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Participaciones del usuario Aprendizdebrujo

Aprendizdebrujo 04/03/10 10:53
Ha respondido al tema Gamesa, tiene guasa
Cuánto sabe aquí el personal de los mercados! Todo son invenciones y siempre hay que ponerse largos con lo cual que no se apuren los que guiados por los gurús del foro se hayan perdido el 6 y pico de GAMESA en el día de ayer. Quién sería tan tonto como para querer sacar un 6% manipulado?
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Aprendizdebrujo 10/02/10 15:44
Ha respondido al tema Chantaje iBanesto ¿Qué hago?
ESNMOLANTE, la primera parte de la contestación del Banco de España es veraz y correcta pero en la segunda ó bien no has sido muy exacto ó bien directamente te la has inventado ya que eso de "ningún banco puede retener ningún saldo. Eso sólo lo puede hacer un juez" difícilmente puede salir de la boca de ningún funcionario del Banco de España ya que ellos saben perfectamente que existen infinidad de casos (EJEMPLO- Fallecimiento de un Titular sin que se acredite sucesión hereditaria) en el que la entidad está obligada a bloquear el saldo de una cuenta sin resolución judicial alguna. De todas formas, me alegro de que el contacto del Banco de España haya resultado de tu utilidad.
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Aprendizdebrujo 10/02/10 11:03
Ha respondido al tema Chantaje iBanesto ¿Qué hago?
Me permito recordarle al Autor de este desafortunado Post que nos había indicado que plantearía la duda al Banco de España y nos informaría de la solución que hubiera recibido. El Banco de España dispone de un teléfono a estos efectos y el autor de este post y otro similar que pulula por ahí NO se ha retractado de las barbaridades legales afirmadas. Y por cierto, al Ingeniero nada más que comentarle que si no es Ingeniero en Leyes (como ya se ha encargado de demostrar con sus comentarios) haga el favor de no opinar sobre lo que no sabe; es un buen consejo, desde que no comento temas de aeronáutica en el café mis amigos me toman por una persona más inteligente.
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Aprendizdebrujo 09/02/10 18:21
Ha respondido al tema Chantaje iBanesto ¿Qué hago?
Sin animus molestandi, en la página del Servicio Ejecutivo de Prevención de Blanqueo de Capitales SEPBLAC está toda la información al respecto desarrollando el Artículo 5 del Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1993 aprobado por RD 925/1995 de 9 de Junio que dice entre otra muchas cosas lo siguiente "En el momento de establecer relaciones de negocio, los sujetos obligados recabarán de sus clientes información a fin de conocer la naturaleza de su actividad profesional o empresarial. Asimismo, adoptarán medidas dirigidas a comprobar razonablemente la veracidad de dicha información." Que conste que os lo he puesto aquí por las ofensas que está sufriendo algún otro forero por el simple hecho de estar más informado que los demás (imagino que por motivos profesionales) y no gustaros a muchos lo que os cuenta. Si no hubiera sido por eso no andaría regalando por ahí los preceptos que debes buscar que al igual que tú mueves tu dinero por medio punto de tipo de interés yo acostumbro a cobrar por ofrecer asesoramiento legal a mis clientes.
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Aprendizdebrujo 09/02/10 16:08
Ha respondido al tema Chantaje iBanesto ¿Qué hago?
LEY 19/2003 de 4 de Julio sobre el Regimen Jurídico de los Movimientos de Capitales. Que diga Regimen Juridico no se refiere para nada al Poder Judicial ni a nada por el estilo pero en fin... allá tú. La LEY 19/2003 es la que modifica y deroga muchos artículos de la 19/1993 pero lo dicho... allá tú.
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Aprendizdebrujo 09/02/10 15:48
Ha respondido al tema Chantaje iBanesto ¿Qué hago?
Espero que efectivamente traslades la respuesta del Banco de España por muy insolente que sea. Al otro forero que matiza por puntos su interpretación de la actuación de Banesto: A. LEY 19/2003. Se lo ha autorizado una Norma con rango de Ley en trasnposición de una Directicva Comunitaria.Para entendernos, bastante más que un juez y no es que se lo haya autorizado sino que le obliga a hacerlo. B. LEY 19/2003. Cuando se entregó el dinero puede que no cuente todavía con el correspondiente reflejo fiscal en IRPF ó documentación de partición de la herencia ó mil circunstancias análogas. C. Cada cual es muy libre de hacer el ridículo como quiera. C. LEY 19/2003
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Aprendizdebrujo 09/02/10 14:29
Ha respondido al tema Chantaje iBanesto ¿Qué hago?
La cuenta te la van a bloquear unos y otros porque la LEY deben cumplirla TODOS y el Código Civil explica bien clarito que su desconocimiento no exime de su cumplimiento así que mucho menos el no estar de acuerdo con ella ó el que no te salga de la mala educación leértela. De todas formas lo que es de traca es el concepto ese de "mi Caja de toda la vida" que son los que tienen que aguantarte pero la pasta te la llevas a ING porque te pagan 0,25/0,50 más.
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Aprendizdebrujo 09/02/10 11:11
Ha respondido al tema Chantaje iBanesto ¿Qué hago?
A. ) No se quedan con la pasta de nadie; la retienen. B. ) No interpretan Directiva Europea alguna sino los requerimientos que exige la Prevención contra el Blanqueo de Capitales. C. ) Cajero tiene toda la razón del mundo; déjate de batallitas, entrega el IRPF y, si me permites el consejo, pídeles DISCULPAS por haberte pasado de listo viendo fantasmas donde no los había.
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Aprendizdebrujo 04/02/10 19:46
Ha respondido al tema ¿Cambiar plan de pensiones o dejarlo donde está?
Tú mismo pero de tu misma exposición se deduce que en 9 años los angelitos del BBVA no sólo no te han rentabilizado el Plan sino que te pierden al menos unos 2.000 €uros y además te modifican las aportaciones a su antojo por lo que digo yo... Y habiendo tenido nueve años para gestionar tu plan por qué no te contraofertaron antes? Sobre donde lo lleves, es mal momento para casi todos los planes aunque sea un producto que sí te permite asumir más riesgo porque tienes muchos años para rentabilizarlo. Permanencia no te pueden exigir más que si el Plan es garantizado y te sales antes del vencimiento de la garantía perderás la misma y que si te hacen un regalito ó un depósito por el mismo importe ó cualquier trile de esos te van a amarrar por unos cuantos añitos.
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