreno de suposiciones e interpretaciones.--------Si nos ponemos a sumar impuestos tras una reventa en Wallapop de un producto Vine, nos podríamos encontrar con la paradoja de que pagas de impuestos más de lo que sacas del producto. Ejemplo: El televisor de 2000€, pongamos que te toca pagar 300€ por el "regalo" (es un ejemplo), que lo vendes por 600€ (precio de chollazo) nuevo sin usar, pero hacienda te aplica el Art.35 del IRPF y te hace tributar por 2000€ en la reventa, de los cuales vamos a poner un 20% por decir algo (400€)(Todas estas cifras son suposiciones, dependerían de los tramos de cada contribuyente).El resultado final sería: - Saqué un producto, lo vendí por 600€ (ya no tengo el producto).- Pago de impuestos por toda la operación 700€ (300 del regalo y 400 de la reventa).... Algo no cuadra, ¿verdad? Me han confiscado literalmente mi patrimonio, me quitan más de lo que se incrementó mi patrimonio... ¿Va esto en contra de la Constitución? Pues es posible...Es evidente que la Ley no pensó en esta posibilidad, este supuesto no está contemplado, y el resultado es esta incongruencia, pero es así!En el momento en que el Tribunal Constitucional se pronunciase, una sola vez, sentaría jurisprudencia y no se podría exigir nunca más esa "doble imposición" (que lo es, pero no lo es), no por ser doblemente impositiva, sino por resultar confiscatoria. Yo busqué en su momento jurisprudencia al respecto, y no encontré nada aplicable, pero ni soy perfecta ni le dediqué tampoco tanto tiempo.De crearse, probablemente se trasladaría a una modificación posterior de la Ley de IRPF, en la que se contemplaría algún tipo de excepcionalidad, o límite impositivo, o compensación, o exención... a saber.También puede ser que el Tribunal de turno se haga otras cuentas, y diga que el problema está en la venta por debajo de valor de mercado. Vamos, que si hubieses vendido la TV por lo que vale (2000€), no habría confiscatoriedad (los impuestos serían los mismos: 300+400=700 y te quedan 1300€ de beneficio; te dieron un buen muerdo, pero no te confiscaron tu patrimonio). Este planteamiento puede ser jurídicamente igual de válido... sería la manera legal de decirle a alguien que ha perdido dinero en la operación por idiota, no porque se lo confiscase hacienda XDDD.Aquí sí hablamos de interpretación de la Ley, y son derroteros muy complicados, con resultado siempre incierto.Así que si quieres ser tú el valiente que presente el recurso ante el Tribunal Constitucional, nos vas contando los progresos, jeje :-) Suerte!
Clarissated 16/06/25 00:45
Ha recomendado Re: Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7 de Cachilipox
Clarissated 16/06/25 00:45
Ha recomendado Re: Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7 de Cachilipox
Clarissated 15/06/25 23:16
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Olvídate de lo que te parezca "razonable" Daviddovich, la ley no es siempre razonable, simplemente es la que es.Esa respuesta de esa web, como te comenta Cachilipox, es una respuesta errónea. Lo que dice esa respuesta es: si vendes por menos del valor de mercado, no tienes que declarar. ERROR.Lo que dice la Ley es: tienes que declarar la diferencia entre lo que te pagan y lo que has pagado (en términos legales, "la diferencia entre los valores de adquisición y transmisión de los elementos patrimoniales"). No del valor patrimonial, sino del "valor de adquisición", es decir, del dinero que pagaste por el producto.En el caso de Vine, el dinero pagado por el producto es siempre cero, con lo cual la diferencia entre lo pagado y lo recibido es: todo lo que te paguen al revenderlo.Esto está en el Artículo 34 de la Ley del IRPF. Lo puedes leer directamente en la Ley. Lo que después apunta Cachillipox es que, además, la Ley establece (en el artículo siguiente, el 35) que si el precio por