Si eso fuera cierto, sabrías perfectamente que tú no puedes incapacitar a nadie. Lo haría un juez y no porque lo pidiera alguien como tú, que no eres nadie para él.Metete en tu vida y si no te gusta lo que escribe lo ignoras en lugar de estar amenazando a la gente.
Si te han otorgado la RAI es porque te pertenece. En eso no se equivocan tranquila.Y perjudicar para el subsidio de 52 años tampoco, ya que lo cobrarías igual.Lo único que no tengo claro, y eso lo puedes preguntar allí, es de que si cuando cumplas 52 años tienes que solicitar directamente ese subsidio o te tienes que esperar a agotar la RAI para luego solicitarlo.
Acabo de abrir la cuenta y me piden un justificante con número de cuenta y posición.....eso es un certificado de titularidad? No les vale mandar un recibo o similar?
Permiten 2 titulares el depósito?Cuando se acaba el depósito pasa automáticamente a la cuenta remunerada? O se renueva al interés que haya en ese momento. Gracias
Si, bastante......antes les decían "tira pal cajero y no me molestes"......... ahora les dicen "sería usted tan amable de acompañarme al cajero?, que le explico, pero solo se lo explico una vez, ehhh".....