Yo tengo 3 preferentes pero no puedo ir a la junta, aunque es claro que allí tendrían de aclarar si piensan pagar o no.
Supongo que no podemos emprender acciones legales si ellos no justifican el no pago. El folleto está muy enravesado y es interpretable, aunque yo interpreto que sí nos han de pagar, seguro que un jurista nos lo podría aclarar. Dejo el texto de lo que dice el folleto:
La distribución de la remuneración de las Participaciones Preferentes estará condicionada a la
obtención de Beneficio Distribuible suficiente. No obstante lo anterior, los titulares de
Participaciones Preferentes tendrán derecho a percibir una remuneración parcial a prorrata
hasta el límite que, de acuerdo con los cálculos que resulten de lo previsto en el presente
Folleto, fuere posible, conforme se describe en el apartado 4.7.1.1 de la Nota de Valores.
La nota 4.7.1.1 no aclara nada y aún lía más el tema.