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Afectados OS Banco Popular

757 respuestas
Afectados OS Banco Popular
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Afectados OS Banco Popular
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7 / 52
#91

Re: Afectados OS Banco Popular

http://www.expansion.com/empresas/banca/2017/07/01/5956caef46163f0e798b466e.html

Vamos a analizar esta noticia porque creo que tiene chicha.

Esta cuestión cobró relevancia ayer después de que saliera a la luz que el informe incluía también un escenario favorable, en el que el banco valdría 1.500 millones de euros, algo a lo que podrían agarrarse los accionistas y bonistas afectados para emprender acciones legales. Hasta ahora, el Fondo de Resolución Ordenada Bancaria (Frob) sólo había informado del rango de -2.000 millones y -8.200 millones.

Así que según se deduce de este párrafo, el FROB omitió conscientemente una tercera valoración reflejada en el dichoso "Informe Fantasma". ¿Es esto punible? ¿Quién ordenó y/o llevó a cabo esta omisión?

 

Siguientes párrafos:

Pero según explican a EXPANSIÓN fuentes comunitarias, los reglamentos de la Unión Bancaria obligan a usar una valoración conservadora de la entidad en resolución. Esto excluiría automáticamente la posibilidad de utilizar un escenario optimista, especialmente en lo referente a las estimaciones de evolución de la tasa de mora o las pérdidas futuras. "La valoración se basará en supuestos prudentes, por ejemplo, en lo relativo a las tasas de impago y a la magnitud de las pérdidas", asegura el reglamento por el que se rige la Junta Única de Resolución.

Además, el informe deja claro que la JUR debe ponerse en un escenario pesimista, en cuanto a la posibilidad de recibir ayudas públicas. "La valoración no preverá ninguna potencial aportación futura de ayudas públicas extraordinarias o ayuda en forma de provisión urgente de liquidez del banco central, o ayuda en forma de liquidez del banco central atendiendo a criterios no convencionales en cuanto a garantías, vencimiento y tipos de interés", sigue el reglamento.

 

¡Ah! ¿y Monte dei Paschi? ¿y los dos bancos del Veneto? ¿cómo se interpretan los "reglamentos"? Porque que alguien me explique si las valoraciones no prevén aportaciones públicas ¿qué cojones están haciendo los italianos?

 

Otros párrafos:

Precedentes

Existen precedentes como el del rescate de las cajas de ahorros españolas, en las que las necesidades de capital se determinaron sobre un escenario estresado. O, más recientemente, el de Monte dei Paschi Siena, donde la recapitalización preventiva con dinero público, que podría rondar los 9.000 millones de euros, se establece en función de las necesidades del banco en un escenario adverso.

Además, también advierten de que tan importante como el informe de Deloitte es el precio que ofreció Santander por Popular. Si este hubiese sido superior a 1 euro, ese importe se habría repartido proporcionalmente entre los acreedores subordinados y, si hubiese quedado algo, entre los accionistas.

 

Este último párrafo es la leche, ahora viene cuando lo matan, ¿quién es el responsable de esa "venta"? ¿en base a qué, le arrebata el poder de decisión sobre el futuro de la empresa a sus legítimos poseedores? ¿por qué se acepta 1 euro de la noche a la mañana? Curiosa la interpretación, si el precio hubiese sido superior a 1 euro se habría repartido entre acreedores y subordinados ¿are you kidding me? ¿what the fuck? ¿quién ha sido? ¿el frob? porque si ha sido el FROB, entonces ha sido el ministro de economía, lo que implica que ha sido el gobierno de España.

 

Último párrafo:

De momento, la JUR sigue debatiendo internamente qué hacer con el informe provisional de Deloitte. Una portavoz de la institución asegura que pronto se tomará una decisión al respecto. Mientras tanto, Deloitte trabaja ya en la versión definitiva, que podría estar terminada antes del verano. Sin embargo, tampoco está claro si esta será pública o si se publicará una versión no confidencial.

 

Este último párrafo es pa mear y no echar gota ¿como que sigue debatiendo? ¿pero qué hay que debatir? ¿se puede hacer ninguna otra cosa que mostrar ese "Informe Fantasma"? ¿De verdad me están diciendo que le van a decir a un juez que el único elemento por el que se han violentado el patrimonio de cientos de miles de familias, están "debatiendo" si hacerlo público más de 20 días después de la "venta"? (y mientras tanto Satander vendiendo a espuertas todo lo que puede para borrar huellas del "episodio"). http://www.elmundo.es/economia/2017/06/30/5956a1c322601d5e718b4619.html

http://www.elconfidencial.com/empresas/2017-06-30/golpe-de-santander-a-varde-recompra-aliseda-por-una-decima-de-lo-que-ofrecio-popular_1408095/

 

Cuanto más tiempo pasa, más apesta esta operación, más apesta el Gobierno de España, el Ministro de Economía, el FROB, el Banco de España, la CNMV, el BCE, el JUR, el SAN y la pu....ra madre de todos los que están orquestando este asqueroso episodio.

