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Participaciones del usuario cajista

cajista 29/05/14 17:13
Ha respondido al tema Liberbank - Para expertos
La fecha creo haber leido que son dos / tres dias despues de la AK, es decir, 12 y 13 de junio, pero para solicitarlo tine que ser en el mismo acto de la suscripcion en la oficina, en el momento que firmas la conversion de derechos en acciones. Y por otra parte, y muy importante, aunque el boletin de ampliacion, por defecto viene el vender los derechos el ultimo dia, no aconsejo a nadie esta opcion, ya que por tratarse de un activo poco liquido, podrian quedarse sin vender, o con un valor cero. Se venden el dia once, pero las ordenes se cierran el dia 10: Quien decida venderlos que curse una orden expresa en la oficina sin esperar a la fecha limite ( final del dia 10_06). Un saludo.
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cajista 28/05/14 20:35
Ha respondido al tema Liberbank - Para expertos
Desde la misma en la que sigues la cotización de la acción: vendrá a continuación, como LIBERBANK D14 o similar. Si lo haces a través de la página de la propia bolsa de madrid (mercado continuo), ten en cuenta el "retraso" en la información, que puede llegar a ser de 15-20 minutos. LIBERBANK 0,7450 1,78 0,7840 0,6850 26.231.319 19.335,21 28/05/2014 Cierre LIBERBANKD14 0,1540 4,05 0,1600 0,1310 27.265.910 3.993,94 28/05/2014 Cierre
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cajista 08/05/14 17:08
Ha respondido al tema Liberbank - Para expertos
Alguien sabe cuando nos pueden entregar las acciones del canje? Yo también pensé que me había equivocado, pero me gustan las emociones fuertes. Había comprado bonos con el fin de cobrar el cupón, y luego convertir. Sigo manteniendo las fidelizadas del plan de conversión (bonos C y acciones), a la espera de saber algo mas de la AK. Un saludo
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cajista 30/04/14 18:16
Ha respondido al tema Liberbank - Para expertos
No me cuadran mucho los números. Por como vendiste los cocos y precio de cotización, eran de la serie C, con lo que la semana pasada cobraste un 7%. Si las acciones las tenías fidelizadas, fue un error (bajo mi punto de vista) venderlas ahora, pues además de "perder" el 3% que pagarán en los próximos días, podrías haber esperado un año para que te resarcieran la diferencia de cotización sobre 1,11 que nos las convirtieron. En todo caso la decisión era tuya, y si así estás contento, nosotros no tenemos argumentos para decirte lo contrario. Pero durante estos años (si eras de la II emisión, verano 2009) también habrás percibido intereses de la deuda, y muy superiores a los que se pagaban en mercado. Así que la pérdida no será tal.... ni la inversión tan ruinosa. De todas formas, enhorabuena por tu decisión.
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cajista 29/04/14 22:05
Ha respondido al tema Liberbank - Para expertos
Es el estilo que gusta al iluminado Menendez, que ya puso en practica el año pasado' y le dio resultado. En la Junta Ordinaria del año pasado, era por la bronca de los accionistas por obligacion, y la presion de los sindicatos. Este año no se a que tenia miedo. Los señores de traje y corbata, eran los jefes territoriales, zonas y departamentos, para actuar de palmeros, y dar sensacion de lleno. A proposito, estoy convencido de que ninguno de ellos es accionista de la Entidad, con lo cual, no les deberian haber permitido la entrada.
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cajista 24/04/14 17:02
Ha respondido al tema Liberbank - Para expertos
Cajastur, no vendió PREFERENTES. Sólo Deuda Subordinada, que aunque lo metan en el mismo saco de "Híbridos", no es lo mismo. Como ya te han indicado, tu suegra podría recuperar casi al 100% la inversión a día de hoy. Si por el contrario decide continuar con la vía judicial, tendrá que valorarlo. Su abogado le dirá que continúe adelante, y es que algunos se están forrando con este asunto, sin pensar mucho en los intereses del cliente. Hasta donde alcanza mi corto entender, no creo que Cajastur ni ninguna entidad le ofrezca lo que te han comentado, salvo cantidades muy importantes y que la Entidad tenga el convencimiento de que perderá el juicio por defectos de contratación. En la mayoría de los juicios, lo que se solicita es la nulidad de contrato, lo que obligaría a devolver el capital al cliente, y por tanto a deducir los intereses pagados (primer año al 5%, y resto al 4,80%, ya que si no existió contrato tampoco devengó interés). Eso, mas los honorarios del bufete de abogados: que haga cálculos.
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cajista 09/04/14 17:27
Ha respondido al tema Herencia de bienes inmuebles
Aprovechando tus conocimientos del asunto: Hemos heredado mi hermana y yo, otras viviendas de una tía, soltera, también fallecida en octubre de 2013. En este caso, como no existen usufructuarios, sí deberemos imputarnos el 50% cada uno, de los rendimientos (coeficientes por valores catastrales), a pesar de no haber efectuado aún la adjudicación de herencia, y por los días transcurridos desde el fallecimiento hasta el 31-12-2013, ¿no?. Muchas gracias por darme un poco de luz en todo esto.
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cajista 09/04/14 17:23
Ha respondido al tema Herencia de bienes inmuebles
Muchas gracias por tu respuesta, leopol72. El usufructo, supongo que es el 50%: el testamento no hace mención a porcentaje, tan sólo al usufructo universal y vitalicio. (Se me escapó el 0). Así que a realizar una regla proporcional a los día de vida de mi madre, y el resto a mi padre. ¿Es así, no?. Perdonar mi ignorancia en estos temas.
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cajista 08/04/14 21:42
Ha respondido al tema Herencia de bienes inmuebles
Tengo un caso similar, tras el fallecimiento de mi madre el pasado agosto: Una de las viviendas que poseía, se encuentra alquilada. Mi padre mantiene el 50% de la propiedad y el 5% de usufructo vitalicio. A mí me dejó en herencia el otro 50%, en nuda propiedad. En la declaración de IRPF que le estoy confeccionando, le imputo el 50% de los rendimientos a mi padre. ¿Debo imputar el otro 50% completo a mi madre, o por el contrario la parte proporcional hasta su fallecimiento y el resto a mí como heredero?. Muchas gracias.
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