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Otro método de la empresa Ausbank: la mentira

27 respuestas
Otro método de la empresa Ausbank: la mentira
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#1

Otro método de la empresa Ausbank: la mentira

Afirma Telebank, de la empresa Ausbank, en este Foro:
"¿Se les olvida que han votado lo que dictó Pascual en su Convenio de Acreedores y que del texto que dictó no cambiaron Vds. ni una sóla coma?"
MENTIRA. La empresa Ausbank nunca podría afirmar lo que Pascual presentó como SU Convenio porque no quiso estar en la mesa que lo recibió, ni ninguno de los presentes en aquella mesa (Eurobank, FGD, los afectados representados por ADAEM y Adicae-en un inicio-)le ha transmitido a ese proveedorcillo ninguna información de lo que allí pasó. Es su gran piedra en el zapato que intenta disimular lanzando afirmaciones COMPLETAMENTE FALSAS. Entérate del Convenio inicialmente propuesto, proveedorcillo de querellas, y conoce quien dictó el qué a quien y para cuando (no tienes ni PUTA IDEA, pero ya conocerás toda la verdad cuando quienes realmente se lo están currando consigan sus objetivos). Mientras tanto, sigue mintiendo como un bellaco.

#2

También utilizan la tergiversación para manipular:

Comenta Nabeca en este Foro sobre palabras de Telebank, de la empresa Ausbank:

"No hay manera, o sigues inventando o lees entre líneas. La frase es “tal vez, puede ser que valoren más el desquite que el dinero”. ¿No necesitarás un curso de análisis gramatical? ahora creo que lo llaman análisis de texto.

Lo mismo con “lo único que les interesaba era recuperar el dinero”. ¿No se trata de una nueva interpretación tuya? porque único, único … es mucho decir.

Por cierto, es la segunda vez, en una semana, que cuelas en el foro “el voto a favor del convenio dificulta la demanda de daños y perjuicios”. ¿Para los que se adhirieron?, esos, según tú, no tenían derecho. ¿Para los que no se adhirieron?, para esos parecía que no había ninguna duda. ¿Estás reculando o no tenéis ninguna solicitud para dicha demanda?."

¿Os dais cuenta del intento sutil de suplantar contenidos de Telebank, de la empresa Ausbank? En mi pueblo, se llama tergiversación, y la finalidad es al manipulación de la comprensión.

#3

Y, por fin, la insidia:

Los necesita como úmico argumento para hacerse valer. Desacreditar a quien no quiere seguir sus pasos:

LA EMPRESA AUSBANK DICE EN ESTE FORO:
"...Asimismo, es un hecho que el citado individuo que firma como "justicia" ha mostrado en distintos mensajes interés en intervenir de forma "privada" en los contactos para la venta de los inmuebles de EUROBAnk”.

MI RESPUESTA:

“Efectivamente:
...
-Intenté e intento que la posibilidad de compra de los inmuebles de Eurobank por cualquier empresa o persona sea lo más beneficiosa posible para la consecución de los objetivos planteados por la gran mayoría de los consumidores afectados que todavía nos ocupamos del tema. Por hacerlo, la empresa Ausbank parece intentar hacer creer a quien lea estos hilos que yo pretendo sacar provecho al margen de mis propios derechos derivados de mi condición de acreedor en el proceso de suspensión de pagos. Si la empresa Ausbank llegase a afirmar que así es, le conmino a que lo pruebe; de otra manera, demostrará su habitual método de tirar la piedra y esconder la mano, mintiendo para intentar defender su postura. Y si no lo afirma, pues que no lo insinúe, pues estaría utilizando otro de sus muy manoseados métodos de insinuación insidiosa para intentar desligitimar posiciones diferentes a la suya..."

Señores de la empresa Ausbank: ¿Lo afirman, insinúan o reconocen que no pueden afirmarlo? A la última frase de mi cita, que comentarios realizan?

#4

¿Quien puede comprarle productos a una empresa así?

Que se lo piense.

#5

Re: ¿Quien puede comprarle productos a una empresa así?

Es una huida hacia adelante. Saben que han metido la pata hasta el fondo y ya no rectifican por cobardía. Eso es todo.

#6

Parece que se altera Vd. un poco.

Parece que en cuanto le fallan los argumentos se altera bastante y vuelve a los insultos, cuando Vd. mismo afirmó que no iba a reincidir en ese vicio tan personal suyo y del resto de los "personajes" que Vd. representa en este foro.

