Podrías perder el IMV, si te vas tú voluntariamente, aunque estés en periodo de prueba. Irte por decisión propia (baja voluntaria) puede hacer que la Seguridad Social te suspenda o recorte el Ingreso Mínimo Vital, ya que una de las obligaciones del IMV es no rechazar empleo ni abandonar trabajos sin causa justificada. El artículo 36 de la Ley del Ingreso Mínimo Vital indica que puedes perder el derecho al IMV si: “Se produce el rechazo o abandono de un empleo, sin causa justificada, cuando ello pueda suponer una mejora en la situación económica del beneficiario.” Por tanto, se puede considerar un abandono injustificado, y eso es causa de sanción, que conllevar suspensión temporal del IMV, reducción de la cuantía e incluso pérdida definitiva en casos reincidentes.
En cambio, si la empresa te cesa (no superas el período de prueba), sí puedes seguir cobrando el IMV sin problema, o también si lo efectúa la ETT porque justifica que no superas el periodo de prueba.