el que tú vendes es bajo, menor que el valor de mercado, podrían pedirte que tributes por el valor de mercado, es decir, tributar todavía más de lo que te han pagado.Por suerte (o desgracia, ahora veremos por qué) existe jurisprudencia sobre la aplicación de esa última frase del artículo 35. Se establece que el espíritu de la ley es evitar el fraude por declaraciones de ventas con precios "simbólicos", es decir, que tienes un coche, y para no declarar beneficios por su venta, declaras que lo vendiste por 1€. En ese caso, llegaría hacienda, y aplicando ese artículo, te diría: me da igual que lo hayas vendido por 1€, la ley dice que tienes que declarar su valor de mercado, que es 5.000€. Lo compraste por 3.000€ el año pasado, así que te toca tributar por 2.000 que sacas de beneficio.En casos de productos de segunda mano, esto no afecta en exceso, pues el valor de mercado del que habla ese artículo no es el valor del producto nuevo en tienda, sino el valor de mercado del producto usado, que es bastante relativo, por lo que hacienda rara vez va a meter ahí la nariz, salvo que la diferencia sea muy escandalosa.¿Para quiénes es, entonces, "por desgracia"? Pues para los que revenden los productos Vine sin sacar siquiera del plástico. Esos que hacen la reseña sin haber siquiera visto el producto, y lo ponen en Walla en la categoría de "Nuevo, sin usar, en su embalaje". A esos es a los que hacienda podría llegar y decirles: el valor de mercado nuevo de ese TV es de 2.000€, me da igual si lo vendiste por 500€... te toca declarar 2.000 porque lo dice el Art.35.Y se quejarán diciendo: "pero si ya declaré los 2000 cuando me lo regalaron!", "no es justo!"... ya, pero es lo que dice la Ley, reclama después si quieres.Ya ves, que la Ley no es siempre "razonable", no se puede usar la lógica para intentar explicar leyes, hay que usar la Ley para explicar la Ley ;-)
Clarissated 15/06/25 14:10
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Aretop, creo que con Bea estábamos debatiendo en tono educado (incluso gracioso) sobre diferentes puntos de vista (aunque no me ha llegado a quedar claro el suyo), no vi nada "personal" en nuestra discusión, no sé.Yo argumento mi postura, ella dice que su opinión es la que es sin argumentos. Yo pido argumentos, y ella libremente decide no darlos, y no tiene ninguna obligación de hacerlo. No veo el problema.Previamente Rufus sí entró a descalificarme en términos personales (cosa que yo no hice), pero como ya me ha bloqueado, no veo dónde está el problema. Tampoco me di por ofendida.Por cierto... la interpretación de lo que es legal o ilegal NO es muy "opinable" en muchos casos. El caso del que estábamos hablando deja poco margen a la opinión, la ley es bastante clara al respecto, hay hechos objetivos que son como son. Robar es ilegal (no es opinable), y no declarar un beneficio económico por ventas también es ilegal (tampoco opinable). Podrá haber matices o excepciones previstas por la ley, pero eso no son opiniones, son argumentos jurídicos.Sobre lo que es justo o injusto, desde luego, va en la opinión de cada cual, pero ahí sí que no me verás entrar al trapo, máximo respeto a lo que cada cual considere justicia. Lo he reiterado en cada mensaje, y ahí están para leerlos.En 131 páginas de comentarios, probablemente estas últimas son de las que más sustancia tienen para quien busque información recopilada. A mí me parece una aportación útil, aunque para algunas personas resulte polémico leer cosas que no coinciden con sus pensamientos, cosas que no les gusta leer. De eso siempre habrá, es inevitable.
Clarissated 15/06/25 13:52
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Curiosamente, sigues sin explicarme dónde está la contradicción o el error de redacción...Si quieres que lo dejemos ahí, pues ahí se queda ;- (yo me quedo sin aprender).
