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Participaciones del usuario Carlos Hernández

Carlos Hernández 03/11/10 13:41
Ha comentado en el artículo Garantizar la Jubilación. Sí, pero... ¿de quién? Parte IV
Muchas gracias tocayo por la cita. La cuestión es que lo que se vendió a finales de los 80 y que es repetido como un mantra inlcuso en la actualidad: "Que la gestión profesional de los ahorros conlleva una mayor rentabilidad para el ahorrador que si se encarga uno mismo" es falsa, es un engaño o, siendo muy benevolente, la gestión profesional no se dá más que en casos excepcionales siendo la inmensa mayoría una gestión absolutamente deficiente, incluso fraudulenta que tiene por unico objetivo la percepción de comisiones por no hacer nada ( en el mejor de los casos porque en otros te hacen perder hasta la camisa) y hablo de fondos de inversión, inmobiliarios, de pensiones etc. Y mientras la mayoría de ahorradores sigan permaneciendo impavidos viendo como el unico, o el mayor, beneficiado de la gestión es la entidad financiera es obvio que esta no tendrá ningún incentivo para mejorar en otra cosa que no sean sus anuncios con los que poder cobrar más comisiones.
Carlos Hernández 19/10/10 15:31
Ha respondido al tema Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca
No del todo, el resto de entidades aunque no les afecta directametne si les puede afectar indirectamente por el peligro de que clientes hasta el momento reacios a reclamarles por via judicial se animen. O incluso que desde los organismos de consumo de las CCAA se decidiera hacer algo en defensa de los hipotecados por una clausula abusiva y decidieran inspeccionar y sancionar. Así que mi ocnsejo sería, se sea o no cliente de las entidades demandadas, reclamar, reclamar insistentemente y además aprovechando cada nueva noticia ( buena). En banca se da como en ningún sitio el refrán de que: ·Quien no llora no mama" aquí no se trata de llorar sino de exigir lo justo porque desde luego si uno no lucha por rebajar el coste de su propia hipoteca no piense que el banco lo va hacer por el http://www.nomasabusobancario.org/
Carlos Hernández 19/10/10 14:17
Ha respondido al tema Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca
1-no veo nada de retroactividad. R.- Las clausulas nulas se tienen por no puestas y por tanto se deberán devolver todas las cantidades percibidas más intereses y dejar de aplicar la clausula, cabe la posibilidad, sobre todo a los clientes de las entidades demandadas, que si presentan la carta ahora estén más abiertos a aceptar una modificación ( eliminación o rebaja) a cambio de firmar una renuncia a reclamar las cantidades percibidas con anterioridad ( ya pasó con el redondeo) 2-¿qué ambito cubre esta sentencia? ¿las hipotecas de toda España o las firmadas en Sevilla? R.-Las hipotecas firmadas por consumidores de las entidades condenadas en toda España una vez que la sentncia sea firme y favorable a la nulidad de la clausula ( con recursos entre 4 y 10 años para adquirir firmeza teniendo en cuenta los precedentes)
Carlos Hernández 19/10/10 14:10
Ha respondido al tema Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca
La cuestión no es tanto si se sabía o no lo que se firmaba sino principalmente si lo que se firmaba, conociéndolo o no, era legal y no abusivo
Carlos Hernández 19/10/10 14:07
Ha respondido al tema Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca
adjunto respuesta a tu pregunta http://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/579589-clausula-suelo-hipotecas-mas-vale-tarde-que-nunca?page=11#respuesta_580555
Carlos Hernández 19/10/10 14:05
Ha respondido al tema Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca
Sí sobre todo los de las asesorias juridicas de BBVA, Cajamar y Caixa galicia
Carlos Hernández 19/10/10 14:01
Ha respondido al tema Cláusula suelo en hipotecas... más vale tarde que nunca
LA CLAUSULA SUELO DECLARADA ILEGAL POR LOS TRIBUNALES DE SEVILLA DESDE ACUIB SE LLEVA A CABO UNA CAMPAÑA A TRAVÉS DE LA WEB NO MAS ABUSO BANCARIO EN LA QUE SE FACILITA A TODOS LOS USUARIOS DOCUMENTACIÓN Y ASESORAMIENTO JURÍDICO GRATUITO PARA RECLAMAR ANTE LA ENTIDAD Y ANTE LOS TRIBUNALES LA NULIDAD DE DICHA CLAUSULA Se ha dado a conocer en el día de hoy a los medios de comunicación una reciente sentencia de una Juzgado de Sevilla que declara la nulidad de la clausula suelo aplicada por tres entidades financieras. La clausula suelo es una clausula oculta entre las 60 páginas que puede llegar a tener una hipoteca y y que hace que aunque el cliente firme una hipoteca a un tipo de interés variable la entidad se asegura que por mucho que bajen los tipos de interés ella siempre cobrará un mínimo. Algunas entidades lo establecen en un 3% otras hasta un 5%. Desde ACUIB se quiere felicitar el trabajo jurídico del letrado encargado de la demanda en Sevilla D. Rafael García Carrellán quien ha conseguido un nuevo éxito en su ya larga lista de logros en defensa de los consumidores y usuarios y confía en que dicha sentencia repercuta finalmente en todos los consumidores perjudicados por dicha clausula abusiva. Dicha demanda, siendo muy importante por cuanto supone, que se sepa, el primer pronunciamiento judicial declarando la nulidad de la clausula suelo, deja sin proteger directamente a muchos millones de consumidores que no son clientes de las entidades que han sido seleccionadas para ser demandadas ( aunque les queda la vía indirecta de utilizar la citada sentencia como precedente). Señalar además que siendo un paso importante, trascendental, en el camino de la Justicia y de la erradicación de un nuevo abuso bancario es el primer paso de un proceso que, al ser una acción colectiva, puede durar entre 4 y hasta 10 años si las entidades financieras demandadas decidieran agotar todas las vías procesales. Con el fin de facilitar una solución más rápida e individualizada a los consumidores de Baleares desde ACUIB se inició hace meses una campaña NO MAS ABUSO BANCARIO http://www.nomasabusobancario.org contra dicha clausula y que desde Rankia se tuvo la deferencia de hacer mención a la misma ( http://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/366711-suelo-hipoteca?page=4#respuesta_534649 ) que consiste en 1.