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Adjudicar herencia

5 respuestas
Adjudicar herencia
Adjudicar herencia
#1

Adjudicar herencia

hace 4 años falleció mi madre y no adjudiqué la herencia. ahora deseo hacerlo. cuando liquidé el impuesto de sucesiones valoré un bien por 200.000 eur cuyo valor catastral hoy en día son 90.000 eur. hoy me lo quiero adjudicar pero tengo varias dudas:

1)que valor escrituro en la adjudicación? el notario me admite por tablas de Hacienda el catastral (sobre 100.000eur aunque sea inferior al de sucesiones. es válido?

2)si adjudico y escrituro en 100.000eur ése pasa a ser  el nuevo valor de transmisión del terreno?

3)si vendo la propiedad en un futuro en mi declaración de la renta que valor uso para liquidar el beneficio que obtenga?

        - los 200.000 eur sobre los que liquidé en el impuesto de sucesiones?

        - los 100.000eur por los que me adjudiqué el terreno hoy?

4lla minuta notarial es más cara si adjudico el terreno en 100.000 eur que en 200.000 o esto no influye en sus honorarios?

gracias.

 

 

#2

Re: Adjudicar herencia

Debes adjudicar por los mismos valores que en el impuesto de sucesiones, ya que todo se retrotrae a fecha de fallecimiento, es simplemente la plasmación en documento público. Lo cual no implica que hacerlo por menos sea ilegal, pero complicaciones si puede traer. A casi todos los efectos, el valor de adquisición seguirá siendo el del impuesto y no el nuevo, por lo tanto, en caso de venta es el del impuesto, pero saldrá una discrepancia con la escritura y te pediran explicaciones al respecto.

Efectivamente, la minuta va en proporción al valor de los bienes, por lo que el notario sale más caro cuanto mas lo valores.

Un saludo

#3

Re: Adjudicar herencia

Buenos días,

Legalmente se debe escriturar por el valor venal, esto es el valor de mercado

No estamos condicionados por el que se declaró en la liquidación del impuesto de sucesiones

Los gastos de notaría son más elevados si es escritura por mayor valor pero la minuta del notario no es demasiado elevada

Lo que sí que es muy elevado es el impuesto sobre la renta cuando se venda la propiedad, por lo que habitualmente y tratándose de una transmisión entre parientes de primer grado (excasamente gravado en sucesiones), salvo excepciones, se aconseja siempre el mayor valor.

En el supuesto de que se transmitiese la propiedad por un valor menor al declarado se podría tener una pérdida a compensar en el ejercicio y los 4 sucesivos, si se trasmite por ese valor no había ganancia patrimonial y si es por un valor menor se tomaría el declarado en su día en el impuesto salvo que no coincida el de la escritura pública.

Un saludo,

#4

Re: Adjudicar herencia

Gracias.

#5

Re: Adjudicar herencia

Gracias

#6

Re: Adjudicar herencia

Perdona, pero un poco condicionados por el impuesto de sucesiones si que estamos, hay que tenerlo en cuenta sobretodo si son de fechas cercanas, y como digo en mi post, hacerlo por un valor distinto conllevará sus complicaciones en varios impuestos. Yo no recomiendo escriturar por valores distintos, si acaso cuando el fallecimiento fue muchos años antes, y esa actualización de valores no deja de tener sus problemas...

Un saludo

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