Clarissated 14/06/25 18:34
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Veamos:"Estás usando una falacia: en ningún momento he dicho que "yo sé de sobra lo que digo". "Cito tus palabras exactas:"Sé perfectamente de qué va el tema, no necesito tu explicación"Así te gusta más? (para mí que es similar, pero vale, hago la corrección XD).He dicho que te has contradicho y lo mantengo.Y la razón que diste exactamente fue:Porque si dices que, en su caso, el precio de compra son 0€, ¿por qué tiene que tributar por 199€?Y la respuesta a tu pregunta estaba en el mensaje original: porque 0€ es el precio de compra, y 199€ el valor de mercado (vuelve a leer el mensaje al que respondiste, lo explico entre paréntesis muy clarito... me autocito: "porque para reventa la Ley no habla de valor de mercado, sino de precio de compra, que en tu caso es 0€").Eso es lo que desarrollo en la respuesta posterior (que a ti te parece que es "escribir mucho" XDD): se tributa el valor de mercado, y se aplica el precio de compra para las ventas de walla. ¿dónde contradigo qué?No veo la contradicción. Ya sé que no quieres escribir más, pero ¿me la explicas?Es para ver si aprendo algo. No sólo no me importa que me lleven la contraria, me gusta aprender si estoy equivocada (pero me tendrás que explicar dónde está el error de mi argumento).Para ti la perra gorda.Bueno, últimamente estoy un poco más gordita de lo habitual (tocará ponerse a tono para el verano), y en mi casa tengo una perra, bien linda... así que sólo le falta una coma a tu frase, y será perfecta: "para ti la perra, gorda" XDDDD(y lo que puse no es un meme... es una viñeta cómica ;-P. Esto es un meme:XDDD)
Clarissated 14/06/25 15:28
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Mi explicación no va sólo para ti... es un hecho científicamente probado en psicología que ciertas personas son incapaces de ver las cosas, por muchas pruebas que les aportes, cuando ya han tomado una decisión.Mi explicación es para otras muchas personas, que llegan a este hilo interminable para buscar información, y pueden acabar con información errónea. Esas personas podrán leer y decidir si les parece más fiable un argumento basados en citas a leyes, o un argumento basado en "yo lo sé todo y no me tienes que explicar nada".¿Te has dado cuenta de que yo te aporto artículos, leyes, pruebas que puedes leer... y tu argumento es "yo sé de sobra lo que digo"?Si me das alguna prueba de que estoy equivocada, estaré encantada de reconocerlo! :-) , pero es que no estoy dando una opinión mía, te estoy citando leyes, sin más...Esto me recuerda a una graciosa viñeta que vi hace tiempo. Lo siento, pero no puedo resistir la tentación de ponerla:Pues eso... 
Clarissated 14/06/25 14:47
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No es una contradicción, son dos conceptos distintos!, y si quieres aprender algo simple no tengo inconveniente en explicártelo :-)Una cosa es el valor de mercado de un producto, otra cosa es el precio de compra del producto.VALOR DE MERCADO:El valor de mercado es un concepto más complejo de lo que parece, pues no es una cantidad fija en la mayoría de los casos (hay excepciones en las que está fijado y cuantificado). Si nos vamos a una definición teórica, sería "el que hubiera sido acordado entre partes independientes". Verás que no es muy específico, jaja, pero es la definición legal.Para concretarlo, la ley establece vías de cálculo, con terminología técnica, que no tendría sentido copiar y pegar aquí (si te quieres leer el texto legal, busca los artículos 17 y 18 de la Ley 27/2014, que es a donde remite la Ley 35/2006 (IRPF) en su artículo 41.Para resumirlo y hacerlo algo más comprensible, el valor de mercado se calcula viendo el precio de venta de productos similares en condiciones de libre mercado sin que existan presiones entre las partes. Dicho de otra forma, viendo a cuánto lo vende la mayoría de la gente.En el caso que nos ocupa, aunque Amazon te venda un lápiz por 100€ (y lo declare por ese precio a hacienda a efectos de tu IRPF), si ese mismo lápiz lo puedes encontrar por 10€ en la mayoría de tiendas (ojo, no en una), puedes demostrar que el valor de mercado es 10, no 100 como declara Amazon. Eso cambia tu declaración de IRPF ¿verdad? ;-)Habría más factores que influyen, como por ejemplo lo que comentaba de la "propiedad absoluta" (derecho de venta, garantía...) pero no meto más aquí para no complicar este mensaje.PRECIO DE COMPRA:Este es muuucho más sencillo. El precio de compra es muy fácil de definir: es, simple y llanamente, lo que pagaste por el producto. Si pagaste su precio total, puede ser igual al valor de mercado, si te hicieron un 50% de descuento, será la mitad del valor de mercado, y si te lo regalaron... su precio de compra será cero patatero (0€).