- CARTA TIPO Para que cualquier consumidor afectado pueda presentar un escrito a su entidad solicitando la eliminación de la clausula suelo Disponible en: http://www.nomasabusobancario.org/pg_articulo_nmab.php?art=20 2.- DEMANDA TIPO Para que cualquier Abogado que tenga clientes que deseen reclamar la clausula suelo pueda disponer de una demanda lista para ser presentada. Dicha demanda puede ser también adjuntada por el consumidor a la carta tipo a modo de reclamación más extensa. La demanda se puede obtener en http://www.nomasabusobancario.org/pg_articulo_nmab.php?art=53 3.- SOPORTE JUDICIAL GRATUITO Por ser de interés general, porque eliminando la clausula suelo nos beneficiaremos todos los ciudadanos de Baleares ACUIB pone a disposición de todo aquel que lo desee una carta tipo para que solicite a su entidad que le elimine la clausula suelo y si esta no le hace caso y el consumidor desea demandar a su entidad solicitando que le eliminen la clausula suelo de su hipoteca y que su banco o Caja le devuelva las cantidades pagadas de más por aplicación de dicha clausula ACUIB DEMANDARÁ A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, SIN COSTE ALGUNO, EN DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES QUE ASÍ LO DESEEN. Uno de los principales reparos que tienen los consumidores a la hora de reclamar judicialmente son los, en ocasiones, elevados gastos que se derivan de su defensa y con un siempre incierto resultado. Ante esta situación extraordinaria y con la finalidad de que ninguna familia que quiera demandar a su entidad no pueda o no quiera hacerlo por no poder afrontar los costes jurídicos de la reclamación ACUIB DEFENDERÁ, SIN COSTE PARA LOS CONSUMIDORES, A AQUELLAS FAMILIAS DE BALEARES QUE DESEEN DEMANDAR A SUS ENTIDADES. 4.- PERSONACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO GRATUITO ( NOVEDAD) Con el fin de que los clientes de las entidades reclamadas BBVA; CAJAMAR y Caixa Galicia puedan personarse en el procedimiento y reclamar los perjuicios ocasionados por la clausula suelo desde ACUIB se ofrece a los consumidores de Baleares afectados de dichas entidades la posibilidad de personarse en el procedimiento con la finalidad de instar el reconocimiento como posibles beneficiarios de la Sentencia asegurándose de este modo que, caso de obtener finalmente una sentencia favorable, o que en el caso de que se alcanzara un acuerdo extrajudicial( normalmente de naturaleza confidencial) fueran incluidos como beneficiarios y sean indemnizados.
Carlos Hernández 19/09/10 20:33
Ha respondido al tema El BDE se pronuncia respecto de la obligación de contratar seguros con Hipotecas.
Estoy totalmente de acuerdo en que en la inmensa mayoría de ocasiones lo de las bonificaciones no es real precisamente por eso indico que en muchas ocasiones resulta mucho más aconsejable el ir a otra entidad que no te aplique dichas bonificaciones. De igual modo comparto tu opinión de que los seguros que se venden como churros llegado el momento de hacer uso de ellos sean como precisamente eso churros pasados, amargos e incomibles. Lo de los fondos de pensiones y de inversión es el timo del tocomocho más elaborado de la Historia. A mi entender la inversión en Bolsa ( de manera directa o indirecta via fondos) como metodo de ahorro tiene tanta justificación como dejar a un ludopata que se juege tu dinero en el casino, puede que gane sí, pero lo más probables es que al final pierda hasta las pestañas. Ya te pasaré una resolución de la DGS ( ha tardado casi un año pero finalmente ha llegado)
Carlos Hernández 16/09/10 22:15
Ha respondido al tema El BDE se pronuncia respecto de la obligación de contratar seguros con Hipotecas.
A mi entender dicha practica de bonificar es correcta desde le punto de vista juridico del cliente dado que no se trata de una imposición sino de una bonificación. Otra cosa es que desde el punto de vista de la competencia pudiera entenderse que se tratara de una practica restrictiva de la competencia. Por otra parte en la mayoría de los casos siempre resultará mas aconsejable acudir a cualquier otra entidad que no teaplique dichas bonificaciones aunque sea abonando un diferencial ligeramente superior.
Carlos Hernández 16/09/10 22:12
Ha respondido al tema El BDE se pronuncia respecto de la obligación de contratar seguros con Hipotecas.
De hecho a mediados de los 90 se publicó una moción en el congreso por la que se instaba al Gobierno a impedir la imposición de seguros por las entidades finacnieras la tratarse de una practica abusiva. Para al cabo de unos años y gracias al persistente, perseverante y siempre tutelado lobby bancario permitirse el negocio de bancaseguros. Además en una nueva vuelta de tuerca y cmomo no estaban satisfechas con el colcoar uns eguro un par de años las entidades se aprovecharon del criterio de la DGS respecto a la no fraccionabildada de la prima para colocar a aquel que se pusiera por delante Seguros de Prima unica a 20/30 años por importes estratosfericos que se incluian como mayor capital en las hipotecas. Dicha practica mereció la reprobación de la DGS aunque muchas victimas obviamente lo desconocen.