 

 


 

#92

Re: Afectados OS Banco Popular

esto es increible, ni con bankia nos trajinaron tanto.

#93

Re: Afectados OS Banco Popular

Bueno, bueno, bueno. Tenemos culebrón para rato. Acabo de echar un rato de estudio normativo y observo que nos faltan por conocer 3 valoraciones del Popular. La primera, la provisional, que sigue sin hacerse pública aunque por lo que se ve la conoce mucha gente y creo que es el fundamento de todo este asunto. Mi intención es poner en conocimiento del Defensor del Pueblo por si no se hubiese enterado por los periódicos.

De la web del Defensor del Pueblo: "Aunque el Defensor del Pueblo no puede anular o modificar los actos ni las resoluciones de las administraciones públicas, en el caso de que concluya que se han vulnerado derechos fundamentales, su  misión es convencer a la Administración,  para que adopte medidas que permitan corregir la situación."

Después vendrá la valoración definitiva y que obviamente es totalmente inútil si no se hace pública.

Y para mí la novedad es que habrá otra valoración más para estudiar si habríamos salido perjudicados con respecto a un concurso de acreedores para lo cual debe hacerse otra valoración distinta de acuerdo con el artículo 10 del RD 1205/2015 que os reproduzco al final de esta intervención. 

La verdad es que me entran dudas de si merece la pena empezar a recurrir la resolución, dado que se han limitado a reproducir Directiva / Ley / Reglamento con lo que no veo errores obvios (al margen de que hasta ahora se nos ha privado de lo fundamental lo que hace que la resolución no esté motivada como es exigible).

Es muy probable que la próxima semana plantee el recurso de reposición (coste 0) aunque solo sea para ganar tiempo, si bien entiendo que los plazos deberán ampliarse en el momento en que se haga pública la valoración provisional. Y ojito con el artículo 72 de la ley 11/2015, que entre otras cosas dice lo siguiente:

"La valoración que acompañe a los actos y decisiones del supervisor y de las autoridades de resolución competentes mencionados en el párrafo anterior, no podrá ser objeto de recurso separado, siendo únicamente impugnable en los recursos que se planteen contra aquellos actos y decisiones. Si no fuese impugnada, será utilizada por el tribunal como base de su propia evaluación de los actos o decisiones objeto del recurso contenciosoadministrativo."

Vamos, que los tribunales lo pueden usar como base de su propia evaluación pero yo no tengo acceso a ella. Esto no se sostiene por ninguna parte. Otra cosa es qué consecuencias pudiera tener un reconocimiento de falta de motivación. 

Bueno, para terminar dejo el artículo que mencioné antes sobre la tercera valoración. Mucha paciencia para todos.

 

Artículo 10. Valoración de la diferencia en el trato.

1. A efectos de valorar si los accionistas y acreedores habrían recibido mejor trato si a la entidad objeto de resolución se le hubiera aplicado un procedimiento de liquidación concursal, el FROB adoptará las medidas necesarias para que se lleve a cabo una valoración por un experto independiente una vez realizadas las acciones de resolución. Esta valoración será distinta de la valoración efectuada de conformidad con el artículo 5 de la Ley 11/2015, de 18 de junio. 

2. La valoración prevista en el apartado anterior deberá determinar los siguientes aspectos:

a) El trato que los accionistas y acreedores, o los sistemas de garantía de depósitos en cuestión, habrían recibido si la entidad objeto de resolución hubiera sido sometida a un procedimiento de liquidación concursal en el momento en que se adoptó la decisión a que se refiere el artículo 21 de la Ley 11/2015, de 18 de junio.

b) El trato que efectivamente han recibido los accionistas y acreedores en la resolución de la entidad objeto de resolución.

c) La existencia, en su caso, de diferencias entre el trato contemplado en la letra a) y el trato contemplado en la letra b).

3. La valoración deberá realizare en atención a las siguientes premisas:

a) Partir de la hipótesis de que la entidad a la que se le han aplicado las acciones de resolución hubiera sido liquidada en el marco del procedimiento concursal en el momento en que se adoptó la decisión a que se refiere el artículo 21 de la Ley 11/2015, de 18 de junio.

b) Suponer que las acciones de resolución no se hubieran realizado.

c) Descartar cualquier concesión de ayuda financiera pública extraordinaria a la entidad objeto de resolución.

4. Si la valoración determina que los accionistas y acreedores, o el Fondo de Garantía de Depósitos, han incurrido en pérdidas superiores a las que habrían sufrido si la entidad hubiera sido liquidada en el marco de un procedimiento concursal, tendrán derecho a obtener el pago de la diferencia con cargo a los mecanismos de financiación previstos en el artículo 53 de la Ley 11/2015, de 18 de junio.

#94

Re: Afectados OS Banco Popular

Despues de leeros solo pienso en que hay que ir contra todo este desfalco.... tambien creo que habria que darles toda esta informacion a cualquier abogado que visitemos, hacersela saber para ver si hay alguno con las pe.... fuerzas para denunciar todo esto desde la raiz....