¿Por qué hice diferenciación en el mensaje anterior?Aparte del hecho de que son, evidentemente, dos conceptos distintos a nivel legal, influyen a la hora de declarar:- Cuando declaras los "regalitos" en tu IRPF, la ley dicta que debes declarar como incremento de tu patrimonio el valor de mercado.- Sin embargo, cuando te toca declarar beneficios por una venta (wallapop, por ejemplo), lo que debes declarar es la diferencia entre lo obtenido al vender y el precio de compra.Esto significa que, aunque el valor de mercado de un producto sea 100 y tú lo vendas por 40, según la ley no pierdes 60... sino que dependerá de lo que realmente pagaste por él. Si pagaste cero, estás ganando 40, y debes declararlo según la Ley.Y ahora me dices: "Ya Clara!, pero es que yo tuve que declararlo como 100 en el IRPF y ya pagué impuestos por 100!"Y yo te responderé: tienes toda la razón, es una doble imposición totalmente injusta... pero la Ley está así de mal redactada, y Hacienda no se basa en lo justo o injusto, sino en lo legal o ilegal.Hacienda te dirá que le vayas a llorar al legislador (al congreso de los diputados que vota las leyes), que ellos se limitan a cumplir lo que pone ahí.Espero que, si has leído despacito, veas por qué no había ninguna contradicción en el mensaje anterior ;-)Si hay más dudas y está en mi mano resolverlas, por aquí sigo leyendo. Mi intención, y creo que lo dejo claro, es ayudar, no ofender el orgullo de nadie al hacerles ver que estaban equivocados...
Clarissated 14/06/25 13:00
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Solyplaya, creo que confundes "ilegal" con "injusto". Sin duda que será justo en tu visión que ocultes a hacienda los beneficios de esas ventas, pero no legal... La ley te obliga a declarar esas ventas, si no lo haces, es ilegal (y con esto no te estoy diciendo que las declares, te estoy diciendo lo que dice la ley).No pretendo decirte lo que debes hacer, eso no lo hago con nadie, y no estoy aquí para dar consejos. Pero hazte este planteamiento que te explico a continuación:1. Lo que tú estás haciendo respecto a ese producto que tú misma usas como ejemplo:- Estás declarando el valor de 199 como incremento de tu patrimonio, y pagando los correspondientes impuestos (que serán cerca de 80€ en tu franja por lo que comentas).- Lo vendes (supongo que por 50€ o menos), ocultas deliberadamente a hacienda esa venta, y no declaras ese beneficio.- Si hacienda te mete una inspección, intentarás demostrarle que lo has vendido por debajo de precio de mercado, lo cual no será fácil (porque para reventa la Ley no habla de precio de mercado, sino de precio de compra, que en tu caso es 0€, y por debajo de cero no hay nada).Resultado: has perdido 30€ (50 ganados - 80 pagados), te quedas sin producto, y tienes un posible pleito con hacienda (del que será difícil sacar defensa).2. Lo que se podría hacer, y que Cachilipox y otros apuntan:- Puesto que en la web el producto está a 199, con un 50%dto y cupón de 50€, estimas el valor de mercado en 49,50€. Lo documentas haciendo un seguimiento del precio, viendo que no sube de esa cantidad, y que en otras tiendas online se vende a 49 o menos (capturas de pantalla, emails de pedidos no cerrados que actúan como presupuesto...). Pagas los impuestos correspondientes, que en tu franja serían unos 20€.Resultado: has perdido 20€, pero tienes el producto, también tienes un posible pleito si hacienda te discute ese valor de mercado (que podrás intentar demostrar con lo documentado del precio real).3. Una tercera opción, igual que la segunda pero vendes:- Después de declarar 49,50 y pagar 20€, vendes en wallapop por 50€ (supongamos, por mantener el precio del primer ejemplo), y lo declaras como debes, pagando otros 20€ a hacienda.Resultado: has ganado 10€ (50 de la venta - 40 de los dos declarados), te quedas sin producto pero al menos has sacado algo, y posible pleito si te discuten el valor de mercado, como en la opción segunda.Habría más opciones, como simplemente declararlo todo sin discutir nada, pero no creo que merezcan debate (esas las tiene claras todo el mundo).Ahora recapitula:- En todas las opciones el pleito con hacienda es posible, pero en el primer caso es actuación de mala fe (estás ocultando deliberadamente información a hacienda para no declarar beneficios) y en los otros dos casos actúas de buena fe (estás declarando el valor de mercado real, de acuerdo a cálculos reales, que puedes demostrar).