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Levantamiento Suspensión

3 respuestas
Levantamiento Suspensión
Levantamiento Suspensión
#1

Levantamiento Suspensión

En mi anterior mensaje apoyaba la solicitud de Ausbank para el levantamiento de la suspensión.
Me veo en la obligación de formular una salvedad. La suspensión implica la tutela judicial. El levantamiento implica acciones particulares. En principio esto sería más favorable para los afectados
puesto que de hacerse un cierre de hecho de la sociedad se podría buscar responsabilidades patrimoniales al presidente o administrador como persona física. Si la sociedad sigue abierta se pueden embargar bienes fincables y frutos y rentas. Pero quiero hacer constar que sería una carniceria jurídica que después de haberme tomado la molestia de leer en profundidad los mensajes del foro en los últimos meses, creo que estaría farragósamente orquestada. Por no hablar de la conveniencia de la misma para determinados despachos. La decisión de solicitar el levantamiento es tan sólo un mecanismo sutil de presión, que tendrá su efecto a nivel posterior, por que el juez nunca lo estimará adecuado sino hay fondos para pagar la totalidad de las deudas. Espero que los afectados puedan llegar a comprender estas maquiavélicas decisiones llenas de contradicciones, por que así es como se habilitan los mecanismos más sutiles del aparato socio político en estos tiempos que corren.
Moraleja: Pedir el levantamiento pero con condiciones de tutela que no serán admitidas por no ajustarse a derecho.
Un saludo, Luis

#2

Re: Levantamiento Suspensión

Los "peros" que pones son muy evidentes y se han hecho más notorios con la aparición del balance. Esos "peros" son precisamente los que tenemos que evitar, no podemos meternos en largos y costosos procesos. No podemos dejarnos llevar a esa situación, se levante o no se levante la suspensión de pagos.

#3

Re: Levantamiento Suspensión

Totalmente de acuerdo.

#4

Re: Levantamiento Suspensión

Ya se ha comentado por activa y por pasiva que un deudor controlado e intervido es garantía para los acreedores.

Lo primordial: cobrar la mayor cantidad posible y lo más rápido posible y el resto comprometido, vigilado y garantizado.

Si se levantara la suspensión, ya se sabe: el dinero volaría y sálvese quien pueda.
A buscarse la vida en procedimientos individuales costosos y muy largos, y además sin esperanzas de encontrar dinero o bienes con que cobrar.

ADAEM debe seguir en el sentido tratado en la reunión.

Saludos.

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