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Bulgakov 14/09/19 02:46
Ha comentado en el artículo Algo que nunca le explicaron acerca de Vida-Ahorro
Hola Avante. Muy buena información, arroja mucha luz sobre las interioridades del oscuro -más bien oscurecido- mundo del seguro de ahorro. Uno de los mejores blogs (y mira que he buscado mucho). Como contexto mío, tengo un poco de todo, excepto fondos (casi toda la vida los tuve pero los cambie por acciones -a pesar de aflorar las plusvalías latentes- por motivos de transparencia): tengo plan de pensiones, cartera de valores (gestionada por gestor independiente -nada de bancos, gracias-, aunque custodia en banco a mi nombre, por supuesto) y... un seguro de ahorro de capital diferido que considero fabuloso, contratado en marzo del 95 por 39 años (6% interés técnico garantizado y de las primas quitan como un 5,66% -curioso que se recupere en intereses justo un año después, aplicando el 6% garantizado sobre la provisión técnica, no sé el por qué de esta 'coincidencia'-; participación en beneficios que sólo vi 2 o 3 años al principio, dado que es un 95% de lo que de por encima del interés técnico, pero restándole 6 puntos porcentuales; y claro, siempre cae por debajo del 6% técnico garantizado, dada la coyuntura). Por cierto, en su día no tenía ni pajotera idea de qué había contratado con 27 años... Ni siquiera supe que era un 'seguro' hasta años después y mucho internet (todavía hoy en día en las sucursales no saben mucho)... Tienes razón de que en los bancos no son muy didácticos y menos en el 95. Centrándome en este último producto, el seguro de ahorro de capital diferido, aunque leo que dices que la fiscalidad no hay que mirarla porque cambia mucho, sobre todo en este tipo de productos tan a largo plazo, yo considero que sí hay que seguirla. La fiscalidad para mí es crítica -y lo más complicado a veces-, junto a liquidez, riesgo y rentabilidad (en este último ojo a las comisiones, muy escondidas algunas e.g. carteras de fondos... comisiones en distintas capas). Bueno, que me enrollo, vi que la fiscalidad es un tanto extraña a día de hoy, en la forma de rescate de un seguro de ahorro de capital diferido como renta vitalicia o temporal. Consulté la página https://www.espanasa.com/productos/seguros-de-jubilacion/capitales-diferidos/ Bien, mis preguntas sobre esto: 1. En el caso de rescatar en forma de renta, tanto vitalicia como temporal, los intereses que se añadan al capital que queda para ir pagando las rentas después del vencimiento del seguro, ¿cómo tributan? ¿Tiene las mismas exenciones que en las tablas (ver url)? Es decir, entiendo que los intereses acumulados durante la vida de la póliza tienen la exención y hay que pagarlos como máximo en 10 años, ¿pero y si luego se siguen generando intereses mientras se recibe la renta? 2. No entiendo bien la tabla de exenciones de las rentas temporales. Si se decide recibir todo en rentas en un período de 5 años o menos, ¿cómo es que la exención es la mayor que en un período más largo? Veo más ventaja fiscal en un rescate de período corto que largo. Caso extremo, recibir todo en una renta que dura un año -y que se aproxima al recate en forma de capital (ahí no hay exenciones)- exención del 88%. La única ventaja sería que el total de rentas en un período largo, fueran muy superiores al de un período corto, pero con los tipos de interés actuales no creo que se genere mucha diferencia Por último una pregunta de curiosidad: 3. En los seguros de ahorro de capital diferido, ¿cuánto más largo es el período de la póliza menos interés técnico se garantiza? Digo, porque hay un riesgo para la aseguradora al ser un período más largo.¿Estoy en lo cierto?
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