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Pluriactividad y limite de cotización

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Pluriactividad y limite de cotización
Pluriactividad y limite de cotización
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Pluriactividad y limite de cotización

Hola a todos,

Actualmente estoy planteando darme de alta como autónomo para realizar un par de proyectos por las tardes que puedo compatibilizar con mi trabajo por cuenta ajena.

La duda que me surge es cual debería ser mi base de cotización como autónomo dado que cotizo por la base máxima en mi trabajo por cuenta ajena.

En la web de la Seguridad Social solo he encontrado esta información que os indico abajo pero no me queda claro si ese limite se refiere a la cuota o bien a la base de cotización, creo entender que aun cotizando por la base maxima debo cotizar por la minimo con autonomo y me seran reintegradas el 50% de las cuotas.

Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 (Bases y tipos de cotización para 2010)

http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/index.htm?dDocName=127462&C1=1001&C2=2005

7. Los trabajadores autónomos que, en razón de su trabajo por cuenta ajena desarrollado simultáneamente, coticen, respecto de las contingencias comunes, en régimen de pluriactividad y lo hayan hecho en el año 2010, teniendo en cuenta tanto las aportaciones empresariales como las correspondientes al trabajador en el Régimen General, así como las efectuadas en el Régimen Especial, por una cuantía igual o superior a 10.752 euros, tendrán derecho a una devolución del 50 por ciento del exceso en que sus cotizaciones superen la mencionada cuantía, con el tope del 50 por ciento de las cuotas ingresadas en el citado Régimen Especial, en razón de su cotización por las contingencias comunes de cobertura obligatoria.

La devolución se efectuará a instancias del interesado, que habrá de formularla en los cuatro primeros meses del ejercicio siguiente.

Gracias!