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Es una vergüenza dejar a la gente sin ingresos y fomentan el no trabajar

1 respuesta
Es una vergüenza dejar a la gente sin ingresos y fomentan el no trabajar
Es una vergüenza dejar a la gente sin ingresos y fomentan el no trabajar
#1

Es una vergüenza dejar a la gente sin ingresos y fomentan el no trabajar

Situation de mi mujer, estaba apunto de cobrar el rai.... pero le salió un trabajo.... 
trabaja 92 dias.... ahora viene el cachondeo.... cobra 4meses.... subsido por no a ver cotizado lo suficiente....
ahora viene lo bueno... va a pedir prorroga del subsidio y le dicen que no.. como no ha trabajado mas de 6 meses... no le pertenece
entonces intenta solicitar el rai.. y le dicen que como ha trabajado mas de 90 dias, ya no es parada larga duración
en fin 0€ ajo y agua... ahora estamos en casa sin trabajar ninguno y cuarentena 

he sumado.... lo ganado en esos meses..... y luego sumado lo que hubiera cobrado de rai 12meses mas o menos se queda a la par.... con la diferencia que estuvo dando el callo y gritos y humillaciones.. tipico trabajo eso ke abunda tanto en españa que se creen que te hacen un favor por pagarte un sueldo... 
cuando eres tu el que produce.... ya sabe lo que hara la proxima vez con contrato de 3meses limpiarse el culo

#2

Re: Es una vergüenza dejar a la gente sin ingresos y fomentan el no trabajar

esto ke lo saque del boe no se lo puede aplicar.. pues no es bja y reincorporacion no?
pues el rai cada año que se pide es como si fuera nuevo no? madremia valla manera marearnos para jodernos..

 Artículo 9. Baja y reincorporación al programa. 1. Causarán baja definitiva en el programa los trabajadores en los que concurra alguno de los hechos siguientes: a) Incumplimiento de las obligaciones que implique el compromiso de actividad y que se concretan en el plan personal de inserción laboral, salvo causa justificada. b) No comparecer, previo requerimiento, ante el Servicio Público de Empleo Estatal o ante los servicios públicos de empleo, no renovar la demanda de empleo en la forma y fechas que se determinen en el documento de renovación de la demanda o no devolver en plazo a los servicios públicos de empleo el correspondiente justificante de haber comparecido en el lugar y fecha indicados para cubrir las ofertas de empleo facilitadas por dichos servicios, salvo causa justificada. c) Rechazo de una oferta de colocación adecuada o de participación en programas de empleo o en acciones de inserción, orientación, promoción, formación o reconversión profesionales, salvo causa justificada. d) Trabajo por cuenta propia o ajena a tiempo completo, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.d), por un período de tiempo igual o superior a seis meses. e) Obtener pensiones o prestaciones conforme a lo establecido en el artículo 10.1.c), así como obtener ayudas sociales, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.e). f) Dejar de reunir el requisito de carencia de rentas, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.a), y salvo lo previsto en el apartado 3. g) Acceder a una prestación por desempleo, a un subsidio por desempleo o a la renta agraria, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.b). h) Traslado al extranjero, salvo lo previsto en el apartado 3. i) Renuncia voluntaria a la renta activa de inserción. j) Obtener o mantener indebidamente la percepción de la renta activa de inserción. k) Agotar el plazo máximo de duración de la renta activa de inserción. 2. Los trabajadores que causen baja definitiva en el programa sólo podrán volver a ser admitidos en éste cuando se cumpla lo establecido en el artículo 8.3. 3. Causarán baja temporal en el programa, sin consumo en la duración de la renta, los trabajadores incorporados a aquél en los que concurra alguno de los hechos siguientes: a) El trabajo por cuenta ajena a tiempo completo por un período inferior a seis meses. b) El trabajo por cuenta propia por un periodo inferior a seis meses. c) La superación del límite de rentas, por un periodo inferior a seis meses. d) El traslado al extranjero para la búsqueda o realización de trabajo o perfeccionamiento profesional o cooperación internacional por un periodo inferior a seis meses.