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Imv - Ingreso mínimo vital

8 respuestas
Imv - Ingreso mínimo vital
Imv - Ingreso mínimo vital
#1

Imv - Ingreso mínimo vital

HOla buenas tardes a todos ,alguien de Santander que le allá pasado lo mismo que Ami ,en lo de posibles cobros me pone solo 88,20 y lla los cobre este mes lo de la paguilla ,por lo tanto no lo entiendo que me ponga lo mismo para febrero y no pone nada del la mensualidad como siempre me ponía ,
#2

Re: Imv - Ingreso mínimo vital

Ya te contesto yo, es que no te había leído. Posibles cobros... ya lo has dicho todo...(posibles), no te guíes por eso, ve a las notificaciones telematicas de ss. Y ahí  tendrás una,  te pondrá lo que se te queda para cobrar y lo de la paguilla. 
#3

Re: Imv - Ingreso mínimo vital

Hola buenas tardes ,si es que me pone 88,20 para el 21de febrero y eso lo cobre el 20 de enero ,y digo aver si solo boy a cobrar eso ,como siempre me pone en lo de posibles cobros cuando me ingresan la mensualidad ,y esta vez solo veo los 88,20 me rallado la verdad ,gracias por contestarme 
#4

Re: Imv - Ingreso mínimo vital

Pq se supone que son cantidades fijas, eso lo hace un ordenador automáticamente, y es una previsión, en base a movimiento anterior. Haz lo que te he dicho para saber lo que vas a cobrar
#5

Re: Imv - Ingreso mínimo vital

Yo soy del Santander y me pone igual , pero es porq repiten lo último cobrado o los últimos recibos con la misma cantidad que lo pagado el mes anterior , es estimativo y automático.
No eches cuenta
#6

Re: Imv - Ingreso mínimo vital

Muchas gracias Lola 
#7

Re: Imv - Ingreso mínimo vital

I compañía por contestarme 
#8

Re: Imv - Ingreso mínimo vital

Hola buenos dias. Nose si alguien podria ayudarme con la duda que tengo. Desde septoembre 2021 estoy cobrando el imv. A efectos de marzo 2021. En agosto mi pareja cumplió 45 años y es ahora cuando nos hemos enterado que puede solicitar el subsidio para mayores de 45. Es obligatorio pedirlo para poder seguir cobrando el imv?
Pasa algo con el imv si el subsidio no lo pidió al cumplir los 45 y lo pide ahora 6 meses despues?
#9

Re: Imv - Ingreso mínimo vital

No pasa nada, lo único que pasa es que cambia vuestra situación en cuanto empiece a cobrarlo y debéis comunicarlo a la SS, ya que cualquier cambio en la situación de la unidad familiar es obligatorio comunicarlo en los 30 días siguientes a que se produzca. O sea , en los 30 días siguientes a que le aprueben la prestación. Cuando actualicen los datos con los ingresos correspondientes al año en que perciba el subsidio lo tendrán en cuenta para recalcular la cuantía del IMV.