Tal vez sea un atrevido al responderte pues no soy letrado en cuestiones jurídicas.
Que sólo sirva como apunte para que otros que sepan más que vayan corrigiendo. Tómalo sólo a nivel de indicación.
Si no recuerdo mal el acto de solicitar un seguro de vida implica una aceptación que puede revocarse en 15 dias desde la fecha de solicitud. (Pero ten en cuenta que, casi con toda la probabilidad, no te han informado claramente de lo que te querían vender tal y como marcó la recomendación del BdE en su informe de marzo/2003).
El acto de firmar la póliza lo que hace es 'perfeccionar un contrato solicitado', y más cuando tomador y asegurado son distintas personas (si no hay consentimiento del asegurado no tiene sentido un seguro de vida contra la voluntad de la persona paciente del mismo). (Además en él deben recogerse los activos originales de una inversión tipo Unit Link como nos asignaron).
El acto de solicitar un rescate no debe suponer reconocimiento tácito de algo no firmado con anterioridad si dicha solicitud se realiza 'forzado por las circunstancias y la actitud de la Entidad'. (En este caso, y como tú apuntas, es tan obvio que o lo haces o no cobras y encima en tono amenazante).
El hecho de firmar un anexo (incluida la aceptación de una supuesta e incomprensible penalización) no tiene porqué suponer otra cosa que lo expuesto en el punto anterior (estado de necesidad obligado por la actitud del verdadero infractor y causante del desaguisado).
Además aquí viene algo muy bueno. Se ha escuchado por ahí que el hecho de recibir intereses era también un consentimiento tácito (ja ja)
¿Y como se explica que el hecho de firmar ese anexo, que provoca la extinción del 'pacto' y la finalización de la supuesta 'relación contractual', en nuestro caso se acompaña de un incumplimiento del pago fruto de esa extinción y encima se acompaña de una desobediencia al Organismo Interventor, en este caso la Generalitat?
Quién incumple es la Entidad por no tener liquidez.
Dicho todo esto de forma tan inconexa, a estas alturas CREO, que lo menos importante de todo es firmar o no el anexo. Lo importante es cobrar el grueso de tus ahorros y después ya veremos. Es sólo una opinión y deberías pedir consejo legal.
Saludos