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Dudas sobre la jubilación sin conyuge unidad económica unipersonal.

4 respuestas
Dudas sobre la jubilación sin conyuge unidad económica unipersonal.
Dudas sobre la jubilación sin conyuge unidad económica unipersonal.
#1

Dudas sobre la jubilación sin conyuge unidad económica unipersonal.

Buenas noches: agradecería una información sobre este asunto, que ni en la SS me han podido aclarar satisfactoriamente.
Estoy jubilado desde los sesenta años, pues coticé unos años antes del año 1967, comunicandome la SS en su día que podía jubilarme a los sesenta años por ley.
En la actualidad cobro 578,90 correspondiente a la jubilación sin conyuge unidad económica unipersonal, en febrero del año 2013 cumplo 65 años y quisiera saber si cobraré con arreglo a la unidad económica unipersonal de mayor de 65 años con la subida correspondiente de esta gradación o me quedo para siempre con lo que me asignaron en su día con arreglo a la asignación menor de 65 años.
Con afecto. Pedro.

#2

Re: Dudas sobre la jubilación sin conyuge unidad económica unipersonal.

claro que te subira, no se exactamente cual es la cantidad, pero en cuanto cumplas los 65 te suben a la minima que haya, no te preoucpes.

#3

Re: Dudas sobre la jubilación sin conyuge unidad económica unipersonal.

Fddo1: muchas gracias por la aclaración, me quedo más tranquilo. Que tengas una feliz Semana Santa.
Un saludo

#4

Re: Dudas sobre la jubilación sin conyuge unidad económica unipersonal.

El importe actual de la pensión mínima para mayores de 65 años sin cónyuge a cargo es de 8.660,64 €/año.

http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/161166?ssSourceNodeId=1139#A

Siempre y cuando no se perciban otros ingresos incompatibles con el complemento por mínimos:

http://www.seg-social.es/Internet_1/Pensionistas/Revalorizacion/Complementosaminimos/index.htm?LANG=es&ssUserText=96289&dDocName=618#618

#5

Re: Dudas sobre la jubilación sin conyuge unidad económica unipersonal.

Muchas gracias Top 100: es lo mismo que me informó un funcionario de la SS hace dos años,la duda fue cuando hace tres días fui a cambiar el domicilio a la SS y otro funcionario me comunicó que al jubilarme a los sesenta años no puedo acogerme al ajuste automático de los mayores de 65 años. Yo le dije que me había jubilado según la ley de 1967, pues yo coticé unos años antes de ese año (empecé a trabajar muy joven) este funcionario me dio la sensación que ignoraba que existiese esa ley, era un hombre joven con cara de panoli. En fin no quise agobiarle más porque estaba como impaciente para irse a tomar un café, pues le estaban esperando otros compañeros. El caso es, que me han creado la duda entre la primera información que me dieron en su día, y la que me ha comunicado este último funcionario.
Muchas gracias a todos por las molestias.