Ha recomendado
Re: ING nuevo depósito 6 meses al 3,25% "con amago"
de
moscatel
Beatlelarry24/09/26 11:36
Ha respondido al tema
ING nuevo depósito 6 meses al 3,25% "con amago"
Hola. Si NO eres cliente de ING y me doy de alta ahora, ¿podría beneficiarme de este depósito al 3,35% con amago? Es decir, abrir una Cuenta No Cuenta, meter dinero en esa cuenta, por ejemplo desde Bankinter, amagar una transferencia de ese dinero que acabo de meter de nuevo hacia Bankinter -u otro banco- y, entonces, ¿me aparecería ese depósito en el amago? ¿Alguien lo ha hecho así y le ha funcionado? ¿El amago de transferencia funciona con cualquier entidad bancaria? Gracias.
Beatlelarry17/08/26 18:50
Ha recomendado
Re: Promoción (inexistente) tarjeta de crédito de ING: devolución del 10% de tus compras
de
Pintos
Beatlelarry17/08/26 16:45
Ha recomendado
Re: Promoción (inexistente) tarjeta de crédito de ING: devolución del 10% de tus compras
de
Vagalume
Beatlelarry17/08/26 16:31
Ha respondido al tema
Promoción (inexistente) tarjeta de crédito de ING: devolución del 10% de tus compras
¿Por qué las reclamaciones se realizan sólo por la cantidad que corresponda de gastos con la tarjeta hasta el 14 de agosto, fecha de recepción del segundo email comunicando que la promoción está inactiva? ¿Realmente el banco puede modificar las fechas originales de la promoción? ¿Damos por válido que el banco tiene razones justificadas para que la promoción ya no sea hasta el 28 de agosto? Si esto es así, cualquier banco puede lanzar una promoción y, si los resultados no son los esperados durante los primeros días, pegar un volantazo y anularla, amparándose en cualquier excusa, como en este caso “una incidencia operativa”.
Beatlelarry16/08/26 00:20
Ha recomendado
Re: Promoción (inexistente) tarjeta de crédito de ING: devolución del 10% de tus compras
de
Faltaalgo
Beatlelarry15/08/26 18:49
Ha recomendado
Re: Promoción (inexistente) tarjeta de crédito de ING: devolución del 10% de tus compras
de
Vagalume
Beatlelarry15/08/26 11:39
Ha respondido al tema
Promoción (inexistente) tarjeta de crédito de ING: devolución del 10% de tus compras
Leyendo las bases legales, veo meridianamente claro que, al menos hasta la fecha del envío del email con la comunicación de que la promoción está inactiva, deben cumplir con las condiciones de la promoción con respecto a todos los clientes que recibieron el primer email e hicieron uso de su tarjeta de crédito. Mi duda es si, además, se podría exigir el cumplimiento completo de las fechas de vigencia de la promoción incluso después del envío del email con la cancelación de esta promoción. Y lo creo así porque entiendo que una cosa es un error en la operativa interna del banco, que es lo que argumentan, y otra cosa es un error manifiesto por causas mayores. ¿Realmente es tan sencillo cancelar una promoción que afectará a muchos clientes aduciendo un error interno? Por ello, apelo a alguno de los foreros con sólidos conocimientos legales a que nos dé algo de luz sobre este tema.
Beatlelarry15/08/26 11:22
Ha recomendado
Re: Promoción (inexistente) tarjeta de crédito de ING: devolución del 10% de tus compras
de
Duckjcv
Beatlelarry14/08/26 22:13
Ha respondido al tema
Promoción (inexistente) tarjeta de crédito de ING: devolución del 10% de tus compras
Yo también he recibido esta promoción mediante email el 10 de agosto, y hoy día 14 de agosto me envían otro email indicando un error operativo y que la promoción no está activa. Entiendo que esto se puede reclamar y exigir el cumplimiento de la promoción a todos los que nos la han comunicado, puesto que hemos hecho uso de la tarjeta teniendo en cuenta la promoción. ¿Alguien con conocimientos legales sobre ello puede darnos un poco de luz sobre este asunto?
Beatlelarry08/06/24 23:17
Ha recomendado
Re: Cobro de salario atrasado por decisión judicial
de
Juan Lackland
Beatlelarry08/06/24 19:59
Ha respondido al tema
Cobro de salario atrasado por decisión judicial
Se trataba de un contrato por obra y servicio de 6 meses. Tras la finalización del contrato, puse una demanda por diferencias salariales que gané por sentencia firme en junio de 2023. En abril de este año 2024 me abonaron la cantidad reclamada. En la nómina que recoge estos atrasos me aparecen 3 partidas: atrasos, indemnización fin de contrato e intereses judiciales. Los intereses judiciales + la indemnización lo han incluido como beneficio patrimonial. Mi duda era si la indemnización es beneficio patrimonial. Desde luego, el técnico de Hacienda es el que me ha hecho la Renta y así lo ha incluido. Yo no pensaba que la indemnización entraba como ganancia patrimonial.
