Buenos días:
Opino que e s deducible de la actividad si se está en estimación directa , cómo un gasto más.
No debe declararse en ninguna casilla del IRPF , sino cómo un gasto de la actividad cómo máximo de 500€ anuales para cada miembro de la unidad familiar hasta los 25 años.
Salvo mejor opinión.
Saludos
Buenos días:
A quién le pudiera interesar ayer recibí carta certificada de hacienda dando por buena la declaración que hice y anulando la paralela que me habían hecho.
El resultado pues es que la venta de participaciones preferentes no generan plusvalías/minusvalias de capital, sólo rendimientos del capital mobiliario positivos o negativos.
Saludos cordiales
Hola :
Sigo creyendo que la venta de las preferentes no genera minusvalia/plusvalia sino rendimiento mobiliario positivo o negativo cómo tb confirman al.rodrigo y Empty.
Copio y pego parte de la guia Cajamar renta (realizada por varios catedráticos) , dónde confirma eso.
En cuanto al régimen fiscal aplicable a las participaciones preferentes, anteriormente descritas,
es el siguiente:
a) La remuneración del apartado c) del apartado anterior tiene la consideración de gasto
deducible para la entidad emisora.
b) Las rentas derivadas de las participaciones preferentes, tanto las derivadas de la remuneración
que otorguen por razón de su tenencia, como las procedentes de su transmisión o
venta, se califican como rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales
propios. Por tanto, tienen el tratamiento de rendimientos de capital mobiliario (DGT: 25/09/
2007).
c) Los rendimientos generados por el depósito a que se refiere el apartado b) del apartado
anterior no se encuentran sometidos a retención alguna.
Veremos en qué queda todo
Saludos
Buenos días:
Lo que te ha dicho Ricarditus es correcto, pero sólo apuntar que el impuesto de donaciones lo puedes liquidar sin acudir a ningún notario, cuándo no se trata de algún inmueble.
En la página de la Generalitat hay un pequeño programa para liquidar dicho impuesto que no tiene dificultad.
Saludos
El apartado 120 tiene varias opciones
pero ninguna la mia.
solo el apartado A QUE DICE COMPLEMENTARIA CON INGRESO
este apartado tiene dos opciones y ninguna la mia, las dejé en blanco
y al presentarlo teleaticamente me da error 0186.
Sabe alguien si existe la opcion declaracion sustitutiva y entregarla
en la gencia?
gracias por anticipado