Si el contrato se registra como TRADE, tendrás unos derechos "similares" a un trabajador laboral ordinario.
Si no es el caso, se supone que eres un ente-empresa totalmente autónomo.
Que la cosa sea rentable o no, depende de facturación y dedicación. ¿900 € más autónomos? ¿Por cuanta dedicación? ¿900 netos todfo incluido, dedicación fulltime?
La unica obligación de pago de impuestos es entregar el IVA recaudado cada tres meses, modelo 303. Respecto del IRPF, se supone que tus facturas ya llevarán retención en origen, así que no estarás obligado a más. Y pagar la cuota del RETA cada mes.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!