Beatlelarry08/06/24 19:48
Ha recomendado
Re: Cobro de salario atrasado por decisión judicial
de
Juan Lackland
Beatlelarry08/06/24 17:51
Ha respondido al tema
Cobro de salario atrasado por decisión judicial
Hola.Finalmente acudí a la oficina de Hacienda para que un funcionario me realizara la declaración de la renta. Tal como se expuso aquí, se ha incluido la cantidad abonada por sentencia judicial firme de 2023 y abonada el pasado mes de abril de 2024 en esta declaración de 2023.Mi duda es la siguiente: me ha incluido como ganancia patrimonial tanto los intereses judiciales como la indemnización por fin de contrato (ha sumado las dos cantidades, dejando como rendimiento del trabajo lo que son los atrasos). ¿Esto es correcto? Muchas gracias.
Beatlelarry19/05/24 15:55
Ha respondido al tema
Deducción por movilidad geográfica sin empadronarme
Aclarado entonces. Muchas gracias.
Beatlelarry19/05/24 15:54
Ha recomendado
Re: Deducción por movilidad geográfica sin empadronarme
de
Sreko
Beatlelarry19/05/24 15:38
Ha respondido al tema
Deducción por movilidad geográfica sin empadronarme
Muchas gracias. ¿Se requieren unos ingresos mínimos de ese trabajo en Asturias para aplicar la deducción o eso es un factor que no influye? Saludos.
Beatlelarry19/05/24 15:32
Ha recomendado
Re: Deducción por movilidad geográfica sin empadronarme
de
Sreko
Beatlelarry19/05/24 12:48
Ha publicado el tema
Deducción por movilidad geográfica sin empadronarme
Beatlelarry17/05/24 23:16
Ha respondido al tema
Cobro de salario atrasado por decisión judicial
Bueno, entiendo que el asesor también saldría perdiendo a la larga, ya que si me sancionaran con un recargo, evidentemente ni se me ocurriría volver a hacer ninguna declaración de la renta con este señor. Sí podríamos acusarle de mal profesional en todo caso por su desconocimiento o mala interpretación de la norma.Me ciño entonces a todo lo que se ha expuesto en este hilo de que tengo que declarar esa cantidad en este periodo impositivo de la renta 2023.Muchas gracias.
Beatlelarry17/05/24 23:04
Ha recomendado
Re: Cobro de salario atrasado por decisión judicial
de
Enasua
Beatlelarry17/05/24 13:25
Ha respondido al tema
Cobro de salario atrasado por decisión judicial
Buenas tardes.Retomo este tema, debido a que al aportar la documentación para hacer la declaración de la renta de este año, el asesor me dice que él entiende que el dinero que me han abonado en abril de este año 2024, por sentencia judicial de junio de 2023, debería declararlo en la declaración del año que viene, no en la de este año (eso sí, imputando esos ingresos al año 2023, año de la sentencia firme), pues argumenta que, de las retenciones que me ha hecho el Ayuntamiento (la empresa que me paga y a la que gané el juicio), Hacienda no va a tener constancia hasta que el Ayuntamiento no le pase la información en enero del año que viene.¿Este criterio del asesor es correcto? Me sigue sin quedar claro...¡Muchas gracias!
Beatlelarry19/04/24 21:49
Ha recomendado
Re: Reanudar subsidio mayores de 52 años y renta a tener en cuenta
de
Wediehard
Beatlelarry19/04/24 21:07
Ha respondido al tema
Reanudar subsidio mayores de 52 años y renta a tener en cuenta
Muchas, gracias.Buscando información sobre este tema, encontré este artículo, que en este caso hace referencia a cómo hacer la declaración de la renta de una cantidad cobrada por sentencia judicial.https://www.csit.es/CSIT_Informa/Noticias_CSIT/Detalle/27042023_Como_hacer_Declaracion_Renta_cobrado_21492Al final del artículo, aparece esto:"¿Y si se abonan intereses moratorios por retraso en el pago de la sentencia?En ese caso, no son rendimientos del trabajo, sino que se incluyen como ganancia patrimonial."Entiendo que esto hace referencia a la declaración de la renta, que no tiene por qué coincidir con el criterio del SEPE. Pero podría considerarlo éste como ganancia patrimonial y contar en el límite de ingresos mensual?Saludos.
Beatlelarry19/04/24 20:49
Ha recomendado
Re: Reanudar subsidio mayores de 52 años y renta a tener en cuenta
de
Wediehard