- Si finalmente tuvieses pleito con hacienda ¿crees que tienes más opciones de ganarlo si hacienda estima que hay ocultación dolosa? (esto es, que ocultas beneficios a propósito, con estratagemas de crearte varias cuentas para que no te pillen y cosas así).- En el primer caso, actuando de mala fe, pierdes el producto y pierdes más dinero que en las demás. En los otros dos casos, actuando de buena fe, pierdes menos dinero y te quedas el producto, o pierdes el producto ganando algo de dinero.Rizando aún más el rizo, en la primera opción se podría incluso reducir el valor de mercado, atendiendo a que no existe propiedad absoluta si te prohíben vender o traspasar, y te quitan el derecho de garantía del producto. Esto ya sería rizar el rizo, pero es factible también, y existe jurisprudencia.Esas son el tipo de cosas que te debería plantear un asesor serio. Con esas opciones en la mano, después deberías ser tú quien tome la decisión de qué hacer, pero teniendo información completa.El problema es que la mitad de los asesores fiscales de este país no tienen idea de cómo hacer su trabajo, y la gente acaba recurriendo a foros donde la mitad de los foreros hablan también sin conocimiento y dan malos consejos (no dudo de su buena fe, dudo de sus capacidades). Y, lo peor de todo, que una acaba leyendo cómo buena gente, como tú, terminan haciendo caso del mal asesor fiscal y del forero con argumentos de cuñao...En fin, como he dicho en todos mis mensajes, reitero mi RESPETO absoluto por lo que haga cada cual... incluso cuando a mí me parezcan opciones poco inteligentes.Y éstos son sólo ejemplos, hay más temas debatibles... pero la gente prefiere encabezonarse, insultar o amenazar antes que debatir, porque se sienten heridos en su orgullo si alguien les dice que pueden estar equivocados, y todo el mundo sabe que el orgullo es más importante que la razón... y así nos va.
Clarissated 14/06/25 00:30
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Yo creo que este hombre no sabe leer... en fin.Si alguien quiere, puesto que a mí dice que me tiene bloqueada, que le explique que el fraude sólo es delito si sobrepasa cierta cantidad económica (que dudo mucho que él sobrepase). Lo que él hace se salta la ley, pero se queda en infracción administrativa. No todas las ilegalidades son delitos.Su último consejo no sé si tomármelo como una amenaza y morirme de miedo XDDQué pena de mundo (icono encogiéndome de hombros).
Clarissated 13/06/25 22:01
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Rufus, yo no he hablado de lo que yo misma hago o dejo de hacer, y tampoco me habrás leído que yo diga a nadie lo que tiene que hacer (tú sí lo haces...). Me limito a aportar hechos, aclarar conceptos, y después que cada cual tome decisiones informadas.En mis mensajes, reitero continuamente mi máximo respeto por las decisiones que tome cada cual, incluso para quienes opten por el fraude, como tú. Lo único que me habrás visto criticar es que se aporte información errónea, que puede llevar a otras personas a confusión, pero no he criticado que cada cual actúe como quiera.Creo que ni siquiera tienes claro lo que significa "fraude"...El fraude fiscal es cualquier acción u omisión intencionada (dolo o negligencia) que busca evadir el pago de impuestos u obtener un beneficio tributario indebido, engañando a la Administración Pública. Básicamente, lo que tú admites estar haciendo. No critico que lo hagas, no juzgo si está bien o mal, no entro en juicios de valores, me limito a definirlo.Que tú quieras exponer en un foro público un subterfugio para ocultar, de forma dolosa, ingresos a la hacienda pública y no declararlos (es decir, para posibilitar el fraude fiscal) es asunto tuyo. Personalmente no me parece una opción muy inteligente exponer estas cosas en un lugar público. Yo me limito a avisar al resto de que eso que les invitas a hacer va en contra de la ley (y les aviso precisamente porque tú afirmas erróneamente que es legal)... pero no les digo que lo hagan o dejen de hacerlo. Es simple.En fin, como decía mi abuela: "pa ti la perra gorda".Sé feliz ;-)