Pues no se altere tanto, pues el Convenio que presentó EUROBANK y el FGD no lo cambiaron Vds. en absolutamente nada, ni una coma, en lo que atañe a las dos cláusulas relevantes, es decir, la claúsula de impunidad que permaneció tal cual incluso en lo relativo a los presuntos intereses y el cobro del FGD en competencia con los depositantes, que también lo dejaron Vds. igual que estaba.

Por mucho que Vd., atendiendo a presiones que parece le resultan insoportables, nos acuse una y otra vez de "mentir" con malos modos y peores razones, los hechos son éstos. El COnvenio que Vds. votaron quedó, en lo que afecta a los depositantes, tal cual lo propusieron EUROBANK y el FGD: impunidad para el primero excepto en la devolución del principal y cobro a la par con los depositantes y en las mismas condiciones para el segundo. Ninguna condición hubo en ese Convenio específicamente favorable a los depositantes.

Se han dado alguno de Vds. tanta importancia por haberse sentado en los despachos de EUROBANK y del FGD, y tienen tantas ganas de que les reconozcan el éxito que han creído alcanzar que no se han percatado de los hechos: desde luego, hay que reconocer que EUROBANK y FGD tuvieron una gran pericia en escoger a los que se sentaron en la "mesa" de la que Vd. habla, pues habiéndoles colocado lo que pretendían, esos "caballeros de la mesa cuadrada" - bien que de pacotilla a tenor de su poco temple- no dudan éstos en proclamar ufanos su "gran victoria".

No es que tengamos ningún interés en quitarles a Vds. sus ilusiones de la cabeza, lo que sucede es que su postura obstaculiza la pretensión, tambíén legítima, de reclamar daños y perjuicios. Y es aquí donde les señalamos que sus opciones son rectificar o asumir las consecuencias, lógicamente.

Si VD. insiste en afirmar que negociaron el Convenio, en realidad, lo que está haciendo a cuenta de su mucha petulancia y vanidad es reforzar la validez de la claúsula de impunidad que equivocadamente votaron. En otro hilo alguien ha escrito que tal vez Vds. estuvieran equivocados: es casi seguro que lo estuvieron. Pero con mucho lo grave es que persista en defender sus pretendidos triunfos sin atender al perjuicio que provocan: esos "triunfos" no son suyos, sino de EUROBANK y del FGD. Lo que Vd. toma por triunfo no es más que la voluntad que hábilmente les ha vendido como una falsa "negociación" EUROBANK y el FGD.

Por otro lado, aunque parece que Vd. se ufana de haber asistido a esa "mesa" en la que EUROBANK y el FGD les "vendieron la moto" del Convenio con tanto éxito para ellos, no es Vd. representante legal de Adaem, aunque parece que se dedica "full time" a escribir y lanzar descalificativos a AUSBANC CONSUMO en éste y en otros foros sobre el tema por pura "filantropía", según Vd. De todo ello se desprende una gran confusión de la que sólo puede extraerse como conclusión una presunción y una petulancia extremas.

Desde luego, AUSBANC CONSUMO no asistió en ningún momento a esa "mesa", pues desde el primer momento manifestó su rechazo a la suspensión de pagos que Vds. apoyaron sin contrapartida alguna. Ahí están las dos condiciones fundamentales del Convenio, que se aprobaron tal cual venían redactadas. Y no nos vengan con lo de cobrar a los quince días porque esa condición no se ejecutó afortunadamente, pues el Juzgado decretó el levantamiento parcial de la suspensión antes de que se votara ese Convenio. Solo algunos desaforados defensores de esa "negociación" como Vd. mismo, seguían clamando por el voto a favor del Convenio redactado por Pascual y Cía una vez ya se había cobrado el 75 % decretado por el Juzgado.

Si el nerviosismo que

#7

Parece que se altera tambén con lo del 30 %

AUSBANC CONSUMO ha aportado aquí el dato hecho público por los Colegios de Notarios de España por el cual, la media de "dinero negro" implicado en las transacciones inmobiliarias es del 30 % del precio.

Este dato, por sí mismo y sin ninguna otra consideración es motivo más que suficiente para considerar saludable un control judicial directo - vía subasta pública - o adminsitrativo vía art. 270 LSA de acuerdo con la PNL aprobada por la Comisión de Economía del Congreso - de las ventas de los activos inmobiliarios de EUROBANK, si es que la venta se produjera mediante una oferta "privada".

AUSBANC CONSUMO plantea por tanto como opciones para la venta de los activos inmobiliarios de EUROBANK, bien una subasta judicial pública, bien un control externo por parte del Gobierno de acuerdo a la PNL de las operaciones.

Los interesados "por buena voluntad y filantropía" en el proceso de venta de estos inmuebles, deberían ser los primeros en apoyar esta posición.

#8

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