cesart
04/05/22 19:15
Ha respondido al tema
La regla de los dos meses, minusvalias
Buenas tardes boliche,Disculpa la tardanza en mi respuesta. En primer lugar, agradecerte tu contestación y todas tus aportaciones desinteresadas de conocimiento para la comprensión de este tema.Como concluyes en tu respuesta, parece ser que el criterio de la DGT es limitar la consideración de compras como recompra hasta el límite del número de acciones vendidas en cada transmisión.Dos ejemplos más:V0571-21https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V0571-21Fecha salida: 11/03/2021V1119-21https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V1119-21Fecha salida: 27/04/2021Por otra parte, quisiera plantearte una cuestión (como comenté, mi conocimiento sobre este tema es muy limitado, así que ruego disculpes la obviedad de la posible respuesta o la gravedad de cualquier error conceptual).En aquellos casos en los que se realizan sucesivas operaciones de compra y venta del mismo número de acciones, dejando el saldo a 0 en cada compra-venta, e incumpliendo la norma anti aplicación, sobre qué venta se consideraría recompra una compra al final de dicha sucesión.Ejemplo:Supongamos la siguiente situación ficticia…Al iniciar el año no se disponía de valores homogéneos y durante 2021 se realizan las siguientes operaciones:- 01/12/2021 Compra de 100 acciones - 05/12/2021 Venta de 100 con pérdidas- 10/12/2021 Compra de 100 acciones- 12/12/2021 Venta de 100 acciones con pérdidas- 23/12/2021 Compra de 50 accionesA mi entender, la compra de 50 acciones del 23/12/2021 debería considerarse recompra de la venta del 12/12/2021. Si no es así, ¿podrías por favor orientarme en la resolución de esta cuestión?Gracias y saludos.