Buenas noches Cachilipox,Muchas gracias por la respuesta.La verdad es que los supuestos resultan ser la misma vivienda con 2 precios de venta distintos para tener una idea de los impuestos en caso de venderla por alguno de los 2 precios.Respeto a tu respuesta, disculpa, pero no me ha quedado muy claro la siguiente información" Su valor de adquisición fue el que fue, y hay que disminuirlo a razón de un 3 % anual desde que se constituyó dicho usufructo." A la hora de constituirse según la escritura, no he visto en ningún lugar importe alguno que haga referencia al usufructo, ni % ni nada que se le parezca.A parte del usufructo, ¿que impuestos más están grabados sobre la venta de la vivienda? ¿podrías darme los resultados según los números que hay en los supuestos por favor?Muchas gracias
Muchas gracias Leopol 72.Podrías explicarme la siguiente frase que dices salvo que renuncien o acepten a beneficio de inventario. El que consolida suele ser el heredero, pero no tiene por qué serlo. Gracias de nuevo.
Hola Batiscafo,
Pues si en el momento del despido (2012) tenía derecho a 24 meses de prestación.
Son los 4 primeros los que me reclama el inem ya que son los 4 que cobré de fogasa segun ellos ya que constan como salarios de tramitación cuando realmente son sueldos devengados que me dejó a deber la empresa y cobré de fogasa.
Pero a la hora de la sentencia los englobaron todos como salario de tramitación y es por ello que pedía si es posible el revocar la sentencia para que consten como salario simplemente y no de tramitación.
Gracias.