Hay mucha gente afectada y si nos coordinamos podemos hacernos oir, la cuestion es, que abogado/bufete puede y quiere abanderar esta causa investigando y denunciando lo que en este blog se esta contando.

Intentemos encontrar ese bufete y difundamoslo, al igual que estais haciendo con la informacion

Muchisimas gracias por difundir....

#95

9þRe: Afectados OS Banco Popular

Es decir .... sabeis de algun abogado o bufete que vaya a ir a la vía contenciosa ante la Audiencia Nacional y/o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (límite 7 agosto)?

Mas que nada por felicitarle y tal...

Bueno y tambien para que explique como piensa defender el caso...

#96

Afectados OS Banco Popular

TODOS los abogados pueden ir via contencioso administrativo, con un apud acta.

TODOS los abogados pueden ir por via civil con un apud acta, no es obligatorio el poder notarial.

Por via penal la querella esta pillada por  el bufete Yvancos & Abogados.

http://www.expansion.com/blogs/conthe/2017/06/12/el-mur-y-la-supervision-y-liquidez-del.html

El JUR emitira un informe definitivo sobre la decision del Banco Popular con el informe definitivo que prepara Deloitte, asi que es mejor esperar que comprometerse contractualmente con abogados con abusivas cuota litis. 

http://opinioneslimpias.blogspot.com.es/2013/05/los-abusos-judiciales-en-espana.html

Un abogado piensa en su beneficio, y forma parte del mundo judicial.

 

#97

Re: Afectados OS Banco Popular

La de información que aportas es bastante aclaradora.
Es esa posible 3a valoracion aprecio alguna esperanza de que los afectados finalmente puedan recuperar algo de su inversión.

#99

Y Re: Afectados OS Banco Popular

Dándole vueltas otra vez a todos los temas de valoración y tal hay algo que no entiendo.

Si el Popular cayó por un problema de liquidez, entonces es que era solvente, o coincidió exactamente en el tiempo el día que se quedó sin liquidez y el día en el que sus activos menos sus pasivos pasaron a valer -2000 millones.

Y la venta del banco por un euro, ¿se hizo en un proceso de subasta lo más transparente posible como dice la norma o se hizo una negociación entre gobierno y Santander para que valiese -2000 millones, lo justo para barrer a las subordinadas, preferentes, cocos y acciones?

Cada vez creo menos en las casualidades y las independencias aparentes.

#100

Re: Y Re: Afectados OS Banco Popular

De hecho hay algo más que no entiendo. Se supone que la valoración la deberían haber encargado cuando se indicase al FROB que la entidad era inviable, cosa que parece ser que no sucede hasta la noche del día 6. Entonces, ¿de verdad se hizo esa valoración en la noche del 6 al 7 o ya se estaba trabajando en eso y se reaprovechó otro trabajo? Demasiadas cosas no cuadran y la falta de transparecia no ayuda a cuadrarlas.

#101

Re: Y Re: Afectados OS Banco Popular

#102

Re: Y Re: Afectados OS Banco Popular

Yo no soy experto en temas legales... pero no le veo la lógica a que "alguien" (FROB/JUR...quien sea) tome una decisión (venta x 1 Eur) en base a un informe y eso supone un daño a los accionistas y acreedores... pero no tenemos acceso a ese informe.

La lógica dice que ese informe debería ser accesible desde el primer momento, pues es sobre lo que se basa toda la operación. Y a estas alturas ni ha salido a la luz el provisional y "parece que" el definitivo tal vez no sea público.

Claro que esto me lo pueden colar a mi, que soy ignorante en temas legales... pero a ver como se lo cuelan a un juez. Y va a haber muchas demandas, no solo en España, tb en Europa, porque aquí han intervenido muchas instituciones y todas tienen su responsabilidad.

#103

Re: Y Re: Afectados OS Banco Popular

Según la información de los tribuletes 50 super consultores de Deloitte hicieron la valoración provisional en 5 días:

http://www.elconfidencial.com/empresas/2017-06-13/informe-expres-deloitte-apuntillo-quiebra-venta-popular_1398315/

"Un equipo de cerca de 50 consultores de Deloitte entró en las tripas del Banco Popular para realizar en un tiempo récord un diagnóstico que sirviera al Single Resolutio Board (SRB) o Comité de Resolución del BCE para adoptar la intervención. Los expertos de la firma de auditoria y consultoria detectaron dos problemas vitales: las pérdidas ocultas de la cartera crediticia y el déficit de liquidez que impedía al banco atender los reembolsos de los clientes institucionales y minoristas"

Lo que está claro es que el famoso informe provisional no aparece por ningún sitio y es un elemento CLAVE para decidir si vale la pena litigar en el contencioso-administrativo o no.

Es de locos.

#104

Re: Y Re: Afectados OS Banco Popular

Y a ver qué demonios quieren decir los chicos de Deloitte con lo de que detectaron "pérdidas ocultas de la cartera crediticia". Supongo que traducido al cristiano querrán decir créditos sobrevalorados, que no créditos desaparecidos, digo yo.

En cualquier caso especulaciones y más especulaciones hasta que el dichoso informe no sea público.

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