Consulta lega - Dificultad 7/10
Estimados,
La pregunta es bastante sencilla aunque no creo que la respuesta lo sea tanto. Me han ofrecido un trabajo en emiratos arabes y dejo mi actual empresa para desplazarme alli y fijar mi residencia de forma permanente.
Sin embargo, mi actual empresa me ofrece la posibilidad de seguir realizando trabajos para ellos pagando por mis honorarios. Estudiando las distintas posibilidades (desde aútonomo a S.L.Unipersonal) he encontrado una falta de información en las website del ministerio de asuntos exteriores, seguridad social o agencia tributaria.
1 - ¿Sería posible ser residente y trabajador en Emiratos Arabes y ser el administrador y único trabajador de una SLU que cotice por los trabajos realizados? Entiendo que aplicaría el tipo impositivo español en este caso
2 - Por favor, corregidme si me equivoco pero entiendo que esto plantea importantes beneficios como el no perder la cotización en la SS a pesar de irte al extranjero, tener derecho al paro inmediato si necesito regresar, etc.
3 - Entiendo que al estar más de 183 días fuera de España y pasar a ser residente aplica el convenio de doble imposición con EUA lo que significaría que se pasa a declarar en el extranjero básicamente el salario o nómina mientras que se tributa en España por los bienes que se quedan aqui como inmuebles, acciones, etc...y LA CITADA EMPRESA.
Agradezco mucho vuestras respuestas, comentarios, sugerencias, etc...
Gracias de antemano y un saludo,
Yomism0