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Liquidación del recargo del IRPF de un fallecido

2 respuestas
Liquidación del recargo del IRPF de un fallecido
Liquidación del recargo del IRPF de un fallecido
#1

Liquidación del recargo del IRPF de un fallecido

Debido a un pago atrasado de los haberes del año 2009, mi mujer tuvo que realizar una declaración complementaria del IRPF correspondiente al año 2010. La notificación de Hacienda de la percepción de estos atrasos, la recibió en junio de 2011. El 24 de junio de 2011 presento la declaración complementaria y pago la autoliquidación.
Hace unos días Hacienda le envió una notificación comunicándole que debía pagar el recargo correspondiente a la autoliquidación, ya que el ingreso se había realizado con un retraso de 365 días. Tiempo transcurrido entre el último día de presentación de la declaración del año 2009(junio de 2010)y la fecha de pago de la autoliquidación (junio de 2011).
Mi mujer falleció en julio de 2011. Mi pregunta es si esta deuda a prescrito y en caso contrario quien debe liquidarla. Yo que fui su marido o los herederos. Muchas gracias.

#2

Re: Liquidación del recargo del IRPF de un fallecido

esto preguntalo en el foro de fiscalidad

#3

Re: Liquidación del recargo del IRPF de un fallecido

El tema de fondo es que tanto los bienes como las cargas se heredan y se transmiten también "mortis causa", pero lo recomendable es que en el notario se acepte la herencia "a beneficio de inventario" y así se ve lo que hay y si compensa aceptar la herencia, porque valen más los bienes, que las cargas o deudas.

Si se acepta la herencia, la deuda de su esposa se transmiten las obligaciones tributarias de forma proporcional, al resto de bienes y deudas.

Un saludo