creo que tiene que facilitar al notario un certificado de deuda cero acreditando que no tiene deudas con la comunida y este certificado se incorpora a la escritura de compra-venta , sería bueno que te enterases hablando con vecinos o con el administrador si hay previstas derramas o grandes gastos previstos en la comunidad de propietarios:https://www.notariofranciscorosales.com/venta-de-pisos-errores-frecuentes-en-el-certificado-de-deudas-con-la-comunidad-de-propietarios/https://blog.sepin.es/2016/03/tramites-comunidad-propietarios-venta/
A veces por circustancias no queda otra que vivir en un sitio que no nos gusta , yo mismo estoy en un alquiler barato pero totalmente a disgusto y con problemas , me cambiaría ya mismo pero no hay oferta de alquiler donde estoy y para comprar tampoco hay mucha oferta y los precios están muy inflados, aparte prefiero alquiler.Os deseo mucha suerte.
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Ciudadanos/Limitacion_de_pagos_en_efectivo/Limitacion_de_pagos_en_efectivo.shtml en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional si es entre particulares su`pongo no afecta esta norma:https://www.bbva.com/es/existe-una-cantidad-limite-para-pagar-en-efectivo-si-2-500-euros-como-maximo/ Como se ha mencionado anteriormente, la medida afecta en el caso de que intervenga una empresa, comercio o autónomo. Los particulares quedan excluidos.
en r4 acabo de mirar y si me aparece una clase limpia: Seilern World Growth Eur H C , inv. min. 500, sucesivas 200, con comisión gestión:0,85%, adjunto pantallazo de todas las clases que hay en r4 con sus comisiones y mínimos