Re: ¿ por que no responden ?
En el mundo del derecho hay muchísimas puertas, pero no todas llevan al mismo lugar. Es de sobra conocido que la legalidad no es sinónimo de justicia, hasta el siglo XIX la esclavitud, en determinados países, era legal y, evidentemente, era de "ius cogens" su injusticia.
Es cierto que quien se haya adherido al Convenio ha de estar y pasar por él. La gran pregunta es: ¿Qué hubiese pasado de no haberse firmado el Convenio? Sencillamente, y eso lo dice la Ley, que quedaría, en tal caso, expedita la vía para que se pudiese solicitar la quiebra. En tal supuesto, ¿Quién garantiza que alguien no la hubiese solicitado? En tal supuesto. ¿qué, a quién, cuándo y cómo cobrarían lo que se les debe? Estos interrogantes, sencillamente, no se pueden responder a ciencia cierta; todo hubiese sido posible.
Es cierto que la Ley de Suspensión de pagos de 1922 era un fraude ventajoso para muchos empresarios. Tan es así que en septiembre de este año ha entrado en vigor una nueva Ley concursal y se han creado Juzgados especializados en asuntos mercantiles para intentar paliar los muchos abusos cometidos. Pero, lamentablemente, en el caso que aquí se está sustanciando las reglas del juego estaban establecidas en la Ley de 1922 y, por consiguiente, el procedimiento que se ha seguido ha sido el que dicha Ley marcaba.
Ahora cada cual debe valorar si lo que ha hecho le ha beneficiado o le ha perjudicado, valoración, naturalmente, subjetiva.