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Participaciones del usuario Barray

Barray 30/04/15 21:11
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Señores, parece que la administración concursal ha contestado en algún medio sobre el tema de individualizar las cuentas de los clientes de Interdin, desconozco si también formalmente a la CNMV e Interdin: http://www.eleconomista.es/economia/noticias/6675317/04/15/Economia-Finanzas-Los-administradores-concursales-de-Banco-Madrid-dicen-que-Interdin-no-tendra-un-trato-diferente.html
Barray 30/04/15 00:12
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Una pregunta. Interdin está intervenido por la CNMV, siempre que se les llama dicen que tienen las manos atadas, que todo lo debe aprobar la CNMV, etc. Con lo cual, cualquier decisión que haga Interdin, ¿tiene que ser al dictado de la CNMV? En el caso de Banco Madrid se nombraron nuevos administradores y se declaró el concurso, además casi inmediatamente, aquí creo que no ha sido así. Pero aún siguiendo con los mismos administradores, todo se hace al dictado de la CNMV, ¿no? O sea, a lo que voy, el concurso de acreedores de Interdin, ¿lo tiene que declarar/aprobar la CNMV? Es decir, ¿se le puede pedir a la CNMV, que en teoría debe defender a los inversores, que declare/promueva/obligue el concurso de Interdin?
Barray 28/04/15 20:13
Ha respondido al tema Interdin y concurso acreedores Banco de Madrid
Yo estoy con Scharnhorst, tampoco me gusta ni un pelo este tipo de escritos que lo que buscan es convertirnos en acreedores de Banco Madrid, con el cual no tenemos ninguna relación directa, y que puede alargar el proceso hasta el infinito. Tal como yo lo veo, tenemos un contrato con Interdin, el cual nos da un servicio. A Interdin resulta que le ha fallado el depositario de los fondos, que es Banco Madrid. Luego Interdin tiene un problema con Banco Madrid, no nosotros. Nosotros tenemos un problema con Interdin. Y resulta que por tener un problema con Interdin, de acuerdo con la Ley, si Interdin no cumple sus obligaciones o se declara en concurso, podemos acudir al FOGAIN el cual nos va a indemnizar con el saldo hasta 100.000,00 €. No veo ningún motivo por el cual debamos ni contratar abogados, ni mover un dedo en este tema, más allá de que en cuanto Interdin se declare en concurso o como está intervenida, la CNMV dicte el correspondiente comunicado, presentar la correspondiente reclamación al FOGAIN. Yo también he consultado con algún departamento legal, y desde luego no me han dicho para nada que tenga que presentarme al concurso de una entidad con la que no tengo relación contractual, lo único que me han dicho es que paciencia y a esperar el concurso. Por tanto, desde mi punto de vista, lo urgente y necesario es que Interdin presente la declaración de concurso ya, y no alargue más este proceso innecesariamente. Se intentó, y no lo han conseguido, el Administrador Concursal ha declarado que no nos corresponde que nos indemnice el FGD, cosa que por mi parte veo bastante coherente, nunca he entendido lo del FGD, ya que no somos clientes de Banco Madrid sino de una Sociedad de Valores, y nos ampara el FOGAIN. Oye, que si cuela cuela, y yo encantado, lo que quiero es recuperar mi dinero, pero con esto de si son galgos o podencos ya llevamos más de un mes, y hay que decantarse por una opción o por otra, seguir mareando la perdiz con el FGD o ir a por la segura segurísima que es el FOGAIN. No sé cómo lo veréis vosotros, yo simplemente escribo lo que pienso en este momento, habrá más opiniones, si seguís adelante con el escrito lo consultaré pero ya de entrada no lo termino de ver, creo que más que arreglar va a complicarnos más las cosas. ¿Y si nos consideran acreedores pero no clientes? ¿Habéis pensado en esto? Porque esto último ya sería fastidiarla del todo, años y años y no cobraríamos nada.