Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Acceso a datos de empresa

1 respuesta
Acceso a datos de empresa
Acceso a datos de empresa
#1

Acceso a datos de empresa

Hola, mi familia tiene una empresa (Sociedad Anónima), actualmente mi hermana es la encargada de dicha empresa, que en la actualidad es de dudosa rentabilidad (es más, se comenta que la deuda en grande), de hecho ha decidido vender parte del negocio. El problema radica en que la persona encargada del negocio, aún siendo su deber reportar cuentas al resto de la familia, se niega. Por la otra parte del problema resulta que mi madre que es la propietaria, no pide tampoco cuentas (es mayor y no quiere saber nada del tema). Somos 2 hermanos más que no podemos acceder a los datos fianancieros que demuestren la situación real de la misma.

Mi pregunta es cómo podría acceder de una forma fiable y anónima a esos datos, (hacienda, cámaras de comercio, o empresas tipo e..informa o demás...). La otra forma que veo es enfrentarme a mi hermana y andar de abogados, cosa que tengo como último recurso.

Espero vuestra ayuda. Gracias por adelantado.

#2

Re: Acceso a datos de empresa

Buenos días Leandro75,

Cualquiera puede solicitar las cuentas anuales en el Registro Mercantil.

No obstante, indicarte que los socios tienen derecho de información. En las SA, Hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la junta, los accionistas podrán solicitar de los administradores las informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, o formular por escrito las preguntas que consideren pertinentes.

Los administradores estarán obligados a facilitar la información por escrito hasta el día de la celebración de la junta general.

Durante la celebración de la junta general, los accionistas de la sociedad podrán solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. Si el derecho del accionista no se pudiera satisfacer en ese momento, los administradores estarán obligados a facilitar la información solicitada por escrito, dentro de los siete días siguientes al de la terminación de la junta.

Los administradores estarán obligados a proporcionar la información solicitada salvo que esa información sea innecesaria para la tutela de los derechos del socio, o existan razones objetivas para considerar que podría utilizarse para fines extra sociales o su publicidad perjudique a la sociedad o a las sociedades vinculadas.

La información solicitada no podrá denegarse cuando la solicitud esté apoyada por accionistas que representen, al menos, el 25% del capital social. Los estatutos podrán fijar un porcentaje menor, siempre que sea superior al 5% del capital social.

A partir de la convocatoria de la junta general, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como en su caso, el informe de gestión y el informe del auditor de cuentas.

En la convocatoria se hará mención de este derecho.

Socios minoritarios en la SL:  Salvo disposición contraria de los estatutos, durante ese mismo plazo, el socio o socios de la sociedad de responsabilidad limitada que representen al menos el 5% del capital podrán examinar en el domicilio social, por sí o en unión de experto contable, los documentos que sirvan de soporte y de antecedente de las cuentas anuales. Esto no impide ni limita el derecho de la minoría a que se nombre un auditor de cuentas con cargo a la sociedad.

Espero haberte ayudado y que se solucione vuestro problema!

Un saludo