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Baja voluntaria en mi periodo de pruebas en una ett

4 respuestas
Baja voluntaria en mi periodo de pruebas en una ett
Baja voluntaria en mi periodo de pruebas en una ett
#1

Baja voluntaria en mi periodo de pruebas en una ett

Buenas . Entre a un trabajo,el martes día 21 hará los 15 días . Estaba cobrando una ayuda . Me dijo la ETT que si me voy en mis 15ndias .osea el martes día 21 de octubre de 2025.,no habría problema para seguir cobrando mi ayuda por estar de prueba y no renovar ... Es verdad??? Muchas gracias 
#2

Re: Baja voluntaria en mi periodo de pruebas en una ett

Habría que saber el tipo de ayuda que estás percibiendo, pero en principio si te vas voluntariamente, aunque estés en periodo de prueba, el SEPE puede considerar que has abandonado voluntariamente un empleo, y te podrían denegar la reactivación de la ayuda. 
Por otro lado, en algunos casos concretos puedes reactivar la ayuda, si causas baja voluntaria de un trabajo que no llega a los 3 meses, y ya estabas cobrando una ayuda previamente suspendida.
No pierdes la ayuda si la empresa te despide, aunque estés en periodo de prueba, si la empresa no te renueva ó te comunica que no continúas.
Otra opción, es que la ETT sea quién te comunique que "no superas el periodo de prueba", lo cual sí permitiría reactivar la ayuda.
#3

Re: Baja voluntaria en mi periodo de pruebas en una ett

Estoy cobrando la ayuda esa mínima vital esa de 570 euros más o menos .es que me quedan 15 días más . Pero no aguanto es un trabajo en una cadena pero es demasiado heavy :( llego a casa que no puedo no moverme .entonces no podría?? La ETT me pide una carta  de ....
`ok, necesitaré un escrito de puño y letra conforme decide no superar el periodo de prueba`. Eso me puso la ETT 
#4

Re: Baja voluntaria en mi periodo de pruebas en una ett

Podrías perder el IMV, si te vas tú voluntariamente, aunque estés en periodo de prueba. Irte por decisión propia (baja voluntaria) puede hacer que la Seguridad Social te suspenda o recorte el Ingreso Mínimo Vital, ya que una de las obligaciones del IMV es no rechazar empleo ni abandonar trabajos sin causa justificada. El artículo 36 de la Ley del Ingreso Mínimo Vital indica que puedes perder el derecho al IMV si: “Se produce el rechazo o abandono de un empleo, sin causa justificada, cuando ello pueda suponer una mejora en la situación económica del beneficiario.” Por tanto, se puede considerar un abandono injustificado, y eso es causa de sanción, que conllevar suspensión temporal del IMV, reducción de la cuantía e incluso pérdida definitiva en casos reincidentes.
En cambio, si la empresa te cesa (no superas el período de prueba), sí puedes seguir cobrando el IMV sin problema, o también si lo efectúa la ETT porque justifica que no superas el periodo de prueba.
#5

Re: Baja voluntaria en mi periodo de pruebas en una ett

Entonces me tengo que joder?? Es 100 x cien tú respuesta compi ?? Que cabrones que son :(