Clarissated 13/06/25 17:14
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Este mensaje de Cachilipox es de lo más sensato que he leído en el hilo.Coincido totalmente en que por ahí es por donde debería orientarse todo esto, ya sea declarando directamente el valor de mercado que cada cual calcule en la declaración (los más valientes) o poniendo el valor completo y luego reclamando devolución sobre ese valor de mercado (quienes no se quieran pillar los dedos, pero lo tendrán más difícil).Es más sencillo que hacienda te admita un valor declarado, si lo justificas correctamente (si llegasen a pedirte justificación), a que te devuelva lo que ya has pagado reclamando el importe, incluso si lo justificas igual de bien. Pero cada cual sabrá lo que está dispuesta a arriesgar.Un riesgo extra de esta vía: si impugnamos el valor de mercado que da Amazon para todos los productos, lo mismo acabaría siendo aplicable a los productos de 0ETV, es decir, igual que no puede admitirse que un un bolígrafo de 3€ se tase en 20€, tampoco podría permitirse que un limpiador ultrasónico de 30€ se tase en 0€... y ojito, que hay mucha gente pidiendo productos 0ETV a lo loco, y se pueden llevar un susto si de repente resulta ser que SÍ tienen valor de mercado...Amazon no se va a pillar los dedos, si un Vine se va hay otros 100 esperando para entrar (que comprarán de forma compulsiva hasta que se informen de cómo funciona todo). Amazon no va a perder, les da lo mismo. Si se les quiere convencer de que sería bueno dar ETVs más realistas, y no las burradas que ponen, habrá que buscar argumentos que les beneficien a ellos. Ese es el siguiente reto.Por cierto, dentro de 2 días vuelven a cambiar los términos y condiciones del programa Vine... a ver qué cosas cambian esta vez.
Clarissated 13/06/25 16:56
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Cuidado con esto, y lo digo una vez más. Creo que la gente debería saber de lo que habla antes de hacer recomendaciones "a lo loco".Si Rufus quiere usar esa estrategia, adelante, cada cual es responsable de lo que decide hacer, pero cuidado con dar informaciones erróneas, y que otras personas puedan seguirlas pensando que son correctas.Lo que planteas hacer es un fraude, con todas sus letras, no sé de dónde sacas que es legal.Dices que esa estrategia está "consentida según los reglamentos de la DAC7". Creo que, o no te has leído la norma, o no la has comprendido.Como ya expliqué en otro mensaje, la DAC7 no dicta lo que el contribuyente (tú) tiene que declarar, sino la obligación de las plataformas a cruzar información. La DAC7 no te puede "consentir" que no declares ventas, entre otras cosas porque no es eso lo que regula.Tu estrategia sólo consigue una cosa: que las plataformas no envíen tus datos automáticamente a hacienda (al menos por ahora). De esa forma, no saldrán en tu borrador, y hacienda no sabrá que tuviste esos beneficios si no los declaras... en principio.Pero debo suponer que el dinero que sacas de esas plataformas acabará en tu cuenta bancaria en algún momento, salvo que lo uses solo para comprar a otros en wallapop (de otra forma no podrías gastarlo nunca, y wallapop no envía efectivo hasta donde yo sé). Si a hacienda le da un día por meterte una inspección, verá esos ingresos en tu cuenta, y te pedirá que justifiques su procedencia. Si eso ocurre, te aconsejo que tu respuesta no sea "la DAC7 me consentía no declarar estos 5000€, porque los conseguí abriéndome cuentas distintas", porque te van a meter un palo que va a doler.Lo que tú propones es una forma más de defraudar a hacienda, como quien cobra en B apra no declarar beneficios, o quien pide pagar sin factura para no pagar el IVA. Que será más o menos difícil que te pillen, por supuesto. Que estás en tu derecho de cometer fraude, por supuesto (ateniéndote a las consecuencias si te pillan).Pero lo que NO me parece de recibo es que le digas a la gente que eso es legal y que la DAC7 lo "consiente", porque esas otras personas, guiadas por tu información errónea, se pueden meter en un lío pensando que lo que hacen es correcto (y no lo es).Si, sabiendo que es un fraude, quien sea lo quiere hacer... pues oye, cada cual que haga lo que quiera, pero que sea partiendo de una información correcta.Mi respeto total a lo que haga cada cual, pero no me quedaría tranquila si permito que otras personas puedan complicarse la vida por una mala información.