Re: Aborto
Acabo de buscar la lex sanitaria, expedición de certificados de defunción, con fecha 2012, mira aquí:
http://www.lexsanitaria.com/el-certificado-medico-de-defuncion/
Baja bastante hasta el apartado "Situaciones pediátricas especiales" pone esto :
Recién nacidos:
"Cualquier recién nacido que sobreviva más de 24 horas debe ser registrado como recién nacido vivo y por tanto el certificado de defunción rige según los criterios expuestos. Si el fallecimiento se produce antes de las 24 horas de vida y la familia desea un enterramiento o incineración también es necesaria la firma del certificado.
Los fetos nacidos muertos pueden ser donados por la familia para realizar la incineración como resto biológico sin necesidad de emisión de certificado de defunción."
se inscribiera en el registro antes de 24 horas y luego fallece, encima paga entierro. Menos mal que no se aplica el artículo 30... Sería una faena para los padres, encima de un palo gordo, otro burocrático.
Si no lo inscribes, pues los restos van a anatomía patológica y no hay entierro.